PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 16 de diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO: PP01-S-2009-000748

Vista la solicitud formulada por el ciudadano DAVID EDGARDO MEJIAS VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.945.709, domiciliado en el barrio Guaicaipuro, calle principal, a media cuadra del modulo policial Guanare del estado Portuguesa; en su condición de padre de la adolescente .................. y del niño ......................, debidamente asistida por la Abogada OMAIRA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Primera (S) para el Sistema de Protección del Niño Niña y del Adolescente, para que el Tribunal le expida AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR DINERO, para tramitar el cobro de fidecomiso de las prestaciones sociales y seguro de vida, por ante Comercial Italven, que le pudieran corresponder a los adolescentes ................y el niño ................, en razón de la muerte de la ciudadana MARELYS DEL CARMEN MORENO TORRES, ocurrida en fecha 15 de Junio del año 2009, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.240.720-, y vistos los recaudos producidos con la solicitud, apareciendo evidente que la referida adolescente tiene la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al ciudadano DAVID EDGARDO MEJIAS VEGAS, identificado anteriormente, para que gestione el cobro de dinero por el anterior concepto. El pago del mencionado concepto, deberá realizarse mediante cheque a nombre de los adolescentes ............... y del niño ........................ORENO, y a la orden de este Tribunal. Así mismo se acuerda la apertura de una cuenta de ahorro a nombre de los referidos adolescentes y del niño, cuando conste en autos el respectivo cheque. Expídase por Secretaría copia certificada de esta decisión y entréguese al solicitante.-

La Jueza

Abog. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,

Abog. Hirbeth Figuera de Henríquez
Sol. Nº PP01-S-2009-000748
PPG/HFH/Amny M.-