REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Seis de Abril de dos mil Nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2009-000739
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana MARIA LOURDES PINEDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad número V-7.386.796, domiciliada en la Calle Principal del Sector Juan Mogollón de Pavía en el Kilómetro 11, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías sobre un terreno ejido, que mide aproximadamente Ciento treinta y Cuatro Metros con Cuarenta y Seis Centímetros (134,46 Mts2), que tiene un valor aproximado de SETENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 70.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MARIA LOURDES PINEDA, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CALLE PRINCIPAL DEL SECTOR JUAN MOGOLLÓN DE PAVÍA EN EL KILÓMETRO 11, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: En línea recta de Veintiocho Metros con Sesenta Centímetros Medio (28,60 Mts.), Con terreno ocupado por la ciudadana Ana Nabor Pineda; SUR: En línea de Veintiocho Metros con Sesenta centímetros Medio (28,60 Mts.) con la ciudadana: Emilia Freitez; ESTE: En línea recta de Once Metros con Ochenta Centímetros (11,80 Mts.) con terreno baldío; OESTE: En línea recta de Once Metros con Ochenta Centímetros (11,80 Mts.) con Calle Principal del Sector Juan Mogollon, que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
¬ EL JUEZ, LA SECRETARIA
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/Loreand
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.