Vista la conciliación celebrada entre las partes ciudadanos: Mirian Coromoto Dorante Azuaje y Carlos Alberto Hernández Gutiérrez, titulares de las cédulas de identidad Ns. 10.263.093 y 10.257.916, donde el ciudadano: Carlos Alberto Hernández Gutiérrez, se comprometió a pasarle la cantidad de: Cien bolívares fuertes (Bs. F. 100,oo), mensuales, a partir del mes de agosto, por concepto de Obligación de Manutención, cuales serán depositados los 10 o los 25, en una cuenta de ahorro que será aperturada por la mencionada ciudadana, por ante el Banco Banfoandes Agencia Biscucuy, a favor de su hijo: xx, en diciembre le comprará los estrenos, en cuanto a gastos por concepto de útiles escolares y medicina serán compartidos.-