REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA


TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare, 07 de Noviembre de 2008
198° y 149°


Visto el desistimiento de la Colocación Familiar realizado por los ciudadanos ONILDE DEL CARMEN LINARES DE HIDALGO y JOSE SANTANA HIDALGO LINARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 10.723.023 y 16.647.700, respectivamente, por ante este Tribunal en esta misma fecha y el convenimiento de que el padre ciudadano José Santana Hidalgo Linares, ejerza la Custodia de su hijo el niño …………….., de 01 año de edad; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.


La Jueza,



Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N° 8683
Amny M.-