REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

El Tribunal habilitando el tiempo necesario por la urgencia del caso y visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos JOSE BAUDILIO COLMENARES MORILLO y ANNY SINAIR COLMENARES ISAGUIRRE venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros. 15.139.663 y 17.418.355,, respectivamente, por ante la sala de este Tribunal, donde el padre esta de acuerdo en que la madre ejerza la Responsabilidad de Crianza de sus hijos JOSE LUIS COLMENARES COLMENARES y YEISON JOSE COLMENARES COLMENARES de cinco (05) y tres (03) años de edad respectivamente, ciudadana antes identificada y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. El Tribunal acuerda agregar la boleta de citación del demandado y por cuanto no hay más actuaciones que practicar, acuerda el cierre de la causa y su remisión al Archivo Judicial.

La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado verde
Exp. Civil N°9653
Mery S.