REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSÉ VICENTE DE UNDA DEL
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO PORTUGUESA.
Chabasquén, 09 de Julio de 2008.
Años: 198° y 149°
Exp N° 532/2008
Vista la presente CONCILIACION, celebrada entre los ciudadanos: WISTER ANTONIO FIGUEREDO SÁNCHEZ Y HUGOLINA DEL CARMEN TORREALBA, con motivo de Revisión de Obligación de manutención, por ante el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente Primer Circuito Estado Portuguesa, en beneficio de su hijo: X, donde ambas partes acordaron que el padre del niño, ciudadano: WISTER DANIEL FIGUEREDO TORREALBA, ofreció como Obligación de Manutención, la cantidad de Ciento Cincuenta Bolivares Fuertes (Bsf 150,oo) mensuales, en los meses de agosto y diciembre se comprometió a darle en efectivo a la madre para comprar uniformes, útiles, ropa y calzado, igualmente la adquisición de medicinas al presentar el recipe medico
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