REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa
Guanare, 23 de Enero de dos mil ocho
197º y 148º
ACTA
Juez: Rafael Gainze

Nº DE EXPEDIENTE: PP01-L-2007-0000029

PARTE ACTORA: SANDRO RAFAEL MOYA TORRES, titular de la cedula de identidad Nº 11.970.293
APODERADOS JUDICIALES DEL ACTOR: CARLOS CAMPOS MIGUEL HERNANDEZ E YGUARAYA CAMPOS, Inscritos en Inpreabogado bajo los N° 13.827, 65.695, 43.891, respectivamente
PARTE DEMANDADA: CATIVEN C.A. Y SIR AIRE .S.A
APODERADO DE LA PARTE Co-DEMANDADA: RICARDO GOMEZ Y JOSE RAFAEL LUNA (Apoderados de Sir Aire S.A.),VICTOR SERRANO (CATIVEN C.A) inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 9.811 Y 30.079, 66.991, respectivamente
MOTIVO: Cobro de prestaciones Sociales

El suscrito, SANDRO MOYA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula personal Nº V 11.970.293.- , y con domicilio en esta ciudad de Guanare, asistido en este acto por el Abogado; MIGUEL HERNANDEZ, identificado con la cédula personal Nº V-7.444.428, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.695 y de este domicilio, quien en lo sucesivo y a los efectos de este escrito se denominará ELDEMANDANTE, por una parte, y por la otra , el Demandado SIR AIRE,S.A. representada por el ciudadano: RODRIGUEZ GARCIA JOSE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casado, identificado con la cédula personal Nº V- 11.397.014 y de este domicilio, actuando en este acto en su condición de Presidente de la empresa de la compañía denominada, condición suficientemente acreditada ,asistido en este acto por el Abogado: JOSE RAFAEL LUNA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 30.079,respectivamente, quien en lo adelante y a los efectos de este escrito se denominará EL DEMANDADO y ambos en conjunto a su vez (EL EX TRABAJADOR y LA EX EMPLEADORA) se denominarán LAS PARTES, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 de la Constitución de esta República Bolivariana de Venezuela, el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo han convenido en celebrar, como en efecto celebran la presente TRANSACCIÓN JUDICIAL DE CARÁCTER LABORAL , En cumplimiento de la sentencia definitivamente firme , la cual está contenida en las cláusulas siguientes:
PRIMERA: LAS PARTES reconocen que las disposiciones de la Ley Orgánica del Trabajo son de orden público y establecen un conjunto de derechos de los trabajadores que son irrenunciables y que constituyen un cimiento jurídico inexpugnable, pues por debajo de esos derechos no es válido ningún acuerdo entre trabajadores y patronos que implique la derogabilidad de tales preceptos. SEGUNDA: EL EX TRABAJADOR declara que este acto se está verificando con su pleno conocimiento, conciencia; que se realiza por solicitud suya; que el mismo se encuentra aquí presente debidamente asistido de su Abogado de confianza, sin constreñimiento alguno, y que decidió estar aquí presente en forma libre y espontánea a los efectos de solventar el pago de sus derechos laborales los cuales están especificados en la sentencia ya definitivamente firme .TERCERA: LA PARTE DEMANDAD PRESENTA LA PROPUESTA DE PAGO DE LA CANTIDAD CONDENADA EN LA SIGUIENTE FORMA la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE BOLIVARES CON TREINTA Y UN CENTIMOS (Bs. 7.920,31) DEL CUAL SE PAGA LA CANTIDAD DE CINCO MIL QUINIENTO BOLIVARES (Bs. 5.500,oo) en efectivo y DOS MIL CUATROSCIENTOS VEINTE CON TREINATA Y UNO (Bs. 2.420,31) en cheque a nombre del trabajador en este mismo acto. CUARTA: LAS PARTES declaran estar mutuamente satisfechas con la presente TRANSACCIÓN y asimismo declaran no tener nada más que reclamarse por concepto alguno derivado o no de la relación de trabajo que las vinculara,y dando cumplimiento así a la sentencia definitivamente firma dictada por el tribunal .
QUINTA: Declaran que cada una asume por su sola cuenta y cargo los respectivos costos y honorarios de Abogados y/o de cualquier otro profesional ó asistente, en que haya podido incurrirse por vía de consulta, asesoría, actuación o intervención, en todo cuanto de manera próxima o remota, mediata o inmediata, guarde relación con esta causa y más aún en virtud de esta TRANSACCIÓN y con ocasión de los conceptos y cantidades convenidos por EL EX TRABAJADOR y LA EX EMPLEADORA a los cuales se refiere esta TRANSACCIÓN.
USEXTA : LAS PARTES declaran que convienen en darle a la presente TRANSACCIÓN el valor de la Cosa Juzgada, asimismo, solicitan muy respetuosamente al ciudadano Juez del Trabajo se sirva Homologar la presente de conformidad a lo expuesto en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 9 y 10 del Reglamento de Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil; y que se sirva ordenar el que nos sean expedidas dos (2) copias certificadas de la presente TRANSACCIÓN. Quien Juzga vista que la presente transacción no vulnera norma de orden publico ni derechos irrenunciables del trabajador en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara homologada la presente transacción y acuerda las copias certificadas solicitadas.


El Juez
Abg. RAFAEL I. Gainze M. El Demandante



Abogado Asistente
Representante de la empresa


Abogado asistente La Secretaria
Abg. Josefa Carmona