Vista la conciliación celebrada entre las partes ciudadanos: Daryseni Maryory Godoy Rodríguez y Francisco Antonio González , titulares de las cédulas de identidad Ns. 12.894.954 y 10.050.884, donde el ciudadano: Francisco Antonio González Mejías, se comprometió a pasarle la cantidad de: Trescientos cincuenta bolívares fuertes (Bs. F.350,oo) mensuales, por concepto de Obligación de Manutención, y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año, para útiles escolares y estrenos decembrinos los cuales serán entregados a la mencionada ciudadana, y el 50% por concepto de medicina, a favor de sus hijos: xx, xx y xx