Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JOSÉ AMBROSIO HIDALGO BASTIDAS y MARY ISABEL REYES ROSALES, titulares de las cedulas de identidad Nros. 12.648.200 y 14.749.551 respectivamente, en beneficio de su hijo: xx, Seguidamente el ciudadano José Ambrosio Hidalgo Bastidas. Ofreció pasarle la obligación de manutención a su hijo, en la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250,oo) mensualmente y el doble en los meses de Septiembre y Diciembre de cada ańo, para gastos de uniformes y útiles escolares y gastos decembrinos, igualmente el 50% de los gastos de medicamentos en caso de enfermedad