ASUNTO: PP01-V-2009-000376

Visto el convenimiento efectuado por ante este Tribunal en fecha 29-07-2009 entre los ciudadanos ALEIDY VANESSA HERNÁNDEZ BASTIDAS y MANUEL ASUAJE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.706.690 y 15.941.619, respectivamente, sobre el establecimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de los niños ..........................................., de tres (03) y un (01) años de edad, respectivamente, donde el padre buscará a sus referidos hijos a la residencia de la madre casa 15 días desde el viernes por la tarde y lo regresará los lunes por la mañana a la misma residencia; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.


La Juez,

Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,

Abg. Hirbeth de Henríquez
PPG/HdH/Clarisel m.-