Vista la conciliación celebrada entre las partes ciudadanos: Yuleivy Adriana Gudiño y José David Carrasco Aguilar, titulares de las cédulas de identidad Ns. 16.647.793 y 14.995.814, donde el ciudadano: José David Carrasco Aguilar, se comprometió a pasarle la cantidad de: Ciento cincuenta bolívares fuertes (Bs. F.150,oo) mensuales, por concepto de Obligación de Manutención, los cuales será depositados los quince y último de cada mes en una cuenta de ahorro que será aperturada por la mencionada ciudadana, por ante el Banco Banfoandes Agencia Biscucuy, en septiembre de cada año, comprarle los útiles escolares y en diciembre los estrenos, a favor de su hija: xx, en cuanto a los gastos de consulta médica y medicina cuando lo amerite, serán compartidos.-