En horas de Despacho del día de hoy nueve (09) de Julio del 2009, siendo las 10:15 am, este Juzgado Ejecutor de Medidas se trasladó y constituyó en la empresa Pilones Curpa Vía Payara, carretera principal al margen derecho de la ciudad de de Acarigua del Estado Portuguesa, a los efectos de hacer la Entrega Material de un vehículo con las siguientes características Marca: Internacional, modelo: 5070-603, año 1977, color: Amarillo, Clase: Camión Tipo: Chuto, Uso: Carga, Placas 06-XUAC, Serial de carrocería FGB18901, serial de motor: NA23010537735, tal como lo establece el Despacho de comisión No C-2007-001222, del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el juicio que por Resolución de Contrato con Reserva de Dominio, que sigue el ciudadano Luigi Onorio D’ Andrea Mansabe, contra el ciudadano Luis Ricardo Hernández Vargas. Seguidamente el Tribunal previa notificación, procede a nombrar como Perito a la ciudadana Mariela Arévalo de Bracho, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No7.547.994, quien estando presente expone:” Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo. Es todo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado de los apoderados actores Abogados Alonso Humberto Chirinos y Luis Alejandro Méndez Guaita, inscritos en los inpreabogados Nos. 129.284 y 34.730, respectivamente, procede a notificar de su misión al demandado Luis Ricardo Hernández Vargas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No 12.860.489, hábil, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio Mary Carmen Jiménez, inpreabogado No 60.470. Seguidamente el Tribunal le concede el derecho de palabra al perito quien expone:” El vehículo objeto de la presente medida tiene las siguientes características, Marca Internacional, modelo: 5070-603, año 1977, color amarillo, clase camión, tipo chuto, uso Carga placas: 06-XUAC, serial de motor NA23010537735. El camión presenta una chapa identificada en la punta izquierda de la puerta donde se lee FGB. 18901NH230-10537735- 11.59510165070/603-6.1519068, equipado con diez cauchos, marca Firestone y good-year, medidas: 120024, de los cuales cuatro en mal estado y los otros en regular estado, tubo de escape del lateral izquierdo desacoplado, pintura y latonería en buen estado, desprovisto de batería, retrovisor externo del lado derecho roto, desprovistos de las luces de cruce delanteras, se desconoce el funcionamiento de forma general por no tener batería por lo que no fue encendido y se desconocen daños ocultos, es todo. Seguidamente el Tribunal le concede el derecho de palabra a los apoderados actores Abogados Alonso Humberto Chirinos y Luis Alejandro Méndez Guaita, quienes exponen:”Por cuanto en la sentencia que consta en autos establece en la dispositiva que nuestro representado por justa indemnización debe restituir al comprador la cantidad de veinte y cinco mil bolívares (Bs 25.000, oo) es por lo que en este acto cancelamos en dinero efectivo y a disposición del demandado. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: ” La Entrega Material del vehículo constituido con las siguientes características; Marca: Internacional, modelo: 5070-603, año 1977, color: Amarillo, Clase: Camión Tipo: Chuto, Uso: Carga, Placas 06-XUAC, Serial de carrocería FGB18901, serial de motor: NA23010537735 a los apoderados actores Abogados Alonso Humberto Chirinos y Luis Alejandro Méndez Guaita, ya identificados, quien estando presente expone: “Recibimos conforme el vehículo constituido por el camión antes identificado, es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra el demandado ciudadano Luis Ricardo Hernández Vargas debidamente asistido por la abogada en ejercicio Mary Carmen Jiménez, ya identificada quien expone: Recibo conforme la cantidad de veinticinco mil bolívares (Bs 25.000,oo) en dinero efectivo tal como lo establece la sentencia, es todo. El Tribunal da por cumplida su misión y resuelve volver a su sede siendo las 11:15 am. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ANA DOLORES MONAGAS CARRILLO
LOS APODERADOS ACTORES;
ABG. ALONSO CHIRINOS
ABG. LUIS ALEJANDRO MÉNDEZ GUAITA.
EL DEMANDADO;
LUIS RICARDO HERNÁNDEZ.
LA ABOGADA ASISTENTE
ABG. MARY CARMEN JIMÉNEZ
LA PERITO
MARIELA ARÉVALO DE BRACHO
LA SECRETARIA
ABG. MARIA E. CARDOZO SAMAME.