REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ TEMPORAL Nº 02

Guanare, 08 de Febrero de 2008
197° y 148°


Visto el acuerdo celebrado entre los ciudadanos VIRGILIO BRICEÑO y CANDELARIA PEÑUELA SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 8.056.778 y 11.399.500, respectivamente, por ante este Despacho en esta misma fecha, sobre el ejercicio de la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA de la niña ... de 04 años de edad, donde el prenombrado ciudadano conviene que la madre continué su ejercicio; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.


La Jueza Temporal,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez


La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona*
Exp. Civil N° 9038
MdJVA