REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Acarigua, 30 de octubre de 2008.
198° y 149°
Ante este Tribunal el ciudadano JOSÉ DAVID VALERA BORGES, demandó por divorcio, a la ciudadana ZOBEIDA DEL CARMEN AGÜERO FIGUEROA, fundamentando su acción en las Causales Segunda y Tercera del Artículo 185 del Código Civil.
Celebrados los actos reconciliatorios, en fecha 27 de octubre de 2008 tuvo lugar el acto de contestación a la demanda, acto al cual no comparecieron ninguna de las partes, acordando el Tribunal pronunciarse al respecto al tercer día de despacho siguiente.
Al no haber acreditado la parte actora una causa justificada que le impidiere su comparecencia a tal acto, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta la EXTINCIÓN DEL PROCESO, y ordena el archivo del expediente.
El Juez,
Abog. Ignacio José Herrera González
La Secretaria,
Abog. Nancy Galíndez de González