PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 14 de diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO: PP01-S-2009-000736

Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos TORRES FERNANDEZ JOSÉ GREGORIO y LÓPEZ SILVA JHOELITZA DEL CARMEN, titulares de las cédulas de identidad N° 12.509.217 y 17.260.774 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia, en la presente fecha, sobre la fijación de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de su hijo ......................................, de cinco (05), años de edad, mediante la cual el padre buscará a su hijo en el hogar de la madre, cada quince días, desde el sábado a las 8:00 a.m. y lo entregará en esa misma dirección los domingos a las 6:00 p.m. Ambos padres convienen que en lo que respecta a los días y fechas especiales, vacaciones ordinarias y escolares, el compartir del padre con el niño será de forma alternada y conciliada entre ambos. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,

Abg. Pastora Peña Garcías

La Secretaria,
Abg. Elsy Moraima Jurado Verde
PPG/ej/m. alejandra