REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de Guanare
Guanare, 29 de julio de 2009
199º y 150º
Asunto: PP01-S-2009-000391
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos JOSE GREGORIO SANCHEZ PIMENTEL Y YUSMARY DEL CARMEN DE LA CRUZ BASTIDAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 14.996.943 y 17.618.631 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, sobre el establecimiento de CUSTODIA de su hijo el niño ..........................de 7 años, el cual queda fijado de la siguiente manera: El padre tendrá la custodia del niño ...................., la madre compartirá con el niño antes mencionado cada vez que venga por cuanto reside en la ciudad de Caracas, el padre y la madre compartirán alternativamente las vacaciones escolares, decembrinas, de igual forma compartirán los días feriados nacionales y regionales; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de el niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.
El Secretario,
Abog. Alfredo Jose Oropeza.