REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
TRANSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO PORTUGUESA
ACARIGUA
Acarigua, 20 de Mayo de 2008.-
AÑOS: 197° y 149°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, hecha por la ciudadana: HILDA ESPERANZA COLMENAREZ DÍAZ, junto a sus hermanos: BRUNO COLMENAREZ DÍAZ, DOMINGA DEL CARMEN COLMENAREZ DÍAZ, LUIS RAMÓN COLMENAREZ DÍAZ, RAFAEL OCTAVIO COLMENAREZ DÍAZ, EDUARDO ALBERTO COLMENAREZ DÍAZ Y JOSÉ DAVID COLMENAREZ DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-7.596.940, V-5.363.160, V-6.634.455, V-3.527.913, V-10.728.961, V-8.066.799 Y V-10.058.874, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio JUAN JOSÉ GIL MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 54.574. En donde solicitan al Tribunal se les declaren Únicas Universales Herederas de la causante: JUANA MARGARITA DÍAZ, quién falleció el día ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE (11-11-2007). Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento, conforme al derecho, es decir se ordenó la publicación de un Cartel, para la comparecencia de alguna persona o personas interesadas en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentó la parte interesada.
Consta en autos Copias simples de la cédula de identidad de los solicitantes y del causante HILDA ESPERANZA COLMENAREZ DÍAZ, BRUNO COLMENAREZ DÍAZ, DOMINGA DEL CARMEN COLMENAREZ DÍAZ, LUIS RAMÓN COLMENAREZ DÍAZ, RAFAEL OCTAVIO COLMENAREZ DÍAZ, EDUARDO ALBERTO COLMENAREZ DÍAZ Y JOSÉ DAVID COLMENAREZ DÍAZ Y JUANA MARGARITA DÍAZ; Copia certificada del Acta de Defunción Nº 1.144 de la causante JUANA MARGARITA DÍAZ, correspondiente al año 2007, expedida por la Abg. Nandry Luis Camacho, Registradora Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa; Copias certificadas de las partidas de nacimientos Nº 262, 295, 24, 238, 328, 440 y 31, de los ciudadanos: HILDA ESPERANZA COLMENAREZ DÍAZ, BRUNO COLMENAREZ DÍAZ, DOMINGA DEL CARMEN COLMENAREZ DÍAZ, LUIS RAMÓN COLMENAREZ DÍAZ, RAFAEL OCTAVIO COLMENAREZ DÍAZ, EDUARDO ALBERTO COLMENAREZ DÍAZ Y JOSÉ DAVID COLMENAREZ DÍAZ, emanadas de la Jefa de servicio de Registro Civil Municipio Ospino del Estado Portuguesa. En su oportunidad comparecieron por ante este Despacho los ciudadanos: ALFREDO ALEXANDER MONTOYA PELAYO y ESTEBAN JOSÉ FERNANDEZ LABORDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad No V-18.669.069 y V-9.991.905, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose los hechos invocados en la solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en los Artículo 822 y 824 del Código Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarles a los ciudadanos: HILDA ESPERANZA COLMENAREZ DÍAZ, BRUNO COLMENAREZ DÍAZ, DOMINGA DEL CARMEN COLMENAREZ DÍAZ, LUIS RAMÓN COLMENAREZ DÍAZ, RAFAEL OCTAVIO COLMENAREZ DÍAZ, EDUARDO ALBERTO COLMENAREZ DÍAZ Y JOSÉ DAVID COLMENAREZ DÍAZ, el derecho a suceder de la causante: JUANA MARGARITA DÍAZ, dejando siempre a salvo los derechos de terceros, todo conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada y expídase por Secretaría las copias certificadas a que haya lugar.-
El Juez,
Abg. José Gregorio Marrero.
La secretaria Temp.
T.S.U. Ana Ysabel González Prieto.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de (21) folio útil.- Conste.
JGM/srh.- Solicitud Nº 000226.-