PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 27 de mayo de dos mil ocho
198º y 148º
ASUNTO: PP01-L-2008-0000091
PARTE DEMANDANTE: CARLOS RAFAEL PEREZ titular de la cédula de identidad Nº V- 17.259.177, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA CESAR OVIEDO , inscrito en el Inpreabogado con los números : 110.123 .
PARTE DEMANDADA: TODO POLLO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: HERMES BARRIOS LAPADULA, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 10.351
MOTIVO: Reclamación de de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
En el día hábil de hoy, martes 27 de mayo del 2008, siendo las 10:00:am., oportunidad fijada para que tenga lugar la Continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia a este acto del Ciudadano : CARLOS RAFAEL PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°17.259.177, en su condición de parte actora, su Abogado asistente: CESAR OVIEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo los N°.110.123,cualidad que se evidencia de autos. Igualmente se deja constancia de la comparecencia del apoderado Judicial del accionado Abogado ; HERMES BARRIOS LAPADULA, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 10.351 Se le dio inicio a la Audiencia Preliminar, el Juez procedió a impartir las normas que servirán de base a la misma. Se les dio el derecho de palabra a ambas partes quienes expusieron en forma sucinta las pretensiones, alegatos a la defensa y puntos de vista sobre el asunto ventilado. El Juez realizó todas las funciones que como mediador le correspondía obteniendo como resultado que las partes de mutuo acuerdo decidieran realizar una transacción que se regirá por las cláusulas siguientes: PRIMERA: La representación de la parte actora solicita en este acto el pago de todos y cada uno de los conceptos reclamados, solicitados en el libelo de la demanda por el trabajador demandante, los cuales se dan por reproducidos en este acto .SEGUNDA: En este estado interviene la parte demandada y expone: con el fin de resolver la presenta causa a través de la mediación ofrezco pagar lo que corresponde al trabajador legalmente ya que trabajo con todo Pollo desde el 07 de Enero 2008 hasta el 23 de marzo 2008 y le paga la empresa lo que legalmente corresponde en estas fechas de la duración de trabajo el cual da un monto CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400) y que el trabajador acepta en este pago el cual se le hace entrega en dinero efectivo de curso legal en ele país a su entera y cabal satisfacción. En este acto se hace presente el ciudadano: NAVAS OMAR PASTOR titular de la cedula de identidad N° 3.540.891,quien manifiesta que el accionante presto servicios desde 2006 hasta 2007 para el y su hermano y acuerdan pagarle al accionante la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.2.600) en este acto en dinero efectivo y que el accionante acepta conforme TERCERA: La parte accionante vista la propuesta planteada por accionado manifiestan aceptar la propuesta planteada. De igual forma la parte accionante reconoce que recibió de manos del señor NAVAS OMAR PASTOR y su hermano como parte de las prestaciones sociales del 2006 al 2007 la cantidad de mil bolívares (Bs.1.000) . Ambas partes estamos de acuerdo y reconocemos que nada se debe por conceptos de Honorarios Profesionales generados con ocasión del presente proceso contenido en la presente acta. CUARTO: El demandante reconoce en este acto que nada más tiene que reclamar, por los conceptos especificados en el libelo de demanda, ni por ningún otro, ni contra la empresa todo pollo ni contra el ciudadano: NAVAS OMAR PASTOR y su hermano, que aún cuando no este incluido en la presente transacción algunos conceptos laborales , tal exclusión se debe a que no le correspondía. Igualmente ambas partes están conformes que con la firma de la presente transacción nada se deben por intereses moratorios, indexación, costos y costas del presente proceso, QUINTO: Las partes acuerdan que cualquier cantidad de mas o de menos que haya sido acordada en este acto queda en beneficio de la parte a quien le favorezca y solicitamos al ciudadano Juez, se sirva decretar la Homologación de la transacción contenida en la presente acta. Acto seguido el ciudadano Juez, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en vista de que la mediación ha sido positiva, producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes, ya que los acuerdos tienden a garantizar una resolución armoniosa de la controversia a que se refiere el proceso, no siendo contraria a derecho, por no contener la misma la renuncia a derechos irrenunciables derivados de la relación de trabajo y por cuanto no vulnera normas de orden público, en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el presente acuerdo y le da el carácter de cosa juzgada y ordena el cierre y archivo del asunto, una vez conste en el expediente el pago total de lo acordado.La parte accionada solicita copia certificada de la presente acta el cual se acuerda . Es todo, se leyó y conforme, firman.
El Juez titular
Abg.Rafael I. Gainze M. El Ex trabajador
Apoderado judicial del actor
Apoderado Judicial del accionado
Navas Omar Pastor
La Secretaria,
Abg.Josefa Carmona
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