REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
CHABASQUÉN: 15 DE MAYO DE 2008
AÑOS: 198° Y 149°.
EXP. N°: 172/2001
Vista la presente Causa de solicitud de Obligación Alimentaria, signada con el N°: 172/2001 de los libros respectivos, seguido por la ciudadana: JUANA MARIA ALVARADO, en representación de la Adolescente: X contra el ciudadana: RAFAEL ALVARADO, en la que se observa que desde la fecha de la ultima actuación: 06- 05-2002 hasta la presente, han transcurrido, Seis (06) año, y nueve (09) días, ambas fechas inclusive y habiendo inactividad de las partes, en consecuencia este Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
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