Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos MARIA MARGOT PAREDES ROMERO y JOSE VERTILIO PIMENTEL TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N V- 9.987.478 y 4.962.458 respectivamente, por ante la sala de este Tribunal, donde el madre cede la Responsabilidad de Crianza de sus hijos, los niños ROBERT JOSE PIMENTEL PAREDES Y MARIA JOSE PIMENTEL PAREDES de 06 y 08 años de edad respectivamente a su padre, ciudadano antes identificado por un lapso de 03 meses mientras la madre resuelve su problema de residencia y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N° 9253

Carolina E.|