Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: YUSBELY CAROLINA CACERES FERNÁNDEZ Y JOSÉ GREGORIO RIVERO, titulares de las cedulas de identidad Nros. 17.049.614 y 16.645.822 respectivamente, en beneficio de sus hijos: José Gregorio y José Natanael Rivero Cáceres, Seguidamente el JOSÉ GREGORIO RIVERO. Ofreció pasarle la cantidad de cien bolívares (Bs. 100,oo) mensuales y cómprale a uno de sus hijos los útiles escolares y uniformes en el mes de septiembre, asimismo se comprometo a cómprale la ropa, bien sea el 24 o el 31 de diciembre, y los gastos médicos serán compartidos por ambas partes, dichas cantidades de dinero se lo haré entrega mediante recibo y luego lo consignare por ante este Tribunal.