Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Yemny del Carmen Asuaje y Máximo José Godoy Mejias, titulares de las cédulas de identidad Nro. 10.255.835 y 12.011.180, respectivamente. Seguidamente el ciudadano Máximo José Godoy Mejias, ofreció pasarle a sus hijos xx, xx y xx, la cantidad de cuatrocientos bolívares fuertes (Bs.f 400,oo) mensual, distribuido de la siguiente manera: doscientos bolívares fuertes (Bs. f. 200,oo) quincenal y el doble de la cantidad para los meses de agosto y diciembre para los útiles escolares y estrenos decembrinos más medicina cuando lo amerite.