Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: WUILIAN JOSE BASTIDAS PAREDES y YELITZA PEÑA LINARES, titulares de las cedulas de identidad Nros15.941.916 y 18.102.439, respectivamente en beneficio de su hija: xx, Seguidamente el ciudadano WUILIAN JOSE BASTIDAS PAREDES. Ofreció pasarle la cantidad de Ciento sesenta Bolívares (Bs. 160,oo) mensualmente y el doble el mes de Diciembre de cada año, mas el 50% de los gastos ocasionados por medicamentos en caso de enfermedad, calzado y ropa cuando lo amerite, dichas cantidades de dinero la comenzará a depositar a partir de mañana en la cuenta de ahorro que se le aperturará a la madre de su hija por ante el banco Banfoandes.