REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL N° 01
Guanare, 26 de febrero de 2007
197º y 149º
Vista la solicitud formulada por la ciudadana RAQUEL JOSEFINA PEÑA DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.052.648, residenciada en el Barrio Coromoto, Calle 2, Casa N° 5-118, de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, obrando en representación de su hija, la adolescente ………………….., de diecisiete (17) años de edad, debidamente asistida por el Abogado Alberto Serrano Moreno, Defensor Público para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, para que este Tribunal emita autorización judicial para cobrar dinero en nombre de su hija, por concepto de beneficios laborales, colectivos, contractuales, indemnización por causa de muerte, Prestaciones Sociales y Seguro de Vida, Fidecomiso, Caja de Ahorro, Ley de Política Habitacional, Paro Forzoso, Seguro Social, Seguro Colectivo de Vida, en razón de la muerte del De - Cujus: JUAN GREGORIO ZAMBRANO QUEVEDO, ocurrida el día 04 de noviembre del año 2007, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que la adolescente antes mencionada tienen la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana RAQUEL JOSEFINA PEÑA DE ZAMBRANO, identificada anteriormente, para que gestione el pago de las cantidades de dinero que le correspondan a la adolescente ………………., por los expresados conceptos, pero el dinero debe ser consignado ante este Tribunal en cheque para ser depositado en una cuneta de ahorro. Se acuerda la apertura de una Cuenta de Ahorros a nombre de la adolescente Ana Gabriela Zambrano Peña, cuando conste en auto el cheque emitido a nombre de la referida niña. Expídanse por Secretaria tres copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.
La Jueza,
Abg. Haydeé Oberto de Colmenares.
La Secretaria,
Abg. Elsy Moraima Jurado Verde.
Sol. N° 1957
HOdC/EMJV/Leomary*
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