REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 9 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2007-002943
ASUNTO : PP11-P-2007-002943

RESOLUCIÒN JUDICIAL

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua, en fecha 25 de Julio de 2007, mediante la cual CONDENA al penado JOSÉ RAFAEL MARTÍNEZ, venezolano, cédula de identidad N° V-19.799.554,natural de Araure, nacido el 05/03/85, de 22 años de edad, soltero de ocupación u oficio carpintero, residenciado en la urbanización Las casitas Avenida principal casa N 04 del sector Montañuela, Araure Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 410 del Código Penal, cometido en perjuicio de CELIA ALVARADO (OCCISA), imponiéndole la obligación de cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO; En consecuencia este Tribunal de Ejecución, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda Ejecutar La Sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el computo de la siguiente manera:

Consta en autos que el penado fue CONDENADO SEIS (06) AÑOS
Fue detenido en fecha 13-07-2007.
Pena cumplida hasta hoy: ONCE (11) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS.
Pena que le falta por cumplir: CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) DIAS.
Cumple 1/4 parte de la pena, en fecha 13-01-2009, a partir de la cual puede solicitar el beneficio de Destacamento de Trabajo.
Cumple 1/3 parte de la pena, en fecha 13-07-2009, a partir de la cual puede solicitar el beneficio de Establecimiento Abierto.
Cumple la mitad ½ de la pena, en fecha 13-07-2010.
Cumple las 2/3 partes de la pena impuesta, en fecha 13-07-2011, a partir de la cual podrá solicitar el beneficio de Libertad Condicional.
Cumple las 3/4 partes de la pena impuesta, en fecha 13-01-2012 a partir de la cual podrá solicitar el beneficio de Confinamiento.
Finaliza la pena impuesta en fecha 13-07-2013.

La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, no se aplica atención a la sentencia N° 940 de fecha 21 de mayo de 2007 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Dra. Carmen Zuleta de Merchán.

Líbrese Copia Certificada de esta resolución al Director General de Custodia y Rehabilitación del recluso del Ministerio de Interior y Justicia, Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, con sede en la ciudad de Caracas. Notifíquese de esta resolución al Fiscal del Ministerio Público, al penado y a su defensor. Cúmplase.

Por cuanto el penado José Rafael Martínez, se encuentra detenido en la Centro Penitenciario de Los Llanos de Guanare., se acuerda ordenar su traslado a los fines de imponerlo de la presente decisión. Líbrese lo conducente.

Regístrese, diarícese y déjese copia.

LA JUEZA DE EJECUCION

ABG. ANA DILIA GIL DOMINGUEZ


La Secretaria.

Abg. Carmen Ortiz Arellano