REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. SEDE ACARIGUA
Acarigua, 17 de Septiembre del 2008
198º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2008-000305.
PARTE ACTORA: JUAN MALDONADO YEPEZ, titular de la cedula de identidad Nº 11.964.448.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: DANIEL SANTOS MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nº 11.546.596 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.622.
PARTE DEMANDADA: JOSE LUIS ACURERO MARTINEZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.


En el día de hoy, 17 de Septiembre de 2008 siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el INICIO de la Audiencia Preliminar en la presente causa se deja constancia de la incomparecencia tanto de la parte actora como de la parte demandada, quienes no comparecieron ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno.

En atención a la incomparecencia de ambas partes, este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el último aparte del articulo 151 ejusdem, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, TERMINADO y EXTINGUIDO EL PROCESO.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: Desistido el procedimiento.
SEGUNDO: Terminado y Extinguido el Proceso.

Regístrese y Publíquese.
Dado, Firmado y sellado en la Sala de este despacho de este Tribunal, en Acarigua a los 17 días del mes de Septiembre del año 2008.

EL JUEZ,
LA SECRETARIA,

ABG. ANTONIO MARIA HERRERA MORA, ABG. EHILIN ROMERO GRATEROL,
En esta misma fecha fue publicada la sentencia, siendo las 10:30 a.m. Conste.
La Scria,