REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 21 de abril de 2009
Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de simulación, intentada por ZAIDA LILIBETH MARAMARA CAMACARO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en Turén y titular de la cédula de identidad V 10.769.747 contra MARKWEENS JOSÉ GARCÍA TORRES y ROBERTH RAFAEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad V 12.264.325 y V 16.042.409, se constata que desde el 8 de febrero de 2007 cuando se libró la boleta de notificación al codemandado ROBERTH RAFAEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ha transcurrido mas de un año sin que la parte actora impulse el procedimiento, por lo que según lo que dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, debe forzosamente declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de simulación intentada por ZAIDA LILIBETH MARAMARA CAMACARO contra MARKWEENS JOSÉ GARCÍA TORRES y ROBERTH RAFAEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, todos ya identificados.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González