PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del estado Portuguesa
Guanare, 28 de julio de 2009
199º y 150º


ASUNTO: PP01-V-2009-000344

Visto el convenimiento efectuado por ante este Tribunal y en esta misma fecha entre los ciudadanos JOSÉ VICENTE LUQUE LA CRUZ y YENNY JOSEFINA VIERA LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.059.628 y 12.894.505, respectivamente, sobre la REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en beneficio de la adolescente .............................., 16 años de edad, donde el padre cancelará la cantidad de Bs. 200,00 mensuales y en los meses de agosto y diciembre Bs. 400,00 para los gastos escolares y decembrinos en beneficio de la adolescente mencionada, montos que se continuarán depositando voluntariamente por el padre en la cuenta de ahorros del Banco Banfoandes Nº 70014280010120414, a nombre de la madre de la ciudadana Yenny Josefina Viera López, a la orden y a nombre de este Tribunal en la entidad bancaria Banfoandes; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Juez,

Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Hirbeth de Henríquez
PPG/HdH/Clarisel m.-