REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Guanare 06 de Noviembre de 2008
Años 198º y 149º



Por cuanto he sido designada Juez Suplente Especial, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 25-10-2006, según oficio CJ-06-4225 de fecha 01 de Noviembre de 2006, me avoco al conocimiento de la presente causa y visto el desistimiento realizado por el ciudadano ERIS ALBERTO RODRIGUEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.050.772, asistido por el Abogado en ejercicio Cesar Enrique Castillo, inscripto en el inpreabogado bajo el Nº 30.456, el tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil el cual se aplica supletoriamente, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. Remítase al archivo judicial.


La Jueza Temporal,


Abog. Dorka Yesenia Rodríguez

La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona
Mery S.
Exp. Civil Nº 10142