REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. SEDE ACARIGUA
198º y 149º

ASUNTO: PP21-L-2008-000380.
PARTE ACTORA: HUERFANO DE CRISTOFANO LAURA MARINA, titular de la cedula de identidad Nº 3.528.241.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados MARY ISABEL LA CRUZ y DANIEL SANTOS MENDOZA, titulares de la cedula de identidad Nros. 11.465.049 y 11.546.596 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.621 y 70.622 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: RENATO RUFFONI y GUISEEPE RUFFONI MODENESE, titulares de la cedula de identidad Nº 5.369.044 y E- 171.773 respectivamente.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: ANETH BETSABETH ALZURU ARIAS, titular de la cedula de identidad Nº 13.555.062, e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 101.176.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.

En el día de hoy, 20 de Octubre del 2008 siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, se deja constancia de la comparecencia de la Apoderada Judicial de la demandada Abogada: ANETH BETSABETH ALZURU ARIAS, arriba identificada, cualidad que se evidencia de Poder cursante a los autos. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia del demandante quien no compareció ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, razón por la cual este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.

En consecuencia, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: Desistido el procedimiento.
SEGUNDO: Terminado el Proceso
Regístrese y Publíquese.
Dado, Firmado y sellado en la Sala de este despacho de este Tribunal, en Acarigua a los 20 días del mes de Octubre del año 2008.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,


ABGº ANTONIO MARIA HERRERA MORA, ABGº EHILIN ROMERO GRATEROL,

APODERADA JUDIAL DE LOS CO-DEMANDADOS,



En esta misma fecha fue publicada la Sentencia siendo las 11:00 a.m.
La scria,