EXPEDIENTE N° 2007
SOLICITANTE: DOMINGO LAGO ESCOBAR
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR
DINERO
SENTENCIA: DEFINITIVA.


Vista la solicitud formulada por el ciudadano DOMINGO LAGO ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-3.864.865, residenciado en la urbanización el Placer, calle los Almendros, manzana 14, casa N° M14-08 Guanare Estado Portuguesa, padre de la adolescente ……….., catorce (14) años de edad, debidamente asistida por la Abogada VERONICA MARTINEZ DE JEFFERS, Defensora Pública Primera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, para que este Tribunal emita autorización judicial para cobrar dinero en nombre de su hija, por concepto de cobro de Seguro de la compañía Universitas de Seguros, en razón de la muerte de la ciudadana: MARIA TERESA SOLORZANO DE LAGO, ocurrida en fecha 04 de Marzo del año 2008, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que la adolescente ante mencionada tiene la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al ciudadano DOMINGO LAGO ESCOBAR, identificada anteriormente, para que gestione el pago de la cantidad de dinero que le corresponda a la adolescente ………………….., por el expresado concepto, pero el dinero debe ser consignado ante este Tribunal en cheque para ser depositado en una cuneta de ahorro. Se acuerda la apertura de una Cuenta de Ahorros a nombre de la adolescente Ariana de Jesús Lago Solorzano, cuando conste en auto el cheque emitido a nombre de la referida adolescente. Expídanse por Secretaria tres copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.



La Jueza,



Abog. Doris Coromoto Aguilar Pérez.


La Secretaria,



Abg. Elsy Moraima Jurado Verde.

Sol. N° 2007
DCAP/EMJV/Amny M.-