PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, tres de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : PP01-L-2008-00011


Revisado el planteamiento hecho por el Apoderado Actor; MANUEL JAEN ,representante legal del ciudadano; DANIEL ANTONIO PEREZ , en la presente causa, suficientemente identificado en autos, respecto a la necesidad de presentar el abogado: PAUCIDES BRICEÑO, en su condición de Sindico Procurador Municipal del Municipio Unda poder General o Especial para Actuar en la presente causa, y como consecuencia de ello la incomparecencia o dejar constancia de la falta de legitimidad para actuar en este juicio. Quien juzga decide al respecto: El ciudadano : PAUCIDESBRICEÑO, presento y consigno Ordenanza Municipal donde el Alcalde lo Ratifica en el cargo ya indicado, ordenanza donde esta implícita las facultades que ejerce en función de ese cargo, entre ellas representar judicial y extrajudicialmente al municipio, representación que ejerció durante el inicio de la Audiencia Preliminar en el día de hoy a la hora correspondiente por lo que mal puede decretarse falta de legitimidad para actuar en esta causa pues tiene dada su representación no requiriendo poder notariado General ni Especial pues las facultades están dadas conforme a la Ley ,por lo que Este Juzgado Tercero de Sustanciación Mediación y Ejecución declara legal y conforme a derecho las actuaciones del Sindico Procurador Municipal del Municipio Unda y conmina a las partes a continuar con las prolongaciones de esta audiencia en la fecha y hora indicada sin necesidad de nueva notificación.
El Juez

Abg .Rafael Gainze La Secretaria
Abg. Josefa Carmona