REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

DISPOSITIVO

Por los motivos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL AL PENADO BONIFACIO RAMÓN PÉREZ, precedente identificado, de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal y 497 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes y víctimas por la vía mas expedita de ser posible, y ofíciese a los organismos pertinentes a la ejecución de la pena, ordenándose suspender toda orden de aprehensión que tenga el penado con ocasión del presente proceso.


La Juez de Ejecución No 1


Abg. Dulce María Duran

El Secretario,


Abg. David Correa