REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Seis de Abril de dos mil Nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2009-002225
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana ALBERTO ANTONIO MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-4.413.748, domiciliado en el Sector Santa Rosalía, avenida Florencio Jiménez, a la altura del kilómetro 9, Parroquia Juan de Villegas, Barquisimeto, Estado Lara, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías sobre un terreno de origen de la posesión Las Tinajas, que mide Diecinueve metros (19 Mts) de frente por Noventa y Dos metros (92 Mts) de fondo, que tiene un valor aproximado de NOVENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 90.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana ALBERTO ANTONIO MOGOLLON, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL SECTOR SANTA ROSALÍA, AVENIDA FLORENCIO JIMÉNEZ, A LA ALTURA DEL KILÓMETRO 9, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, BARQUISIMETO, ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: Autopista vía Quibor, que es su frente; SUR: Con casa y terreno ocupado por Esteban Cupertina Mogollón; ESTE: Con casa y terreno ocupado por Esteban Torrealba; OESTE: Con casa y terreno ocupado por José Méndez. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
¬ EL JUEZ, LA SECRETARIA
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/Loreand
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.