REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación
I
DE LA PARTE SOLICITANTE Y SU APODERADO:
Parte solicitante: TERESA DE JESÚS RODRÍGUEZ PARRA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Araure y sin cédula de identidad.
Apoderado de la parte solicitante: No tiene apoderados constituidos en la presente causa. La ha asistido MANUEL ANTONIO SILVA COLMENÁREZ, abogado en ejercicio inscrito en INPREABOGADO bajo el número 117.646, posteriormente por LUZ DOMÉNICA LÓPEZ CASTAÑEDA, defensora del Instituto Nacional de la Mujer, abogada inscrita en INPREABOGADO bajo el número 90.140 y luego por MARGARYS GUERRA COLMENÁREZ, abogada en ejercicio inscrita en INPREABOGADO bajo el número 21.121.
Motivo: Inserción de partida de nacimiento.
II
SÍNTESIS DEL ASUNTO:
Se inició la presente causa por solicitud presentada por TERESA DE JESÚS RODRÍGUEZ PARRA asistida de abogado, para la inserción de su partida de nacimiento, alegando que es hija de EUMELIA PARRA y SEGUNDO RODRÍGUEZ y que nació en Araure el 12 de octubre de 1937.
Admitida la solicitud, se ordenó librar cartel, así como la notificación del Representante del Ministerio Público mediante boleta.
Consta en autos la notificación del representante del Ministerio Público y la consignación de la publicación del cartel.
La solicitante promovió testimoniales e invocó el valor probatorio de certificación expedida por el Registro Civil del Municipio Araure.
Constan en autos las testimoniales de CARMEN TERESA UNDA COLMENÁREZ y FRANCISCO DE PAULA MACHADO, rendidas en fecha 22 de febrero de 2008.
III
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DE LA DECISIÓN:
Este Tribunal, para decidir la solicitud y con vista a los anteriores alegatos del solicitante, procede a analizar las pruebas cursantes en autos:
ANÁLISIS PROBATORIO:
1. Constancia de inexistencia de Partida de Nacimiento, expedida por la Dirección de Registro Civil del Municipio Araure, en la que se hace constar que en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese despacho desde el año de 1937 a 1942 no se encuentra inserta la partida de nacimiento de la aquí solicitante TERESA DE JESÚS RODRÍGUEZ PARRA.
Esta instrumental fue otorgada por un funcionario público obrando en el ámbito de sus funciones, por lo que goza de la presunción de veracidad y certeza en virtud del principio de ejecutividad de los actos administrativos, establecido en el artículo 8° de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por lo que se aprecia como plena prueba de que la partida de nacimiento de la solicitante TERESA DE JESÚS RODRÍGUEZ PARRA no aparece en los Libros de Registro Civil llevados por ese despacho desde el año de 1937 a 1942. Así este Tribunal lo establece.
2. Declaraciones de CARMEN TERESA UNDA COLMENÁREZ y FRANCISCO DE PAULA MACHADO.
Las declaraciones de estos testigos, son contestes en el sentido de que la solicitante nació en Araure, 12 de octubre de 1937 y que sus padres son EUMELIA PARRA y SEGUNDO RODRÍGUEZ, por lo que de conformidad con lo que dispone el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, se aprecian como plena prueba de que la solicitante nació el 12 de octubre de 1937 en Araure y que sus padres son EUMELIA PARRA y SEGUNDO RODRÍGUEZ. Así este Tribunal lo declara.
El solicitante logró demostrar, con la constancia de inexistencia de Partida de Nacimiento, expedida por la Dirección de Registro Civil del Municipio Araure, que su partida de nacimiento no se encuentra inserta en los libros de registro civil de nacimientos y con las declaraciones de CARMEN TERESA UNDA COLMENÁREZ y FRANCISCO DE PAULA MACHADO, también demostró que nació el 12 de octubre de 1937 en Araure y que sus padres son EUMELIA PARRA y SEGUNDO RODRÍGUEZ y no hubo oposición de terceros con interés ni del Ministerio Público, por lo que la solicitud de inserción de partida que presentó, debe prosperar. Así se declara.
IV
DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de inserción de partida de nacimiento de la ciudadana TERESA DE JESÚS RODRÍGUEZ PARRA, quien nació en Araure, el 12 de octubre de 1937 y sus padres son EUMELIA PARRA y SEGUNDO RODRÍGUEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, se ordena oficiar a la Dirección de Registro Civil del Municipio Araure, anexándole copia certificada de la presente decisión a los fines de su inserción en los Libros de Registro Civil de Nacimientos respectivos.
Publíquese, regístrese y déjense las copias correspondientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua, a los veinticinco (25) días del mes de febrero de dos mil ocho.-
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González
Siendo las 2 y 50 minutos de la tarde, se publicó y se registró la anterior decisión, como fue ordenado.
La Secretaria