PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 9 de julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO : PP01-S-2009-000356
Vista la conciliación celebrada en fecha 03-07-2009 por ante la Fiscalía IV del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y la Familia del 1er Circuito del estado Portuguesa, entre los ciudadanos PABLO JOSÉ PÉREZ BASTIDAS y MARISELA DEL CARMEN CHINCHILLA HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.051.819 y 12.896.934, respectivamente, sobre la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio de la adolescente ..........................., de 14 años de edad, la cual presenta parálisis cerebral, donde el padre cancelará el monto de Bs. 200,00 mensuales, que cancelará a la madre de forma quincenal, a razón de Bs. 100,00, mediante depósitos bancarios en la cuenta fije este Tribunal, igualmente el padre cancelará los gastos con respecto a vestido, calzado y juguetes en navidad, por otro lado se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros proporcionalmente cada uno de ellos; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda la apertura de una cuenta de ahorros por la Entidad Bancaria Banfoandes, a nombre de la ciudadana Marisela del C. Chinchilla Hernández, a la orden de este Tribunal y cuya beneficiaria será la adolescente antes mencionada.
La Juez,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Hirbeth de Henríquez
PPG/HdH/Clarisel m.-
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