REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del Estado Portuguesa Sede Acarigua
197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2008-000173.
PARTE ACTORA: DENYS REINALDO DEDEA ORTIZ, titular de la cedula de identidad nro. 14.676.258.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: abogado DIBO CONSTANTINE KASSAR, titular de la cedula de identidad Nro. 12.708.869, e inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 113.812
PARTE DEMANDADA: CASA DE LOS COLCHONES ACARIGUA, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 06 de agosto de 1996, bajo erl Nº 25 tomo 26 A, representada por el Ciudadano: JOSE LEONARDO PINTO, titular de la cedula de identidad Nº 13.945.650.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. RAMON FREITEZ, titular de la cedula de identidad nro. 3.866.507, e inscrito en el Inpreabogado nro. 92.199.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

En el día de hoy, 21 de Mayo del 2008 siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa se deja constancia de la incomparecencia del demandante y de la comparecencia de la demandada por medio de su Apoderado Judicial Abgº. RAMON COROMOTO FREITEZ RODRIGUEZ, razón por la cual este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.

En consecuencia, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Desistido el procedimiento.
SEGUNDO: Terminado el Proceso.
Regístrese y Publíquese.
Dado, Firmado y sellado en la Sala de este despacho de este Tribunal, en Acarigua a los 21 días del mes de Mayo del año 2008.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,

ABGº ANTONIO MARIA HERRERA MORA, ABGº MARLENE RODRIGUEZ,


APODERADO DE LA DEMANDADA


En esta misma fecha fue publicada la Sentencia siendo las 11:05 a.m.
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