REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
TRANSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.- ACARIGUA


EXPEDIENTE Nº: C-866
DEMANDANTES: CASTELLANO MAYRET Y RODRÍGUEZ ELIE, abogadas en ejercicio inscritas en los inpreabogados bajo los N° V-7.543.041


DEMANDADO: RAFAEL THOUREY AMPARAM; FREDDY PEROZO Y MELVIN JOSE GARCIA MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-5.463.088, V-12.404.548 y V-6.833.154, respectivamente.-

MOTIVO: INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES.-

SENTENCIA:
INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA (HOMOLOGACIÓN)

MATERIA: CIVIL.-

RELACIÓN DE LOS HECHOS
Se inició el presente procedimiento en fecha 11 de Enero del año 2007, cuando las abogadas: MAYRET CASTELLANO Y ELIE RODRÍGUEZ, Abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 108.466 y 102.011, respectivamente, de este domicilio, Actuando en su propio nombre, y demanda por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES a los ciudadanos RAFAEL THOUREY AMPARAM; FREDDY PEROZO Y MELVIN JOSE GARCIA MARQUEZ, todos identificados.-
La demanda fue admitida con los pronunciamientos legales, en fecha 12 de Enero del año 2007, Emplazándose a los demandados, dejando constancia que las boletas se libraran una vez consignados fotostatos; y en cuanto a la medida el tribunal se pronunciara por auto separado.-
En fecha 31 de Enero del año 2007 (f-12), comparece la abogada Elie Rodríguez, y solicita al Tribunal se Pronuncie en cuanto a la medida solicitada.-
En fecha 14 de febrero del año 2007 (f-13), consignados como fueron los fotostatos se libro boleta de citación a la parte demandada, comisionándose para la practica de la misma al Juzgado Distribuidor de Maracaibo Estado Zulia; así mismo se libro oficio N° 117-2007, al Juzgado Comisionado, remitiendo Despacho de Citación y cumpliendo con lo ordenado el auto de admisión de fecha 12-01-2007.-
Por auto de fecha 21 de Febrero de 2007 (f-16 y 17) el Tribunal Declara IMPROCEDENTE, la solicitud de Medida Preventiva de Embrago sobre bienes propiedad de los demandados.-
En fecha 09 de Marzo del año 2007 (f-18), consignados como fueron los fotostatos se libro boleta de citación a la parte demandada.-
En fecha 22 de Marzo del año 2007 (f-20), comparece la abogada Mayret Castellanos, y solicita al Tribunal, Reponga la causa al estado de admitirla nuevamente y anular las acciones posteriores al Libelo de la demanda.-
En fecha 30 de Marzo del año 2007 (f-21), comparece el alguacil de este Juzgado y consigna boleta de citación que se le fue entregada para citar al ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM, y expone que se traslado varias veces a la dirección indicada y le fue imposible ubicarlo.-
En fecha 09 de Abril del año 2007 (f-30), por medio de auto el Tribunal acordó reponer la causa al estado de admitir nuevamente la acción por el procedimiento breve, y dejando nulas todas las actuaciones desde el auto de admisión de fecha 10 de enero del 2007 el presente auto.-
La demanda fue admitida nuevamente por la vía del procedimiento breve, con los pronunciamientos legales, en fecha 12 de Abril del año 2007 (f-32 y 33), Emplazándose a los demandados, dejando constancia que las boletas se libraran una vez consignados fotostatos.-
En fecha 25 de Abril del año 2007 (f-35), consignados como fueron los fotostatos se libro boleta de citación a la parte demandada.- comisionándose para la practica de la misma al Juzgado de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia (Juzgado Distribuidor); así mismo se libro oficio N° 322-2007, al Juzgado Comisionado, remitiendo Despacho de Citación y cumpliendo con lo ordenado el auto de fecha 12-04-2007.-
En fecha 11 de Mayo del año 2007 (f-38), comparece el alguacil de este Juzgado y consigna boleta de citación que se le fue entregada para citar al ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM, y expone que se traslado varias veces a la dirección indicada y le fue imposible ubicarlo.-
En fecha 14 de Junio del año 2007 (f-48), por medio de auto se acuerda librar nueva boleta de citación al ciudadano RAFAEL THOUREY.- lo acordado una vez consignado fotostatos.-
En fecha 04 de Julio del año 2007 (f-49), consignados como fueron los fotostatos se libro nueva boleta de citación al ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM.-
En fecha 20 de Julio del año 2007 (f-50), comparece el alguacil de este Juzgado y consigna boleta de citación que se le fue entregada para citar al ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM, y expone que se traslado a la dirección indicada y le fue imposible ubicarlo.-
En fecha 17 de Diciembre del año 2007 (f-59), comparece la abogada Mayret Castellanos, y expone: que en virtud de que no se logro la citación personal del ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM, solicita al Tribunal, la citación por carteles del referido ciudadano.-
Por auto de fecha 20 de Diciembre de 2007 (f-60), el Tribunal acordó la citación por carteles del ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM, todo conforme al artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.- En esta misma fecha se cumplió lo ordenado y se libraron los respectivos carteles.-
En fecha 28 de enero del año 2008 (f-91), fue devuelta comisión por el Juzgado de los Municipios Octavo de los Municipios Maracaibo, Luís Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el estado en que se encuentra, debido a que han transcurrido más de noventa (90) días, sin que la parte interesada haya dado impulso procesal a la misma.-
En fecha 07 de Febrero del año 2008 (f-93), comparece la abogada Mayret Castellanos, y consigna ejemplares del cartel de citación publicado en los diarios Ultima Hora y Regional.-
En fecha 20 de febrero del año 2008 (f-96 al 134), fue devuelta comisión por el Juzgado Juzgado de los Municipios Novenos de los Municipios Maracaibo, Luís Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la cual fue debidamente cumplida.-
En fecha 29 de Febrero del año 2008 (f-136), comparece la Secretaria del Juzgado abg. Carmen Elena Valderrama de Duran y expone: Que fijó Cartel de Citación en la Morada del Ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM, dando cumplimiento con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 01 de Abril del año 2008 (f-138), comparece la abogada Elie Rodríguez, y por cuanto la parte demandada no compareció en el lapso establecido, solicita al Tribunal, nombre defensor Judicial a la misma.-
Por auto de fecha 04 de abril de 2008 (f-139) se acordó nombrar defensor judicial a la parte no compareciente, cargo recaído en el abogado EUSTAQUIO MARTINEZ, a quien se acordó librar boleta de notificación para que comparezca al segundo día a Prestar su excusa o Juramento de Ley.- En esta misma fecha se libro boleta.-
En fecha 05 de Mayo del año 2008 (f-140), comparece el alguacil del Juzgado y consigna boleta de notificación que se le fue entregada para notificar al Defensor Judicial, debidamente firmada.-
En fecha 07 de Mayo del año 2008 (f-142), el Tribunal, deja constancia que siendo oportunidad para la comparecencia del abogado EUSTAQUIO MARTINEZ, aceptar el cargo de defensor judicial y el mismo no comparecio.-
En fecha 08 de Mayo del año 2008 (f-143), comparecio el abogado EUSTAQUIO MARTINEZ, defensor designado y solicita al Tribunal, nueva oportunidad para su comparecencia aceptar el cargo de Defensor Judicial.-
Por auto de fecha 13 de Mayo de 2008 (f-144) el Tribunal acuerda nueva oportunidad para la comparencia del Defensor Judicial EUSTAQUIO MARTINEZ, aceptar el cargo para el cual fue designado.-
En fecha 14 de Mayo del año 2008 (f-145), oportunidad señalada para la comparencia del abogado EUSTAQUIO MARTINEZ, aceptar el cargo para el cual fue designado, y el Tribunal deja constancia que el mismo no comparecio.-
En fecha 26 de Mayo del año 2008 (f-146), comparece la abogada Elie Rodríguez, y por cuanto el Defensor Judicial no compareció, solicita al Tribunal nombre nuevo defensor Judicial a la parte demandada.-
Por auto de fecha 02 de Junio de 2008 (f-147) se acordó nombrar nuevo defensor judicial a la parte no compareciente, cargo recaído en el abogado JOSE DANIEL MIJOBA, a quien se acordó librar boleta de notificación para que comparezca al segundo día a Prestar su excusa o Juramento de Ley.- En esta misma fecha se libro boleta.-
En fecha 05 de Junio del año 2008 (f-148), comparece el alguacil del Juzgado y consigna boleta de notificación que se le fue entregada para notificar al nuevo Defensor Judicial, debidamente firmada.-
En fecha 09 de Junio del año 2008 (f-150), oportunidad señalada para la comparencia del abogado JOSE DANIEL MIJOBA, aceptar el cargo para el cual fue designado, y el Tribunal deja constancia que el mismo no comparecio.-
En fecha 11 de Junio del año 2008 (f-151), comparece la abogada Mayret Castellanos, y por cuanto el nuevo Defensor Judicial no compareció, solicita al Tribunal nombre otro defensor Judicial a la parte demandada.-
Por auto de fecha 16 de Junio de 2008 (f-152) se acordó nombrar nuevo defensor judicial a la parte no compareciente, cargo recaído en el abogado NICOLÁS HUMBERTO VARELAS, a quien se acordó librar boleta de notificación para que comparezca al segundo día a Prestar su excusa o Juramento de Ley.- En esta misma fecha se libro boleta.-
En fecha 18 de Junio del año 2008 (f-153), comparece el alguacil del Juzgado y consigna boleta de notificación que se le fue entregada para notificar al Defensor Judicial, debidamente firmada.-
En fecha 20 de Junio del año 2008 (f-155), comparece el abogado NICOLAS HUMBERTO VARELA, aceptar el cargo de Defensor Judicial para el cual fue designado y presto su juramento de ley.-
En fecha 30 de Junio del año 2008 (f-156), comparece la abogada Mayret Castellanos, y solicita al Tribunal, libre boleta de citación al Defensor Judicial, abogado NICOLAS HUMBERTO VARELA.-
Por auto de fecha 03 Julio de 2008 (f-157).- el Tribunal acordó la citación del Defensor Judicial, abogado NICOLAS HUMBERTO VARELA; en esta misma fecha se libro boleta.-
En fecha 10 de Julio del año 2008 (f-158), comparece el alguacil del Juzgado y consigna boleta de citación que se le fue entregada para citar al Defensor Judicial, debidamente firmada.-
En Escrito de fecha 11 de Julio del presente año, (f-159) presentado por la Abg. MAYRET CASTELLANOS, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.466, parte actora donde expone: “DESISTO DE LA ALICUOTA DE LA OBLIGACIÓN CONTRAIDA, POR EL CIUDADANO RAFAEL THOUREY, HACIENDO LA SALVEDAD CON RESPECTO A LOS CIUDADANOS FREDDY PEROZO Y MELVIN GARCIA; Y LA CAUSA SEGUIRA SU CURSO LEGAL CORRESPONDIENTE, y pide al Tribunal HOMOLOGUE DICHO DESISTIMIENTO”.-
En fecha 15 de Julio de 2008; (f-61 fte y vto); Comparece el abogado NICOLAS HUMBERTO VARELA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 34.422, en su carácter de Defensor Judicial de la parte demandada y presenta escrito de Contestación a la Demanda.-
El Tribunal al respecto observa:
Verificadas como han sido las actuaciones inherentes a la presente causa, y en virtud de ellos, pasa a considerar por medio del desistimiento que hace la Abg. MAYRET CASTELLANOS, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.466, parte actora. Quien esta debidamente autorizada para ello, dando cumplimiento al articulo 264 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone “…Para desistir de la demanda y convenir en ella se necesita tener capacidad para disponer del objeto sobre que verse la controversia y que se trate de materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones. En consecuencia, por no haber contradicción con la Ley adjetiva y estar ajustada a derecho, es procedente tal desistimiento.- Así se decide.-

DISPOSITIVA.
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el desistimiento del procedimiento hecho por la abogada: MAYRET CASTELLANOS, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.466, parte actora, en el Juicio por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES con respecto al ciudadano RAFAEL THOUREY AMPARAM; y HACIENDOSE LA SALVEDAD CON RESPECTO A LOS CIUDADANOS FREDDY PEROZO Y MELVIN GARCIA; LA CAUSA SEGUIRA SU CURSO LEGAL CORRESPONDIENTE. En Consecuencia, conforme a los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.- Imparte su Homologación.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Acarigua, a los treinta días del mes de Julio del año dos mil ocho. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez;

Abg. José Gregorio Marrero

La Secretaria Temporal,

T.S.U Ana Ysabel Gonzalez Prieto


En la misma fecha se publicó a las 01:00 p.m. Conste,





JGM/mtp
Expediente C-866