REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN

Guanare, 22 de mayo de 2008
Años 198° y 149°
N°:_____
Comisión N° 109-07

Vista la solicitud realizada por la Abg. Elsys Cadenas Defensora Pública del penado ALVIS GREGORIO LEAL , Titular de la Cédula de Identidad N° 9.929.439, al que acompaña constancia médica sobre el estado de salud del ciudadano Juan Leal, padre de defendido y Ecosonograma Prostático en el que hacen constar que al mismo se le diagnostico Prostatitis Crónica; suscrito por el Urólogo-Oncólogo Dr. Melgar, razón por la cual solicita salida transitoria, por lo que este Tribunal de Ejecución Nº 02 para resolver observa:
El Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, permite salida transitoria entre otros casos: a.- enfermedad grave o muerte del cónyuge, padres e hijos; por lo que el fundamento se ajusta a los supuestos previstos en la ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la solicitud para el otorgamiento de la salida transitoria del penado ALVIS GREGORIO LEAL, durante cuatro (04) horas a partir de la 1:00 p.m. del día de hoy 22/05/2008, en casa de habitación del referido ciudadano ubicada en el sector Francisco de Miranda, urbanización Manuel Cedeño, casa N° 109, Guanare. Y así lo decide este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en función de Ejecución N° 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

Regístrese, notifíquese, déjese copia y publíquese.


La Juez de Ejecución N° 2,

Abg. Narvy del Valle Abreu La Secretaria,

Abg. Tania Rivero.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste.
Stria.
NdelVA/ysadaye