Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JOSÉ MELQUÍADES ZERPA y MARIA DE LA CRUZ HIDALGO titulares de las cedulas de identidad Nros. 5.637.126 y 4.959.690, respectivamente en beneficio de sus hijos: xx y xx, Seguidamente el ciudadano JOSÉ MELQUÍADES ZERPA. Ofreció pasarle la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300,oo) mensuales y el doble en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, para gastos de útiles escolares, uniformes y gastos decembrinos, mas el 50% de los gastos de medicamentos en caso de enfermedad, ropa y calzado cuando lo ameriten, dichas cantidades de dinero se las depositará en la cuenta bancaria que la madre de sus hijos aperturára por ante el Banco Banfoandes de esta población, pero a partir del 15 de Octubre del presente año