PODER JUDICIAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL No. 02
Guanare, 14 de diciembre de 2009
199° y 150°
El Tribunal previo análisis de todas las actuaciones ha podido constatar que la abogada Silvia Perdomo Rodríguez, defensor Judicial del ciudadano JOSE RAMON HERNANDEZ NAVAS, no contesto la demanda violándole de esta manera el Derecho a la Defensa, en consecuencia para evitar su indefensión; este Tribunal procede a revocar el cargo a la referida abogada y reponer la causa al estado de nombrarle otro Defensor Judicial, y así se declara.
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda a Revocar el cargo a la referida abogada y Reponer la causa al estado de nombrarle otro Defensor Judicial a la parte demandada ciudadano JOSE RAMON HERNANDEZ NAVAS, y el lapso para contestar la demanda será de Tres (03) días de Despacho siguiente a la fecha que constes en el expediente su aceptación, cargo recaído en la persona de la abogada Sara Maritza Vargas Acosta; en consecuencia se acuerda librar Boleta de Notificación a la referida abogada. ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Años 199° y 150°
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La Jueza,
Abog. Pastora Peña García.
La Secretaria,
Abog. Hirbeth de Henríquez.
Liliana B.-
Exp. Civil Nº PP01-V-2009-000597
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