REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 01
Guanare 27 de febrero de 2008
197° y 149°
Visto que los ciudadanos Rubén Darío Berrios Dun y Glizet Coromoto Quintero Santiago, titulares de las cedulas de identidad N° 10.638.689 y 14.347.305 respectivamente, no comparecieron ante este Tribunal a ratificar la presente solicitud; este Tribunal de conformidad con el último aparte del artículo 185-A del Código Civil, se declara terminado el proceso y se ordena el cierre del expediente y su remisión al archivo judicial.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Exp. Civil Nº 9113
Liliana B.-