REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PAEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
DECRETO
Acarigua, 21 de Abril de 2009
Años: 199° y 150°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por el ciudadano: RICARDO ANTONIO FIGUERA OJEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.542.413. Y Solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre la bienhechurias a que ellas se contraen.
Y Por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por este Juzgado, por las Ciudadanas: JUANA REIMUNDA CASTILLO DE PEREZ Y ASTRID CAROLINA CARMONA PEREZ, titulares de la cédula de identidad Nº V- 6.668.916 Y 18.732.517, respectivamente.
Consta que la solicitante ocupa un lote de terreno Municipal que mide ocho (8) metros de frente por cuatro (4) metros de fondo, para una superficie total de treinta y dos metros cuadrados (32,00 Mts2), ubicado en la avenida 32 entre calles 23 y 24, de Acarigua, Municipio Páez, Estado Portuguesa, cuyos linderos son los siguientes : NORTE: Con Avenida 32 que es su frente; SUR: con casa de Juana Torrealba; ESTE: con calle 23; y OESTE: Con área y patio de Juana Torrrealba.
Que las mejoras y bienhechurias consisten en: una casa, con todas las características descritas en la solicitud. Que invirtió en las mejoras y bienhechurias la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES FUERTE (Bs.F.30.000, oo).-
Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle al ciudadano: RICARDO ANTONIO FIGUERA OJEDA, antes Identificado, el derecho de propiedad y posesión, sobre las bienhechurias determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros, para que la solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias edificadas dentro del lote de terreno.- Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-
La Juez,
Abg. ARACELIS AGUILLÒN MEZA.-
La Secretaria,
Abg. Melania Escalona.-
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de SEIS (6) folios útiles.- Conste.-
La Secretaria,
Comisión Nº: 583-2009
AAM/dg.
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