REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCION DE JUICIO N° 2 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL MIXTO

Guanare, 02 de Junio del 2.009
Años: 199° y 150°

N°:_______
Nº 2M-259-08.

JUEZ DE JUICIO NO. 2: Abg. Carmen Zoraida Vargas López.

JUECES ESCABINOS: Orlanda de la Coromoto Colmenares,
Osvaldo Antonio Bastidas

ACUSADO: Ana Joaquina Polanco Romero y
Barrera Pardofigueroa Jesús Arturo.

DEFENSORES: Abg. Omaira Mercedes Rodríguez y
Abg. Alberto Martínez.

ACUSADOR: Abg. Zoila Fonseca.

DELITO: Transporte Ilícito de Sustancias
Estupefacientes y Psicotrópicas.

SECRETARIA: Abg. Carmen Tereza Sanoja Chávez



De conformidad con lo establecido en los artículos 363 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio Nº 2, constituido como Tribunal Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la Ciudad de Guanare, pronuncia sentencia en el Juicio Oral y Público seguido contra los ciudadanos Jesús Arturo Barrera Pardofigueroa, venezolano, mayor de edad, natural de Perú, nacido el 20/12/1965, soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado en la calle Cedeño Edificio Fadcao 5to piso, apto 5-A, Guacara, estado Carabobo, y Ana Joaquina Polanco Romero, venezolana, mayor de edad, natural de Guanarito, estado Portuguesa, nacido el 11/1/1966, soltero, profesión u oficio Ama de casa, residenciada Cogollal, sector la Montañita, Vía la Capilla estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Ilícitas y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, en los siguientes términos:


I.- DEL HECHO OBJETO DEL JUICIO

Durante el Juicio Oral y Público, el Ministerio Publico, representado por el Abg. Zoila Fonseca, narró oralmente como sucedieron los hechos, señalando lo siguiente:

“Los acusados están identificados como Jesús Antonio Pardofigueroa y Ana Faustina Polanco Romero, los cuales se encuentran ampliamente identificados en las actas que conforman la presente causa los hechos por los cuales se detienen a estos ciudadanos ocurren el 13 de Octubre del año 2006 según consta en acta policial suscrita por funcionarios adscritos al Destacamento 41 de la Guardia Nacional y que se encontraban de guardia del primer turno en el puesto de control fijo San Genaro de Boconoito en horas de la mañana cuando observan un transporte de la línea Barinas proveniente de Barinas con destino a Guanare y Valencia, los funcionarios le ordenan al conductor de la unidad que se estacionara a la derecha a los fines de practicar un procedimiento de rutina que consiste en la revisión de los equipajes de los pasajeros y la documentación de los pasajeros que viajan en la unidad, encontrando un bolso color vino tinto, blanco y negro el cual al ser revisado contenía 30 panelas forradas en plástico color verde, contentivas de restos vegetales de presunta marihuana. Así mismo señala esta acta policial, que en el autobús viajaba una persona que se identificó como Cabo Primero retirado de la Guardia Nacional de nombre José Nieves Cadenas quien indicó que él era testigo que el bolso le pertenecía a una señora que estaba detrás de él y que con esa misma maleta lo había tropezado cuando ella subió en el terminal de Barinas ayudada de dos personas de sexo masculino que se quedaron en dicho terminal; así mismo continuando con la revisión de la unidad consiguen otra maleta de color negro en su interior habían diez panelas forradas de plástico color verde contentivas en su interior de restos vegetales presuntamente marihuana, tampoco le aparecía dueño a esta maleta los funcionarios proceden a revisar a las personas que venían cercanas a esa maleta donde encontraron a un ciudadano que estaba sumamente nervioso y al revisar en su maletín encontraron dentro de el un bolso color azul el cual salía un olor fuerte y penetrante olor característico de la marihuana. Los fundamentos de la presente acusación lo constituyen en primer lugar el acta policial a la cual acabo de referirme, las declaraciones de los funcionarios que actuaron, de los testigos del procedimiento Víctor Ramón Ortega Farfán, José Nieves Cadenas, Víctor Ramón Ortega Farfán, Ángel Domingo Rivas Jaime; con la prueba de orientación especial practicada a las sustancias en la cual el experto toxicólogo deja constancia de las características de cada uno de los envoltorios que acabo de mencionar, así como su peso neto y el peso bruto, la experticia Botánica practicada a estas sustancias signada con el numero 213 practicada por el mismo funcionario experto Juan José Ledesma Campos, considera esta representación Fiscal que lo que demostró antes señalados son suficientes y por ello se acuso a los ciudadanos presentes hoy en esta sala por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica del transporte Ilícito del consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano, los medios probatorios con los cuales consta el Ministerio Público para demostrar en el debate oral y público que se desarrollara en esta audiencia a continuación de esta audiencia son los siguientes: las declaraciones de los funcionarios actuantes todos adscritos al Destacamento 41 de la Guardia Nacional que son Sandias García, Franklin Ruiz Rivas y Galea Tovar, las declaraciones de los testigos instrumentales Víctor Ramón Ortega Farfán, José Nieves Cadenas, Víctor Ramón Ortega Farfán, Ángel Domingo Rivas Jaime; igualmente con la prueba de orientación y pesaje, las documentales para que de una vez sean exhibidas al experto este declare sobre el contenido y firmas de las mismas que son la prueba de orientación y pesaje, la experticia Botánica practicada a la sustancia e igualmente la declaración de dichos funcionario experto Juan José Ledesma Carmona ciudadanos Jueces dejo para una vez concluido el debate Oral y Público la solicitud de una sentencia a que haya lugar, es todo”.

II.- DE LOS DERECHOS DE LOS ACUSADOS Y DE LOS ALEGATOS DE LA PARTE DEFENSORA.

Ante tales imputaciones la Defensora publica Abg. YARITZA RIVAS, manifestando como punto previo pasa a informar al Tribunal que se encuentra asistiendo en este acto bajo el principio de la Unidad de Defensa al Defensor Publico Quinto quien es quien conoce de la causa y representa al ciudadano JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA, expuso sus alegatos:

“Siendo la oportunidad de la apertura de este Juicio Oral y Público, ciudadana Juez, ciudadanos jueces escabinos esta defensa en representación de este ciudadano les hace especial énfasis a los ciudadanos que asisten como escabinos que de lo que suceda acá en esta sala de Juicio y con todos los medios de pruebas que ha mencionado el Ministerio Público que fueron ofrecidos en una oportunidad legal y que hoy como se esta dando inicio a este Juicio vamos a poder evidenciar con base al principio de inmediación en esta sala estemos muy atentos porque se esta juzgando a unos ciudadanos de uno de los delitos si pudiéramos decir mas grave que existe en nuestra Legislación Penal, con base a esos medios de pruebas objetivamente cada uno de ustedes percibirán y podrán concluir si la responsabilidad penal del ciudadano que hoy represento Jesús Arturo Barrera Pardofigueroa se encuentra comprometida o no en los hechos que el Ministerio Público le acusa, es por esto ciudadanos jueces que les hago el llamado de atención especialmente a ustedes que bajo el Principio de la Participación Ciudadana tienen la oportunidad de asistir y ser jueces en esta sala y con base a ese principio de percepción juzgar a este ciudadano, eso es todo”.

Por su parte el Defensor Privado de la ciudadana ANA JUAQUINA POLANCO ROMERO, Abg. Jesús Alberto Martínez, expuso sus alegatos: “Gracias a Dios que él nos permite estar en esta sala hoy 16 de Febrero del año 2009 a los efectos de dar inicio al Juicio Oral y Publico que se le sigue a mi defendida Ana Joaquina Polanco Romero, ejerciendo el derecho a la defensa en este acto y de conformidad a lo establecido en el Código Orgánico procesal penal la defensa hace los siguientes planteamientos: al inicio como acto de apertura al Juicio Oral y Público, hemos escuchado atentamente en relación a unos hechos que sucedieron en Octubre del 2006 específicamente el 13 de octubre del año 2006 aproximadamente a las 11 de la mañana en el puesto de control de Boconoito en donde se encuentran destacados los funcionarios de la Guardia Nacional, el Ministerio Público ha narrado esos hechos de conformidad pues a lo que le han presentado los funcionarios de la Guardia Nacional los que actuaron en ese procedimiento en base a esas actuaciones que levantó el Ministerio Público y las declaraciones que dicen de acuerdo a lo que ellos pudieron recibir en ese entonces y la plasmaron en las actuaciones; hemos llegado a esta etapa procesal, lo más importante de todos estos alegatos es el mirar con mucho detenimiento con mucha atención lo que sucedió efectivamente ese día, lo que los funcionarios pudieron recabar de todas sus actas investigativas, lo que sintieron lo que percibieron de sus declaraciones, todas estas personas han sido promovidas por el Ministerio Público como testigos que próximamente serán llamados en la oportunidad siguiente a este acto a los efectos de que expongan sobre los hechos en los cuales participaron, por supuesto de esas declaraciones que van a emitir esas personas que concurrirán a este debate Oral y Público todos los que estamos presentes en esta sala incluyendo a ustedes que tienen esa decisión en sus manos de dictar una sentencia de conformidad a lo que se perciba de acuerdo a lo que su conciencia determine en base a esa apreciación o valoración de las pruebas que pudiesen tener, emitir el fallo correspondiente por eso es sumamente importarte determinar con prontitud, con exactitud con esa máxima de experiencia de conocer porque efectivamente todos conocemos y muchas veces hemos subido a estas unidades autobuseras para transportarnos de una ciudad a otra y conocemos más o menos como son los funcionamientos como suceden las cosas, total que en base a estos hechos vamos a establecer la presunción de inocencia, mi defendida en este momento la acoge un principio Constitucional de derecho a la presunción de la inocencia, toda persona se presume inocente mientras no se demuestre lo contrario hasta este momento Ana Joaquina Polanco Romero es inocente del hecho, eso es una protección que establece la Constitución Nacional, hasta que no se demuestre lo contrario, hasta que en el Juicio Oral y Público no se demuestre lo contrario Ana Joaquina Polanco Romero es inocente del delito por el cual el Ministerio Público hasta la presente le ha acusado como el de transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en base a este principio la presunción de la inocencia esta defensa pues solicita y así lo estima el Tribunal recepcionar los medios probatorios e ir bajo la recepción de estos medios probatorios demostrar efectivamente que Ana Joaquina Polanco Romero es inocente del hecho que se le atribuye, efectivamente estuvo presente ese día en el autobús así lo determinaran las actuaciones, escuchemos entonces las versiones de cada una de las partes intervinientes en el proceso y por supuesto vamos a sacar nuestras propias conclusiones y al terminar el debate bajo la recepción de los medios de pruebas cada una de las partes expondrá lo que ha recibido al recepcionado de cada uno de estos hechos, eso es todo”.

Se impuso a los acusados el hecho que se le atribuye y del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la advertencia preliminar prevista en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, interrogándoles a cada uno por separado si estaban dispuestos a declarar e informándoles que el debate continuaría aun cuando no declararan y que en caso de hacerlo lo harían sin juramento alguno, pudiendo ser interrogado por el Ministerio Público, la defensa y el Tribunal y que podría abstenerse de declarar total o parcialmente a las preguntas que le fueren formuladas, manifestando la acusada Ana Joaquina Polanco Romero no querer hacerlo, en tanto que el acusado JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA dijo: “Sí Querer Declarar, se ordenó retirar de la sala a la acusada antes nombrada y de inmediato se procedió a tomarle la declaración al acusado Jesús Arturo Barrera Pardofigueroa, quien se identificó como Jesús Arturo Barrera Pardofigueroa, nacido el 20-12- 1.965 en Lima Perú hijo de Zoila Julia Pardofigueroa y Grimaldo Silvio Barrera, soltero, comerciante, domiciliado en avenida Bolívar edificio Venezuela cuarto piso Valencia, apartamento Nº 4A” 9, identificado con cédula Nº 24.911.176, nacionalizado, y dijo lo siguiente:

“Quería indicarles brevemente lo que sucedió el día de mi detención, yo soy un señor que soy comerciante, trabajo vendiendo ropa, zarcillos, anillos, correas y viajo por todos los estados del país trabajando, en esa oportunidad me encontraba trabajando en la feria de Barinas, entonces tenía una semana trabajando allí y me vine de regreso a la ciudad de Valencia donde yo vivo y cuando hubo el procedimiento en la alcabala de Boconoito, yo me encontraba en la mitad del autobús y cuando la Guardia sube a pedir los documentos ó sea a revisar a los ciudadanos, encontraron supuestamente un bolso con contenido de droga y culparon a la señora Ana Polanco, entonces cuando revisan de nuevo el autobús encontraron otra maleta que estaba cerca donde yo estaba entonces buscaron mi ropa que yo tenía y según el guardia dice que había un olor penetrante que era marihuana, pero esa era la ropa que yo me había quitado en el hotel y como no había toalla yo me había secado con la ropa que tenía y el guardia dice que presume que eso era también marihuana por eso es que me asocia como yo soy extranjero, me asoció con la señora y me dijo que yo también era culpable de eso y me acusa por eso, pero no tengo testigo en contra que me vieron subiendo con ningún bolso y yo fui la última persona que subí al autobús y todos vieron con lo que yo me monté en el autobús solamente con el bolso que cargaba de mano y mis pertenencias personales no tenia ninguna maleta, ni un bolso ni nada, eso es todo”.

Los defensores y a la representación fiscal no interrogaron al acusado.

Este tribunal pasa a examinar al acusado sobre los siguientes aspectos: 1.-¿Diga usted fecha, día y hora en que ocurrieron los hechos que usted acaba de narrar? Contestó: “El 13 de octubre del 2006 a las 10 y 30 de la mañana más o menos”. 2.- ¿En dónde? Respondió: “En la alcabala de Boconoito”. 3.- ¿Diga las características del vehículo que los funcionarios revisaron? Señaló: “Un autobús Barinas era marrón con amarillo creo yo”. 4.-¿Dónde abordo usted el autobús? Indicó: “En el terminal, pero saliendo, ó sea el autobús venía ya saliendo, prácticamente afuera en la calle en la salida del terminal”. 5.- ¿En qué puesto se ubicó usted? Manifestó: “En casi en el centro, cuando subí era el único puesto que estaba vació en la mitad del autobús” 6.- ¿Dice usted que usted sólo llevaba un bolso de mano? Respondió: “Un morral con mis cosas, con mi ropa”. 7.- ¿Lo que usted llevaba, el equipaje que usted llevaba? Expuso: “En el bolso llevaba zapatos, pantalones, bóxer, camisas y útiles de aceros y otro bolso con una mesita, con esas mesas que usan los que alquilan los teléfonos, una mesa así que se desarma y los cargadores y los teléfonos con los que yo trabajaba y también tenía un tubo donde yo tenia mis pulseras, unas pulseras que yo vendo de oro laminado que las tenía ahí guindadas en el tubo ó sea un tubo de agua forrado con un trapo”. 8.- ¿Cómo era el bolso que usted cargaba? Describió: “Un morral de tela semi sintético, yo tenía mis pantalones ó sea mi muda de ropa”. 9.- ¿Qué color era ese morral? Dijo: “verde”. 10.- ¿Y usted dice que cargaba además de eso otro bolso? Contestó: “Un bolso transparente donde uno mete la mesita esa de los que alquilan teléfonos que se desarman y tenía los cargadores y los teléfonos” 11.- ¿Cuántos teléfonos cargaba? Respondió: “tres, los cuales no me los han devuelto, mis pulseras, mi plata en efectivo que tenía, todo eso me lo quitaron, los documentos, el pasaporte cédula de identidad, licencia de conducir, todo eso no aparece, no está en la policía tampoco, ni en ningún sitio, mi abogada fue a reclamarlo en la guardia y le dijeron que no estaba, que no sabían donde estaba”. 12.- Usted alquila teléfonos? Afirmó: “Si”. 13.-¿Recuerda las características de esos teléfonos? Describió: “Sí, uno era un Nokia 6120, el otro era un Motorola”. 14.-¿y el otro? Indicó: “un digitel marca Ericsson”. 15.- ¿Dónde localizan el bolso que dicen que presuntamente era suyo? Señaló: “Donde yo estaba sentado en la parte de arriba, en el techo, donde la gente guarda su equipaje” 16.-¿En la parte superior lo encontraron? Asintió: “Sí, en la parte de arriba del techo, de donde yo estaba sentado en la parte de arriba”. 17.- ¿Cómo era ese bolso? Expresó: “Ese era una maleta, una maleta de esas que las cargan con ruedas”. 18.-Cuando usted llegó allí esa maleta estaba ahí, usted se percató si esa maleta estaba ahí? manifestó: “No me percate porque me senté de una vez, como habían varias personas ahí alrededor pensé que era de uno de ellos me senté y no me percate de la maleta ni nada”. 19.-Usted dice que era el único puesto que quedaba, ¿el autobús estaba totalmente lleno? Contestó: “Sí, fui el último que me monté al autobús, yo lo tome afuera” 20.- ¿Iba totalmente lleno el autobús? Ratificó: “Sí, yo le pregunte al colector para donde va, Valencia, si suba que hay un solo puesto me dijo y yo subí y me senté en ese puesto que quedaba”. 21.-¿Usted dice que lo despojaron de dinero y todo eso? Asintió: “Sí de todo”. 22.-¿Cuánto dinero cargaba usted? Señaló: “Dos millones de bolívares, yo venia de trabajar de la feria de Barinas, una semana, estaba allá trabajando, vendí pulseras, las pulseras también me las quitaron, nada de mis pertenencias me las devolvieron, los documentos sobre todo”. 23.- ¿Usted se dirigía hacia su vivienda en Valencia? Afirmó: “Sí”. 24.-Cuanto tiempo tiene usted ejerciendo ese comercio? Indicó: “quince años”. 25.-¿Cuánto tiempo tiene usted de residencia en Venezuela? Señaló: “Quince años desde que vine”. 26.- ¿Viaja usted con frecuencia a su país o fuera de Venezuela? Expuso: “no, a mi país una vez al año”. 27.- ¿En qué parte estaba usted residenciado en Barinas? Dijo: “no en Barinas yo fui fue a trabajar para las ferias”. 28.- ¿No dice que tenía una semana allá? Contestó: “En el hotel”. 29.-¿En qué hotel? Expresó: “Al frente del terminal, no me acuerdo como se llama queda al frente del terminal”. 30.-¿Usted dice que es que el guardia lo relacionó con el bolso? Explicó: “Por lo que soy extranjero me asociaron, según ellos yo me puse nervioso cuando a la señora le estaban echando la culpa que era dueña del bolso, entonces yo me paré a ver que era lo que estaba pasando y ahí el guardia me mando a sentar, por eso yo creo que el tipo me asocia con ella pues, como yo me paré a ver, voltié para atrás, entonces el guardia me dijo ¡siéntate!, yo me senté, dos veces me mandó a sentar, yo creo que por eso él cree que yo venía con la señora o algo así”. 31.- ¿Dónde venía la señora? Contestó: “Al último puesto, en el final de todo y yo estaba en el medio, cuando yo escuché el alboroto, como la señora empezó a gritar, a decir que no era de ella el bolso entonces yo me pare, todos, yo no, sino todo el mundo se paró a ver lo que pasaba, yo me pare y el Guardia me mandó a sentar dos veces, yo creo que por eso él me culpa a mi”. 32.-¿Usted dice que la señora empezó a gritar que el bolso no era de ella? Afirmó: “Si, cuando la estaban culpando, ella decía que no era de ella y empezó a discutir con los guardias”. 33.-¿Usted vio el bolso que le consiguieron presuntamente a la señora? Expuso: “Todos los vieron porque lo llevaron al comando de la guardia y sacaron el bolso y lo pusieron ahí en el medio de todos, de toda la gente que venía en el autobús”. 34.- ¿La revisión la hacen en el interior del autobús, es decir si se percatan de la existencia de eso ahí o cuando bajan el bolso, en ese caso abajo? Explicó: “El bolso lo encuentran en el autobús y la maleta cuando nos llevan al comando de la guardia”. 35.- ¿La maleta cuándo? Contestó: “La maleta ó sea la que estaba cerca, si cuando estábamos en la guardia nos hicieron bajar a todos y cuando subieron a revisar el bolso estaba ahí ellos lo sacaron en el comando de la guardia entonces dijeron traigan a las personas que estuvieron mas cercanas a esta maleta, me sacaron a mi y a tres personas mas que estaban ahí y el guardia de una vez me dijo no, dame la cédula me saco la cédula y de una vez me dijo: ¡no, esto es tuyo!, me dijo de una vez, miró mi bolso que yo tenía en la mano y me dijo no esto tiene que ser tuyo, me dijo: ¿de dónde vienes tu?, “de Barinas”, ¿de dónde eres tu?, “peruano”, ¡esto tiene que ser tuyo! me dijo: “tú eres cómplice de la señora”, de una vez me puso aparte con la señora”. 36.- Aclare: ¿la revisión se hace en dos tiempos diferentes?: primero allá en Boconoìto encuentran el primer bolso que supuestamente llevaba la señora en la parte de atrás del autobús, el segundo momento es cuando se trasladan al comando bajan los equipajes y entre esos estaba ese que le asignan a usted, es decir, ¿ese equipaje no fue revisado allá en el puesto de Boconoito, el segundo equipaje? Dijo: “no, no se dieron cuenta hasta que llegaron al comando”. 37.- ¿Cómo era el bolso que supuestamente llevaba la señora? Expuso: “un bolso deportivo grande”. 38.-¿Usted vio el contenido de eso? Manifestó: “Todos los vieron, eran panelas de marihuana y eran las mismas del maletín porque estaban forradas con el mismo, ó sea de la misma manera, el mismo tirro, todo, eran las mismas, ó sea el mismo dueño de esa”. 39.-Recuerda usted las características de esos paquetes, es decir usted dice que eran los mismos que venían en el bolso deportivo grande, ¿recuerda usted como eran esos paquetes? Describió: “Unas panelas así, cuadradas las mismas que estaban forradas con tirro plástico rojo, azul, no recuerdo muy bien”. 40.-¿Vio usted cuantas eran? negó: “no”. 41.- ¿Esa revisión la hacen en presencia de quien? Señaló: “De todos, de todos los que estaban ahí, de todos los pasajeros, delante de todos sacaron el bolso, lo tiraron al piso, sacaron después sacaron la otra y también la tiraron al piso después la volvieron a meter al bolso y la pusieron en una mesa y nos pusieron a la señora y a mi ahí como si fuéramos los dueños de la droga nos pusieron al lado de la mesa esa”. 42.-¿Conocía usted la señora? Negó: “no”. 43.-¿Recuerda usted la ropa que ella vestía? Expuso: “no tampoco ya pasaron mas de dos años”. 44.- ¿Y la que usted usaba? Expresó: “Tampoco porque no me la devolvieron se quedaron con toda mi ropa y la ropa que cargaba también”. 45.-¿Tanto la que cargaba o la que iba en la maleta o en el morral? Explicó: “No mi ropa que yo tenía esa me la quitaron”. 46.-¿El morral si se lo quitaron? Asintió: “Si todas mis pertenencias me las quitaron, zapatos nuevos, todo, a mi no me devolvieron nada ni mi plata, ni mis teléfonos ni nada, ni las pulseras, mis documentos”. 47.-¿Cuántos guardias eran, cuántos subieron específicamente hacer la revisión? Dijo: “dos”. 48.- ¿Es cierto lo que dice la acusación que usted se defecó? Contestó: “No eso es mentira simplemente que el guardia me puso a mi porque como vio la plata entonces para agarrarse la plata entonces me acuso también y me parece extraño que digamos que cuando el señor que acusa a la señora que supuestamente es Cabo retirado de la guardia, cuando preguntaron de quién era el bolso, el señor de una vez no dijo que era de la señora se tardó como diez minutos para decir que la droga era de la señora, bajó con los guardias, se fueron por allá a conversar, después de diez minutos regresaron subieron al autobús y fue ahí donde recién dijo que la droga era de la señora ó sea no la acusó de una vez, pa mi yo no puedo decir nada porque no se quién, pero ahí hay gato encerrado, porque el señor este se fue con los guardias a conversar por allá como diez minutos conversando, bajaron del autobús y después de un rato volvieron y fue ahí cuando dijo que el bolso era de la señora de inmediato no la culpó”. 49.- Y usted cuando se asomó, que se paró todo el mundo y el guardia sospechó de usted, ¿usted observó dónde estaba esa maleta, ese bolso? Indicó: “ahí al lado, ahí en el piso ella estaba en el último puesto y eso estaba ahí como, lo tenia ahí, ni escondido, nada estaba en el piso”. 50.-¿Usted alguna vez ha consumido droga? Contesto: “no nunca”.

III.-DETERMINACION DE LOS HECHOS PROBADOS Y SU CALIFICACION JURIDICA.

A criterio de esta Instancia se demostró durante el desarrollo del debate, el hecho objeto de la acción Penal, a través de los medios de pruebas recepcionados y ofrecidos por el Ministerio Público, consistente en que fecha 13 de Octubre del 2006 aproximadamente a las 10 y 30 de la mañana, encontrándose de servicio en el puesto de control de Boconoìto los funcionarios Franklin Ruiz Rivas y Galea Tòvar adscritos al Destacamento Nº 41 de la Guardia Nacional cuando con motivo de la circulación de un vehículo de transporte público de “Expresos Barinas”, el último de los funcionarios nombrados incautó la sustancia que luego de la correspondiente experticia practicada por el ciudadano Juan José Ledezma Carmona se determino se trataba de la planta conocida como Cannabis Sativa Linne (marihuana), sustancia que se encontró en primer lugar en un bolso de fibra sintética de plástico de un color oscuro ubicado en la parte última del autobús específicamente en el pasillo, contentivo de treinta (30) panelas envueltas con cinta plástica y abajo tenían cinta plástica de color verde; en segundo lugar, en los asientos del medio, no en el medio precisamente, del medio del mismo lado, en la parte superior del asiento donde viajaba el coacusado JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA, un bolso que decía “Deporte Carabobo”, en cuyo interior se encontró diez panelas de la misma sustancia que aquella detectada en el primer bolso antes señalado, puesto que acotó el funcionario actuante: “era el mismo olor pues”, dichas panelas según expresó el declarante, se encontraban envueltas en “ropa de caballero como de algodón ropa interior o camisas algo así era como un mono, estaba sucia”; y el experto en toxicología antes nombrado dijo asimismo que las mentadas panelas guardaban similar presentación es decir tanto aquellas que fueron detectadas en el primer equipaje como en el segundo equipaje estableciendo la vinculación del acusado JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA con el segundo de los equipajes más no así la vinculación de la acusada Polanco Romero ana Joaquina con el primero de los equipajes antes citados.

Los medios de pruebas aportados al debate de los cuales se desprende la comisión del Ilícito Penal cuya calificación acoge el Tribunal por considerar procedente esto es de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica del transporte Ilícito del consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano, así como la consecuente responsabilidad del coacusado JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA son los siguientes:

I.- Declaraciones de los ciudadanos:

1.- Franklin Eslandy Ruiz Rivas, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 09-10-1975, casado, de oficio Militar activo, con domicilio en Guanare Estado Portuguesa Barrio Cuatricentenario final de la calle 3, identificado con la cédula Nº 12.237.222, sin vínculo con las partes, quien en relación con lo hechos dijo lo siguiente:

“Ese día de ese suceso dado, me explico de ese hecho yo me encontraba en la alcabala de Boconoito en la mañana, cuando un compañero verdad, para la unidad autobusera era de la línea Barinas con sentido Guanare, lo para a la derecha, revisa eso lo hace es él, no yo, él revisa su autobús, de repente él baja con el procedimiento y se bajan los pasajeros y todo, yo en ese momento estaba como parte de seguridad en la alcabala, ellos bajan revisan, todas esas cuestiones, es más yo me quedo en la parte de la pista, me explico: en la autopista y ellos tienen el autobús parado a mano derecha, ellos agarran, después de eso suben el autobús a la parte de arriba de la alcabala de Boconoito y yo me quedo otra vez en la autopista, porque habíamos para ese entonces, tres guardias, de los cuales uno de los tres que estábamos ahí fue transferido para la ciudad de San Cristóbal, en ese momento el era el jefe de la pista, del mas antiguo en ese momento de los que estábamos ahí él y el compañero que sube el autobús, sube a la parte de arriba no del autobús sino de la alcabala, yo me quedé ahí, al momento ese día me quedo yo ahí solo en la alcabala, eso es lo que tengo que informar por ahora y cualquier pregunta que me hagan si esta a mi alcance yo se la respondo”.

La Fiscal del Ministerio Público examinó al testigo sobre los siguientes aspectos: 1.- ¿Recuerda fecha en que sucedieron los hechos que usted acaba de narrar? Respondió: “Eso fue el 13 de Octubre del 2006” 2.-¿Más o menos qué hora era? Contestó: “eso fue en la mañana como de diez a diez y media”. 3.-¿Cuántos funcionarios integraban la comisión? Señaló: “Ahí habíamos tres”. 4.-¿Puede decir sus nombres? Nombró: “El sargento para aquel entonces en la jerarquía vieja el Sargento Segundo García Sandia ese es el que fue transferido a la ciudad de San Cristóbal, se encontraba también el Cabo Segundo Galea Tovar y mi persona Franklin Ruiz aquí presente”. 5.- ¿Cuál fue su participación en la práctica de ese procedimiento? Expuso: “yo lo que estaba ahí era de seguridad en el momento de la pista, porque éramos tres nada más, mi compañero subió al autobús, qué hizo arriba yo en verdad no le puedo decir porque subió, indagó hizo lo que él les debería responder a ustedes aquí, él baja con el procedimiento, se mandan a bajar los pasajeros, entonces el sargento el mas antiguo en ese momento que es el que esta en San Cristóbal con él se encargan de eso, yo paso a la parte de la seguridad de la autopista y me quedo en la autopista, me explico, en la pista ahí pendiente de los demás vehículos que vengan, ellos proceden y se llevan el autobús lo mueven y lo hacen que lo trasladen hasta la parte de arriba de la alcabala, porque allí no se puede quedar mucho tiempo por razones de seguridad, porque no sabemos que pueda pasar y se pueda presentar en ese momento, porque eso es delicado y ellos llevan el autobús a la parte de arriba del Comando que esta arriba lo llevan y de allí ellos siguen con el procedimiento, más yo me quedo abajo en la parte ahí de la autopista”. 6.-¿Tuvo usted oportunidad de observar lo incautado en el autobús? señaló: “observe que eran panelas, eran panelas porque que yo le diga que logro de ver no si visualice las panelas que en ese momento hasta donde yo recuerdo eran 30 pero como eso fue en el 2006 acá ya hace un poco”. 7.-¿Recuerda dónde estaban? Respondió: “estaban en un bolso”. 8.- ¿Usted recuerda cuantas personas fueron detenidas por la práctica de ese procedimiento? Indicó: “En ese momento ahí fue una ciudadana ella llevaba dos niños, porque había un señor que era el que la acusaba hasta donde yo entendí un señor que era Cabo retirado de la guardia que era el que la señalaba a la señora y él decía que ella había subido con ese bolso allá hasta donde yo recuerdo, luego me entero por mi compañero, que en la parte cuando empezaron hacer la requisa se consiguieron otra droga, entonces ellos empiezan por uno por lo natural cuando se consigue la droga que no, esto no es mió, lo mas cercano vamos a ver un momentito entonces en una de la ropa de uno de los ciudadanos que iba que de paso iba para Valencia ahí por el olor de la ropa ellos me cuentan que eso era de él por el olor fuerte de la droga que en ese entonces se encontraba en la ropa que él llevaba”. 9.-Entonces finalmente, ¿detuvieron a una sola persona o cuántas personas detuvieron? Respondió: “Dos: la que estaba abajo, la señora y después el otro ciudadano que tiene relación supuestamente, pero es más eso lo sé yo porque ellos me lo cuentan a mi pero no porque yo vi”. 10.- ¿Usted recuerda las características físicas de las personas que estaban detenidas en esa oportunidad? Expresó: “sinceramente le digo que no”. 11.-¿Sólo recuerda que era una dama y un caballero? Asintió: “si, porque como le explico: yo en el momento yo veo, pero como había muchas damas yo tuve que abrirme y le dejo el procedimiento porque es él, el que esta en el procedimiento, si fuese sido yo el tiene que quedarse de seguridad y yo tengo que empezar a revisar”. 12.-¿Usted recuerda algún numero en total de incautación? Manifestó: “Eran 30 panelas de marihuana y 10 creo que le consiguieron al otro bolso de marihuana”.

La parte Defensa Pública representada por el Defensor Quinto abogado GUSTAVO RODRIGUEZ, en su condición de Defensor del ciudadano JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA formulo al testigo las siguientes interrogantes: 1.- ¿Pudiera ser más explícito al explicar cómo fue al momento en que detienen al autobús, a la unidad de transporte? Respondió: “La alcabala de Boconoito, por lo general nosotros los guardias que trabajamos ahí siempre los autobuses que vienen de San Cristóbal, Barinas se mandan a estacionar a mano derecha, se procede a subir un guardia buenas horas, buenos días, buenas tardes, permítame la cédula o bajen con su respectivo equipaje o uno sube y si en la parte de arriba del autobús hay de repente un bolso que uno crea sospecha, o tenga duda o cualquier cosa, uno le dice o lo abre”. 2.- ¿El procedimiento, en especial de este caso, cómo fue? Manifestó: “El compañero manda a parar el autobús a la derecha, sube, de ahí mi compañero, le explique bien qué fue lo que hizo él arriba, porque yo estaba abajo”. 3.- ¿De este procedimiento usted lo desconoce en su totalidad todo lo que sucedió ahí, usted desconoce todo lo que sucedió dentro de la unidad autobusera? Respondió: “Dentro si, porque yo no estaba ahí, yo estaba en la parte de abajo”. 4.-¿Qué puede aportar usted para el enjuiciamiento de mi defendido ó sea que lo incriminen en este caso, voy hacer mas especifico, qué elementos tiene usted para involucrar a mi defendido en este caso? Respondió: “yo le digo sinceramente que yo no, ó sea yo no, porque yo no subí no tengo mayor relación con él”.

La parte Defensa Privada de la ciudadana Ana Joaquina Polanco Romero representada por el abogado ALBERTO MARTINEZ, formulo al testigo las siguientes interrogantes: 1.- ¿Podría usted explicar al tribunal, a las partes presentes en que consiste su función específicamente el día 13 de octubre del 2006 aproximadamente a las 10, 10 y 30 de la mañana, que términos usted esta utilizando como estaba en la pista, entonces podría usted explicar a que se refiere su función de pista y seguridad? Respondió: “En una pista en una alcabala refiriéndonos a esa, punto de control fijo Boconoito, siempre hay cinco, cuatro, o tres guardias en su totalidad, cuando hay tres guardias es porque no puede haber más, están de comisión, si yo mando a estacionar un vehículo, yo voy a ir al vehículo, me comunico con las personas, me identifico buenas tardes, procedo, siempre queda uno o dos guardias en la pista donde esta la mesita en todo el medio donde esta la alcabala, porque con relación que pase otro carro, llegan personas con guías que hay que sellar control ganadero, los camiones que van con ganado tienen que sellarse, se tiene que verificar, chequear, en ese momento mi compañero detiene el autobús lo manda a parar a la derecha, yo me quedo aquí en el centro de la pista y el Sargento que estaba aquí conmigo, cuando el carro se baja del autobús le notifica es él que se va allá, yo me quedo encargado como seguridad en el medio o en el centro de la alcabala, sellando cualquier cosa, presto a cualquier cosa que pueda suceder, porque ellos van a estar allá ocupados con el procedimiento, revisando a los pasajeros, chequeando, de hecho de que yo este de seguridad en la pista tampoco incluye que de repente yo no pueda observar nada, si yo veo, pero recuerde que yo estoy retirado de donde ellos están, me entiende, yo me quedo encargado de lo que pueda pasar o debe pasar por allí en ese momento, porque se da el caso donde pueda pasar pasa x cosa aquí y mas atrás viene algo más, o de repente pasa esto aquí y más adelante pasa otro carro loco ahí de repente haciendo impactos disparos, cualquier cosa ó sea pasan muchas cosas de que ya uno ha visto tantas, por eso siempre tiene que permanecer, siempre permanece alguien ahí”. 2.- Cuando su compañero el Cabo Segundo para aquel, entonces Galea Tovar, detiene el autobús, ¿qué distancia se detiene el autobús de donde usted estaba, de lo que llama usted la pista o la mesita de la pista donde usted estaba? Indicó: “Como a 30 metros a 40 metros aproximadamente”. 3.-En ese momento que él detiene el autobús y se dirige hacia allá, ¿en qué momento se percata usted de lo que estaba sucediendo en el autobús? manifestó: “Cuando él baja y le informa al Cabo que estaba conmigo, al Sargento”. 4.-¿Cuando baja quién? Dijo: “El Cabo Galea”. 5.- ¿Con quién bajó? Indicó: “De verdad no le sé decir, porque él baja y lo llama y el sargento se va para allá, para donde él está y de allí que yo le diga no vi yo le estoy diciendo lo que yo vi”. 6.-¿Recuerda usted haber visto a ese funcionario retirado de la Guardia Nacional? Respondió: “No recuerdo a ese señor, sé que ese ciudadano estaba ahí, porque él me cuenta, después de eso hablamos, dialogamos, él me cuenta que iba un guardia, que por ese guardia retirado que iba ahí fue que se dieron cuenta que él acusaba a la señora que él la señalaba”. 7.-¿Quién le contó a usted eso? Nombró: “Galea y el Sargento García”. 8.- ¿El Sargento García le informó que se tuvo contacto con este funcionario retirado de la Guardia Nacional? Respondió: “Ellos hablaron con él, porque eso fue lo que ellos me hicieron entender a mi”. 9.- De acuerdo a lo que ellos le contaron a usted, lo que su compañeros le contaron en cuanto a la referencia de este hecho, el funcionario Cabo Segundo para aquel entonces Galea Tovar, ¿le contó si se entrevisto con el señor dentro del autobús o abajo del autobús? Contestó: “no me contó eso y tampoco se lo pregunte yo se que él me dijo que había hablado con el carajo, con el ciudadano”. 10.-Cuando detienen al autobús si su compañero le contó, usted observó cuando se detiene el autobús y logran encontrar el bolso, ¿ese bolso lo revisan arriba o lo revisan abajo? Expuso: “Ese bolso él lo revisó arriba, él lo tiene que haber revisado arriba, porque de otra manera él se iba a dar cuenta”. 11.-Luego que este ciudadano el Cabo revisa el bolso, ¿le contó a usted lo que hizo posteriormente? Manifestó: “no me cuenta nada así, porque me va disculpar, tampoco ó sea como le explico: yo por el caso que era una señora con una niña y la cosa como que hubo un momentico de cómo le explicara yo, de sentimentalismo, que también como seres humanos que somos nosotros, también no es que porque cargamos una braga de esta no quiere decir que nosotros no tenemos sangre, me dio como broma y a mi me dio fue como es una señora con dos niñas, de todas esas cosas que uno piensa y que tiene un calculo que pueden pasar, de que esa señora, esos niños se iban apartarse de la mamá, iban a pasar tantas cosas que uno piensa, que yo sinceramente le digo, no me preocupé mucho por preguntarle a él en gran parte que fue lo que ellos y en cierta parte cosas que yo se o recuerde de ahí es porque de repente yo los oía o de repente me llegaba un tío y le preguntaba mira y esto qué pasó aquí, ó sea, pero no porque en verdad yo quise involucrarme de lleno y preguntarle a él porque en verdad lo que yo le diga de ó sea yo les digo lo que yo se porque yo llegué”. 12.- Cuando usted señala en su declaración que el autobús luego que le hacen ese procedimiento con el Sargento y el Cabo, ¿se dirigen a la parte de arriba del Comando es de la alcabala o se van en otro carro? Respondió: “Ellos agarran del punto de control, el autobús pasa a la parte posterior de arriba, como nosotros siempre naturalmente lo hemos hecho, y de ahí ellos se dirigen con ese autobús para acá para la ciudad de Guanare al Destacamento 41 con el autobús los ocupantes al destacamento 41 yo me quedo ahí en Boconoito, ellos se vienen con su autobús para acá para Guanare”. 13.-Cuando usted se refiere a ellos, ¿se refiere al Sargento y al Cabo? Respondió: “exactamente”. 14.- ¿Se queda usted solo? Respondió: “yo me quedo allá, claro baja uno de los compañeros míos que en ese entonces montaron su turno de guardia en la noche, es un sacrificio, tienen que bajarse porque yo no me puedo quedar solo ahí, se tienen que levantar y acompañarme a mi en la alcabala porque yo no me puedo quedar solo”. 15.-Los pasajeros bajaron en la alcabala? Asintió: “si ellos bajaron”. 16.-¿Todos? Negó: “no, todos no, una parte porque también como ya le dije, que bajaron todos no le se decir porque yo no subí al autobús”. 17.- ¿Vio las personas que bajaron? Indicó: “yo vi personas que bajaron, pero yo decirle que bajaron todos o poquitos o quedaron arriba, yo no le puedo responder eso”. 18.- ¿Cómo hace usted para visualizar el bolso? Respondió: “¿cómo hago yo?” 19.- Para visualizar el bolso junto con sus compañeros, ¿lo llevo hasta el puesto de la alcabala siguió hasta la parte de arriba de la alcabala, de Boconoito quién cargaba el bolso? Respondió: “Que yo le diga quién bajó ese bolso, ahí si es verdad que no le se decir”. 20.- ¿Cómo sabía que ahí habían 30 panelas? Respondió: “Por los comentarios de mis compañeros”.

Este tribunal de igual forma evaluó al testigo sobre los siguientes aspectos: 1.- Usted acaba de informar al tribunal que habían aprehendido ese día dos personas, dijo también que no recuerda las características físicas de ninguna de estas personas, ¿en qué momento son aprehendidas ellos, tiene usted conocimiento de ello? Respondió: “Esas personas: con la señora se da es en la alcabala ahí, después que ellos se van con el autobús es que ellos dan con el otro ciudadano que pasa a ser o se involucra en el procedimiento también”. 2.-Cuando usted refiere que ellos se van con el autobús es a la parte donde esta el trailer ahí en la autopista usted dice que lo detienen ahí en la vía especialmente donde usted estaba a mano derecha en la pista, cuando usted dice que se van con el autobús ¿hacia que área, al área donde esta el trailer? Asintió: “si, ellos se van al trailer y ahí se dirigen hacia”. 3.- ¿Y ahí es donde detienen al otro ciudadano, es decir la revisión se hizo en dos momentos una primera revisión que se hace allá abajo en la pista donde sube su compañero y ordena revisar y luego baja donde el sargento, y el sargento viene y le comunica al sargento, se lleva el autobús hasta la parte donde esta el trailer y ahí se suscita la otra revisión la cual da como producto la detención del otro sujeto, eso es correcto? Contestó: “Esa razón no le puedo decir si fue allá o si fue acá en Guanare, porque en verdad yo no me fui con ellos y como yo les expliqué, yo sinceramente no me involucre mucho, ó sea no tuve mucho, ó sea tanto procedimiento que yo he estado en droga, pero en éste yo no como les expliqué que la señora, que eran dos niñas, yo no me quise involucrar mucho para evitar tantas cosas”. 4.-¿Usted vio las dos niñas que andaban con la señora? Negó: “no las vi”. 5.-¿Y cómo afirma que andaban dos niñas? Señaló: “Por mis compañeros, ó sea por el comentario de que siempre se habla, mira como fue y qué pasó, para donde la llevaron y este por fin quien era y se escucha y uno sin querer oye cosas que”.

Con este medio probatorio este Juzgado determina fundamentalmente la comprobación del delito por el que se procede, visto que la misma es clara en cuanto que en efecto la droga incautada era transportada en la unidad de Expresos Barinas, vehículo que fuere objeto de revisión por parte del Cabo Segundo Galea Tovar, el 13 de Octubre del 2006, en horas de la mañana como de diez a diez y media, procedimiento en los que participaron además del funcionario ya nombrado, el también funcionario Sargento Segundo García Sandia y el declarante quien a pesar que señala haber prestado labores de seguridad y que además el concomimiento que le asiste de los hechos es por la referencia que sus compañeros le hicieron acerca de la existencia en el interior de dicho transporte de 30 panelas de marihuana y 10 que los consiguieron en dos bolsos, la circunstancia que se trate de un testigo referencial en cuanto a la incautación de la sustancia en sí, por cuanto que él prestó sólo funciones de seguridad no desdice de la veracidad en cuanto a que ciertamente la unidad de transporte fue objeto de inspección por los ya señalados funcionarios en el punto de control fijo ubicado en el municipio San Genaro de Boconoìto en la que luego de inspeccionar el equipaje de los pasajeros por parte del funcionario Cabo Segundo Galea Tovar, se detectó la existencia de las panelas en dos de los bolsos que allí se encontraban, por lo que este Tribunal valora la testimonial en examen en cuanto al cumplimiento del procedimiento por parte de los funcionarios actuantes con el resultado antes descrito, esto es la incautación de la sustancia ilícita por los funcionarios actuantes en la fecha señalada. Así se declara.

2.- Galea Tovar José Luís, venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, nacido en fecha 28-10-1971, casado, de oficio Militar activo, con domicilio en el Destacamento Nº 41 Guanare Estado Portuguesa, identificado con la cédula Nº 9.678.373, sin vínculo con las partes, quien en relación con lo hechos dijo lo siguiente:

“En un procedimiento rutinario en la alcabala de Boconoito hace aproximadamente dos años me monté en un autobús en horas de la mañana y yo acostumbraba a pedirle al conductor que se parara a la derecha y para revisión de documentación y a su vez iba revisando el equipaje que iba abajo y revisaba debajo de los asientos haber si llevaban otro equipaje escondido la persona dentro del autobús o la buseta la que tocara, revisando de pronto en el último asiento del autobús por la puerta de adelante tenia dos puertas se encuentra un bolso entonces yo le agarro el peso al bolso sin abrirlo y se sentía muy pesado, ya había pedido documentación a las personas que estaban en la parte posterior del autobús, con un aparato como este (mostró al Tribunal especie de punzón), que este no es el mismo, yo puyo el bolso y sale un olor a la droga presuntamente marihuana, yo tenia otro procedimiento parecido, también con modos operante, entonces yo al percatarme que supuestamente va marihuana dentro del bolso pregunte en voz alta ¿de quién es el maletín, de quién es el bolso?, nadie decía que el bolso era de él, entonces procedo a notificarle al superior que tenía en ese momento, que había un bolso, yo le notifico a él personalmente que supuestamente era droga, porque ya yo había puyado y había olido el olor; entonces él se monta conmigo en el autobús, que ese era en ese entonces el cabo García Sandia, ahorita no sé porque él pidió la baja, comenzamos el procedimiento de quién es el bolso, procedimos abrir la maleta con unos testigos, el autobusero, el colector, y efectivamente eran unas panelas de marihuana, al momento de revisar la panela se presume que puede ser la persona mas cercana al bolso, entonces le preguntamos ¿ese bolso es suyo señora? a una señora que estaba ahí al lado del bolso con unos niños, creo que estaba un asiento mas adelante y a otras personas que estaban cerca, ¿ese bolso es de ustedes, usted no vio quien montó el bolso, se percató de quién es el bolso, vio si alguien lo puso ahí?, nadie sabia nada, cuando agarramos el procedimiento bajamos el bolso del autobús creo que para una mesa que estaba ahí, porque llamamos al oficial encargado de todos nosotros pues pa el puesto para notificarle y que viera que se había recibido una marihuana en la cual no aparecía dueño, pero lo que si me recuerdo que dentro del autobús cuando me monto hubo un señor que se quiso bajar, se quiso bajar y yo le digo señor no se baje todavía no, es que me estoy orinando, no se baje todavía se lo agradezco siéntese el se puso a sudar y creo que hasta se orinó, se le veía la mancha, después de eso agarramos la droga la volvimos a montar en el autobús y llevamos el autobús escoltado hacia el destacamento 41 que queda aquí mismo en Guanare, de Boconoito hasta el destacamento; estando en el destacamento se revisó persona por persona a ver si había mas droga, cuando nos montamos en el autobús había otra maleta que decía yo recuerdo que decía algo que tenia que ver con Carabobo algo así tenia que ver con Carabobo y ese bolso estaba arriba del señor que se quería bajar del autobús que se orinó también, no sé si en verdad quería orinar o del susto y la panelas estaba forrada igualmente como estaba forrada las panelas que venían en el bolso al final, pero todavía no se sabia de quién era el bolso grande, se bajaron un señor supuestamente Cabo retirado de la Guardia y nos informa que, lo voy a decir como me lo dijo verbalmente me dijo: “mira ese bolso es de una señora negra que va ahí atrás, una que lleva unos niñitos, porque ella me tropezó cuando le subieron el bolso”, entonces yo le digo: “pero, usted está seguro que es de esa señora, porque ese bolso yo lo veo muy pesado, ese bolso necesitaría como otras personas porque era pesado, entonces me dijo: “si, porque ella me dio por aquí en el pie cuando subieron, en Barinas se lo subieron”, no sé quien es él y que vio, no sé hasta que punto sea eso verdad, hasta ahí, eso es lo que me recuerdo porque hace mucho tiempo ya de esa situación”.

La Fiscal del Ministerio Público examinó al testigo sobre los siguientes aspectos: 1.-¿Cuántos funcionarios se encontraban en el Punto Fijo para ese momento? Respondió: “En esa oportunidad se encontraban el Cabo Primero que en ese tiempo teníamos la jerarquía esa, García Sandia, mi persona y el Cabo que salió hace rato que se llama Luís Franco, tres personas”. 2.- ¿Quién estaba al mando de la comisión? Contestó: “Al mando de la comisión estaba el cabo García Sandia, él era el mas antiguo de turno”. 3.- ¿Quién manda a detener el autobús? Indicó: “Ahí específicamente nosotros era rutinario, él no mandaba a uno, sino que uno al ver un autobús procedíamos, que ya estaba autorizado por él, porque ese era el procedimiento: “hágame el favor a la derecha, cuando a veces mandábamos a bajar todas las personas y se les revisaba el equipaje, a veces porque la gente se queda cerca, porque esta una alcabala, uno procedía un método mas rápido que es el que yo hacia que es la cédula y si había una cédula mala o falsa uno la radiaba por sistema a ver si le coincidía el número y procedíamos inmediatamente a revisar los bolsos, íbamos tocando los bolsos pues dependiendo lo que se sintiera en el bolso, si uno siente ropa no va a revisar, si se siente un material duro de hierro, pues piensa que es un armamento y si es de panela que casi todos los procedimientos que yo tenía o tengo pues porque todavía esta en revisión los hechos pues son en droga todas iban en panelas ya sean rectangular, triangular una sola que era redonda como una torta pero ese es otro caso mas arriba después de ese”. 4.-¿Recuerda a qué línea pertenece el autobús que fue revisado en ese momento? Manifestó: “Yo sé que el autobús era de Barinas decía “Buses de Barinas”, pero sinceramente como les venia diciendo tengo varios procedimientos en expresos y autobuses de Barinas con bolsas parecidas y bolsos, el mismo modus operandi, no sé el nombre de la ruta no se, yo se que era buses de Barinas, venia de Barinas”. 5.-¿Quién hace la revisión en el interior del autobús? Expuso: “La hago yo mismo”. 6.-¿El autobús venia repleto de pasajeros, venían todos los asientos ocupados? Indicó: “Creo que venía full, al final creo que si acaso había uno, de repente en el puesto creo que faltaba una persona o algo, pero venia full, full porque cuando se revisó en el Destacamento había bastante gente”. 7.-¿Explíquenos un poco más cómo es el sistema utilizado, porque usted dice en su declaración que sube a la unidad, va chequeando documentación y a la vez equipajes? Asintió: “Si, mire, porque yo chequeò, ejemplo: primer asiento: “hágame el favor me muestra la cédula, chequeo la cédula, veo la cédula, si se ve copia, si esta mala, si es extranjera, si no carga cédula, entonces hágame el favor abra el equipaje, abra el koala me asomo debajo y si lleva un bolso arriba de la persona toco por fuera, pues voy revisando si toco algo que, que se yo que fuera de lo común le digo: “esa maleta es de usted hágame el favor y lo abre, lo abre la persona si no lleva nada lo va abrir, si lleva va a decir que no es de la persona, entonces así trabajo yo, ese método de trabajar los autobuses”. 8.- Y en que parte estaba ubicado el bolso que usted señala lo puyó? Indicó: “Estaba en la última parte del autobús, no estaba debajo de un asiento, no estaba montado en el maletero, estaba puesto en el medio de los dos asientos al final del autobús”. 9.-¿Esos dos asientos iban ocupados por quién? Dijo: “yo creo que los asientos al final iba una pareja, creo que iba uno vacío, iba una persona, no me recuerdo bien, el último creo que iba vacío, de este lado iba una persona de este lado iba vació de este lado iba una persona, iba un señor y adelante iba la señora con dos niños y los otros asientos iban personas así normal pero uno siempre agarra lo mas cercano que quedan cerca del asiento”. 10.-¿Y la señora con los niños iba ubicada delante o detrás de donde estaba ubicado el maletín? Manifestó: “No el maletín estaba al final ella venia como decir uno dos, estaba cerca, pero el bolso estaba ella, estaba como en el tercer asiento de atrás palante y el bolso estaba allí en el medio ó sea no estaba pegado en la esquina, estaba ahí puesto, habían varios bolsos”. 11.-Al percatarse de la existencia de esa sustancia en el interior de ese maletín que proceden ustedes como funcionarios actuantes para determinar, ¿qué proceden hacer a los fines de determinar a quién pertenece ese bolso? Respondió: “A veces en los procedimientos mandamos a bajar todas las personas y que se baje cada quien con su maletín, con este procedimiento en mi particular lo hice fui yo y yo no mandé a bajar a nadie, porque el maletín se sentía pesado, yo pensaba que era mucha droga y yo no puedo arriesgar que se baje alguien si anda armado me daría un tiro, porque yo me monto solo en el autobús, habemos tres en el punto de control para ese momento, no voy a arriesgar mi vida, no que cada quien se baje y si se bajan corriendo y me caen a tiro”. 12.-¿Qué hizo usted? Expuso: “La puyé, pregunté en voz alta de quién era el maletín, no le apareció dueño, me bajé, le notifiqué al Cabo García Sandia: que estaba una maleta que tenía presuntamente marihuana, porque ya yo la había pinchado con la broma que cargo aquí”. 13.- Verbalmente hace información al jefe de la comisión ¿qué hacen? Explicó: “no se sabia quien era el dueño de la droga”. 14.-¿Qué pasa en ese momento? Narró: “Él llama inmediatamente al jefe directo que era un teniente en Guafilla, él lo llama, él se viene, el Teniente le notifica por teléfono al comandante para ese momento y él se viene, que esperara el procedimiento, que llaman a otros guardias que estaban en el trailer y los guardias bajan a apoyar el procedimiento; pero la bolsa la montamos en una mesa que teníamos de requisa y se detiene el autobús, nadie baja, nadie sube nadie nada, yo me imagino que por eso el señor se orina, porque el tiempo que duramos fue bastante de que llegara el Teniente allá, a Boconoito a Guafilla es como veinte minutos y teníamos la droga ahí custodiada, porque no podíamos arriesgarnos tampoco que de repente se fuera a bajar alguien del autobús”. 15.-En ese momento cuando están esperando al Teniente que usted señala, ¿es cuando ese señor que usted mismo señala le pide permiso para o insistía en bajar de la unidad? Expuso: “no, él ahí no insistió más, porque ya estaba dispuesta la droga, eso fue cuando paramos el autobús, cuando yo pare el autobús él intentó bajarse de una vez, yo: “¿señor para donde va? ¡quédese en el asiento!: “no, que me estoy orinando”; ¡quédese en el asiento!, cuando yo revise, usted va para el baño” y estaba sudando y yo le dije: “pero quédese en el asiento, hágame el favor”, todavía no había conseguido la droga, todavía no había conseguido nada, de hecho en la revisión de los bolsos cuando pasé por el asiento de él no sentí la droga en el bolso de él, porque la droga se consigue prácticamente es el Destacamento cuando se revisa minuciosamente los bolsos porque él en sí la panela la llevaba era con ropa encima, ó sea el bolso no se sentía lo triangular de la panela y ahí pasé pero ya casi al final la otra marihuana, ahí sí había que revisar minuciosamente a todas las personas y a todos los maletines”. 16.- ¿Qué instrucciones le da ese Teniente a ustedes cuando le hacen la comunicación de que en un autobús que contiene marihuana y que aun no han conseguido a quién pertenece ese maletín? Respondió: “Las instrucciones a mi me las dio fue el Cabo, primero él habló con el Teniente, el teniente le da las instrucciones a él, porque yo tengo que estar custodiando el autobús, porque todavía no habían llegado el refuerzo de los Guardias que estaban durmiendo, él me dice a mi: “Galea que nadie se baje, ni se salga del autobús y dile al autobusero que cierre de una vez la puerta no vaya a ser que alguien se baje corriendo”, eso es lo que me recuerdo que me dijo, ahí nos tuvimos esperando hasta que llegó el Teniente”. 17.- ¿Qué pasa de ahí, en que momento trasladan ustedes la unidad hacia el Destacamento tal como lo señala usted en su declaración? Respondió: “Cuando llega el Teniente, ya él ve la droga, él autoriza, se va con nosotros creo que se fue en su carro particular, nosotros nos vamos en el autobús y se va en el carro con otro guardia para el Destacamento escoltando el autobús para hacer una revisión minuciosa, como siempre acostumbraban en los procedimientos era de tomarle fotos en el Destacamento, entonces llevamos el autobús para allá y ahí era que se le hacia el acta policial también porque en ese momento para ese entonces teníamos era un trailer en Boconoito y no teníamos computadora ni nada sino que eso pertenecía al destacamento y teníamos que movernos movilizar la gente hasta el destacamento” 18.- Al llegar al destacamento ¿hacen nuevamente una segunda revisión del autobús? Manifestó: “Se revisa primero a las personas, se bajan todas las personas se revisan, hacemos la revisión del autobús y luego mandamos a sentar a todo el mundo en los puestos, ya cuando consigo el otro bolso, se manda a sentar la persona otra vez en el asiento”. 19.-En esa segunda revisión es cuando ustedes consiguen un segundo bolso? Respondió: “un segundo bolso que decía Carabobo, creo que tenia 10 panelas”. 20.- ¿En qué parte estaba ubicado ese bolso? Indicó: “Ese estaba ubicado viendo al autobús de frente para allá de lado izquierdo casi como un puesto mas adelante del centro arriba donde mete uno los bolsos”. 21.- ¿De qué manera hacen entonces para identificar? ya a estas alturas de su declaración hemos encontrados dos bolsos contentivos de marihuana, ¿cómo hacen entonces, en qué momento específico hacen ustedes la determinación de que a quién pertenece cada maletín o cada bolso? Señaló: “Con el bolso pequeño se presume que puede ser del señor iba debajo del maletín porque era el mismo que estaba ansioso por salir del autobús porque se estaba orinando, el mismo que lo tuve que mandar a sentarse tres veces, porque cuando yo voy a revisar a todos no me gusta que nadie salga por si tienen un armamento, de repente la tiran por allá y dicen no esa no es mía, porque hay que tener testigos para el procedimiento, a él se presume que era el dueño de ese maletín pequeño; pero, el maletín grande directamente acusa el ciudadano que yo dije que era Cabo retirado que se bajó y nos dice a los guardias que estábamos en el procedimiento que “esa maleta es de una señora negra que anda con unos niños porque ella me tropezó cuando se subió en Barinas entonces yo sinceramente le pregunte ella lo tropezó con ese bolso”, está pesado, porque yo sinceramente presumí que podría ser de él y estaba esquivando la cuestión, pero como está acusando, nosotros hacemos el procedimiento con el acusado porque ahí hay alguien que esta acusando, porque ya ahí se escapa de las manos de uno, pues yo no soy quien para decir si es de él o de ella, eso tendría que hacerlo un grupo de investigaciones científicas: el CICPC”. 22.-¿En presencia de quién revisan ustedes ambos bolsos? Manifestó: “El primer bolso lo revisamos en Boconoìto en presencia del autobusero, otros testigos que estaban cercanos y el colector y el otro bolso se abre después que se mando a sentar a todo el mundo en el autobús, se abre en frente de todos las personas que iban en el autobús, porque ya saben que hay una droga, al abrir el bolso saben ya todas las personas prácticamente eran testigos, pero se agarran los mismos que estaban en cerca de la maleta, el autobusero, el colector y dos cercanos al procedimiento”. 23.-¿Cuántas personas detienen presuntamente relacionadas con la actuación? Contestó: “Detenemos dos personas: un señor que creo que era de nacionalidad colombiana, pero la cédula era nacionalizada porque era 24 millones, y para la edad de él eso también me preocupó porque para la edad de él no podía ser 24 millones entonces creo que le pregunté que si era nacionalizado entonces me dijo que era de nacionalidad Colombiana que era nacionalizado, porque mi cédula yo tengo la edad de él mi cédula es 19 millones y la de él era 24”. 24.-¿Recuerda las características de ese señor? Asintió: “Si el señor creo que es el que esta ahí con lentes, en ese tiempo no tenía lentes ó sea no lo vi con lentes”. 26.-¿Y la otra persona? Dijo: “Es la señora que está al lado de él, al lado derecho”.

El Defensor Público abogado GUSTAVO RODRIGUEZ, en su condición de Defensor del ciudadano JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA, formuló al testigo las siguientes interrogantes: 1.-¿Puede determinar la fecha y la hora en que se hizo ese procedimiento en el punto de control de Boconoito? Respondió: “Eso fue aproximadamente hacen dos años me recuerdo que fue el 2006 creo que fue en octubre la fecha exacta no me recuerdo en horas de la mañana”. 2.-¿Quién mandó a detener la unidad autobusera? Contestó: “Como le dije anteriormente a la otra abogada, el Cabo, ya nosotros teníamos como requisito pues que era revisar el autobús y buscar novedades, ya él no tenía que decir revisen el autobús, sino que uno estaba prácticamente automático, uno veía un autobús al azar y revisaba, si en ese momento estábamos revisando y pasaba otro pasaba pero teníamos poco personal habíamos tres y revisábamos al azar”. 3.-¿Usted acaba de decir que habían tres funcionarios? Asintió: “si”. 4.-¿Cuál de los tres funcionarios mando a detener el autobús? Indicó: “no, nadie, porque yo lo detuve”. 5.- ¿Él se detiene solo? Manifestó: “No, yo lo detuve, los otros dos funcionarios no lo pueden mandar a detener porque yo fui quien lo mando a detener”. 6.-¿A qué distancia se detiene la unidad autobusera del punto de control? Estableció: “Si vamos a comparar con el punto de control ahorita no le puedo decir la distancia, porque ahorita hay un punto fijo, en se tiempo habían eran unos conos en el medio de la autopista, no había punto fijo así en infraestructura no había, él se paró a la derecha, no sé a que distancia, porque hay que medir la calle a ver cuanto es la distancia póngale cuatro metros, cinco metros porque lo paro y se para a la derecha para saber la distancia uno ve la cola del autobús”. 7.-Esa unidad una vez detenida, ¿quién sube, cuántos funcionarios suben? Señaló: “Mi persona solamente sube al autobús”. 8.-¿Y los otros dos funcionarios qué hacen? Expuso: “El Cabo, el jefe de pista, él se queda pendiente de la autopista y el otro Cabo es seguridad alguien tiene que estar de seguridad cuando uno se monta en los autobuses”. 9.-¿Me puede identificar bien? Precisó: “El Cabo Luis Franklin que es el que esta de seguridad y el cabo García Sandia que es el jefe de pista”. 10.-¿Dónde se ubica el jefe de pista en ese momento? Indicó: “Ahí, como le dije anteriormente no hay infraestructura, él puede estar en cualquier lado de la zona de trabajo”. 11.-Pero, ¿para el momento? Señaló: “estaba en el medio de la autopista porque teníamos un toldo”. 12.- ¿Y el de seguridad dónde estaba? Expuso: “Él realmente no sé en que parte estaba, si estaba por aquí, por allá, yo estaba adentro del autobús para el momento del procedimiento estaba en la zona de seguridad pero si estaba adelante del autobús, o atrás no me recuerdo, porque yo estaba dentro del autobús, estaba ahí de seguridad cerca del autobús pero porque lado no me recuerdo”. 13.-¿Esa unidad autobusera fue rodada para otro sitio ahí en el puesto de control? Respondió: “Después del procedimiento se llevó hasta el Destacamento 41, de Boconoìto hasta el Destacamento, no sé como se llama la calle principal donde queda pero aquí en Guanare”. 14.-¿Se bajaron los pasajeros en ese momento en el puesto de Boconoìto? Dijo: “En ese momento, no se bajaron, la orden del Cabo después que yo paso la información es que nadie bajara del autobús”. 15.- ¿Ningún pasajero se bajó? Negó: “Ninguno se bajó”. 16.-¿Fue rodada la unidad hasta el trailer en algún momento? Contestó: “Hasta el trailer no, en si no, fue rodada ella para ir para el Destacamento tiene que pasar por el trailer como iban de repente los otros guardias de escolta, paso se paro pero se montan los guardias escoltas con el Teniente y la unidad sigue andando no es que se paró en el trailer, pasó por el trailer y eso fue lo que pasó ahí, el trailer estaba lejos del toldo que estaba en la autopista un poquito mas adelante”. 17.-Usted dice en su declaración que avisó al puesto de? Respondió: “Guafilla el Comando inmediato de Boconoìto”. 18.-¿Dónde queda ese Comando? Expresó: “Yo no soy de aquí de la zona, sé que se llama Guafilla pero eso queda en la carretera vieja después pasando el cruce de la Quebrada de la virgen un poquito mas adelante”. 19.-¿Qué tiempo más o menos transcurrió desde que avisaron hasta que llegó el Teniente? Respondió: “Póngale 20 minutos, 25, realmente no sé el tiempo exacto porque estaba en procedimiento no podía estar viendo la hora tengo que estar pendiente es mas yo calculo 25 minutos, 20 minutos por ahí”. 20.-Una vez que trasladan esa unidad aquí al Comando 41 porque yo tampoco soy de la zona entonces tampoco tengo conocimiento, al Destacamento 41, ¿qué hacen? Narró: “Al principio le toman una foto al autobús, nada que ver con el procedimiento, los guardias que estaban allá en el Comando, luego mandamos a bajar toda la gente para revisar todos los equipajes allá arriba se encuentran unas panelas en un bolso, pero no se le dice a las personas, se vuelve a mandar la gente a montarse para más o menos ubicarse al personaje que va al lado, atrás, cerca del bolso con la panela”. 21.-¿Quién lo acompaña a usted en ese trayecto de Boconoito al Destacamento 41? Indicó: “Mi persona montados en el autobús, los otros guardias en el carro del oficial escoltando el autobús, en el autobús iba yo solo”. 22.-¿Quiénes eran los otros guardias? Expuso: “Otros guardias que pidieron de refuerzo en el trailer que estaban durmiendo, porque Luís Franklin se quedó por ahí en la alcabala y García Sandia creo que no, García Sandia iba conmigo también, porque él era el jefe del grupo”. 23.-¿Cómo detectan el segundo bolso? Precisó: “Una vez en el Destacamento el autobús, se manda a bajar la gente, se revisan los equipajes en su sitio donde estaban, en donde estaban unas panelas en un bolso que decía Carabobo y ya nosotros ahí si habían varios guardias revisando en el destacamento, ya era más personal, ¡mira que aquí están otros!, nos bajamos y le decimos a la gente que asuman su puesto, la gente asume su puesto, ¡aja el de aquí y el de aquí tenían que saber o visto quien puso ese bolso arriba de ó sea estaba arriba del señor y se presume, nosotros los funcionarios que podría ser de él porque nervioso apenas uno se sube en el autobús se quería bajar, entonces él sale como indiciado, porque la persona que estaba adelante dijo ese bolso no es mío, el que estaba atrás, no es mió, el que estaba al lado no es mió, en si ninguno dijo lo montó el señor, pero los que estaban atrás decían que era de él”. 24.-¿Ustedes pidieron a todos los pasajeros que identificaran su equipaje? Manifestó: “Yo creo que no, en ese momento se sentaron, pero en ese momento no se les pidió que agarraran su equipaje porque yo dije que en otro procedimiento parecido a ese se manda a bajar toda la gente con su equipaje, pero no en ese caso, porque revisamos nosotros mandamos a montar la gente”. 25.-¿Qué le hace a usted presumir que ese segundo bolso es de mi defendido o era de mi defendido? Señaló: “no se cual de los dos es su defendido, pero yo particularmente, yo presumo que era del señor actuante por el nerviosismo que tenía el señor y no me había terminado de montar cuando ya iba bajándose, entonces uno cuando una persona esta así nerviosa puede presumir que lleva algo, lleva un armamento o alguna cuestión”. 26.- ¿Qué había dentro del bolso? Especificó: “Habían unas panelas, unas panelas rectangulares creo que estaban forradas con papel verde”. 27.-¿Solamente? Respondió: “yo no las abrí”. 28.-En su declaración dice que las panelas, ó sea ¿qué había dentro del bolso como tal? Ratificó: “Unas panelas de presuntamente marihuana”. 29.-¿Qué más había dentro del bolso? Indicó: “Como una ropa, que ahí fue cuando se me pasó cuando iba tocando los bolsos, que yo pedía cédula y tocaba los bolsos más o menos para ver, pero llevaba un trapo, un short algo así, una ropa llevaba adentro”. 30.-¿Había algo dentro del bolso aparte de las panelas? Ratificó: “Había como una ropa”. 31.-¿Y esa ropa que dijera que ese bolso era de mi defendido? Dijo: “Realmente no tengo palabras para decirle que era de él, pero el bolso decía deporte Carabobo, yo como funcionario presumo, ¿señor para donde va?, va para Valencia, va para San Carlos el otro, Carabobo, nervioso presumo que fue él, más no lo culpo porque no soy un juez tampoco, para culpar se presume me imagino que en el acta se presume que el ciudadano llevaba la droga pero a él nunca nadie lo culpó ni ninguno de los que estaban cercanos de él”. 32.- ¿Nadie lo culpó solamente la presunción suya de que ese era el bolso de él? Respondió: “Aja, lo de la presunción, pero nadie salió a señalarlo”. 33.-¿Hubo algo más que lo hicieran a usted pensar que ese bolso era de mi defendido? Acotó: “Eso hace dos años que me recuerde eso fue en el 2006 estamos en el 2009”. 34.-Cuando llegó usted nuevamente al punto de control de Boconoito ¿comentó usted algo con el funcionario Franklin Ruiz, le hizo algún, le relató los hechos? Manifestó: “Sinceramente no me recuerdo porque la mayor parte cuando uno hace un procedimiento resaltante le daban permiso a uno, no me recuerdo si le hablé porque no le iba hablar de algo que supuestamente él lo vio desde lejos, porque estaba de seguridad o se da cuenta, él sabía cómo es el procedimiento, qué es lo que se hace, posiblemente que le haya hecho el comentario que apareció otras panelas pero si se lo hice no me recuerdo porque ya hace mucho tiempo”. 35.-Una vez que le incauta la droga yo hablo del segundo bolso ¿qué hacen? Indicó: “El segundo bolso, era el que estábamos hablando”. 36.-¿Qué hacen, ó sea que hacen posteriormente, consiguieron la droga en el segundo bolso? Narró: “Están las diez panelas de presunta marihuana, la gente esta abajo se vuelve a mandar a montar la gente en el autobús dentro del destacamento en el patio del destacamento y se pregunta ¿ese bolso es de usted?, el que tenia el bolso arriba era el señor se puede presumir, porque cuando me imagino que si yo llevo una droga me interesa es cambiarme de puesto o bajarme porque no voy a dejar que vean la droga al lado mió, supongo yo como funcionario, la malicia pues”. 37.-¿Puede repetir lo que acaba de decir eso de que si yo llevo una droga yo me cambiaria? La representación Fiscal hace objeción manifestando que la defensa trata de confundir al testigo ya él le ha respondido suficientemente. La juez declara con lugar la objeción, no a lugar la repetición de la respuesta. 38.-Determinó por su presunción que ese bolso era de mi defendido, ¿qué hacen con esas panelas, qué hacen con ese bolso una vez identificado presuntamente mi defendido? Contestó: “El procedimiento en esos casos, se retiene la droga va para un depósito de droga que esta dentro del Destacamento y creo que le tomaron una foto para la prensa, pero yo no soy encargado del depósito, no sé que hacen con la droga de ahí para allá porque yo hago el procedimiento pero el destacado en pasar la evidencia no soy yo, no sé donde la ponen, que la hacen porque el que se la lleva es el funcionario”. 39.-¿Usted dice que una vez los funcionarios que actúan en un procedimiento le dan permiso? Expresó: “¡aja!, pero permiso después del procedimiento porque uno tiene que llevar la droga que le hagan la experticia, llevar reseñada llevar la parte tiene que hacerlo uno, llevar al personaje para que lo reseñen”. 40.-¿Usted regresó a Boconoìto? Respondió: “No ese día regresé yo tarde a Boconoìto, no regrese inmediatamente”. 41.-¿Ó sea no se fue de permiso sino después de haber realizado el procedimiento? Respondió: “porque la tarjeta me la tenían que dar por allá por Boconoito”.

La parte Defensora Privada representada por el abogado ALBERTO MARTINEZ, quien actúa en nombre de de la ciudadana Ana Joaquina Polanco Romero, formuló al testigo las siguientes interrogantes: 1.-Específicamente el día 13 de octubre del 2006 aproximadamente a las 10 y 30 de la mañana cuando usted ordena al expreso Barinas estacionarse a la derecha en el puesto de control de Boconoìto, señala que usted sube a esa unidad autobusera, ¿esa unidad de expresos Barinas era de un piso o de dos pisos? Respondió: “Era de un solo piso”. 2.-¿Cuando usted sube al autobús logra observar si el mismo estaba completamente lleno o estaba vació, como observa usted? Contestó: “Realmente uno observa si esta totalmente lleno es cuando llega al final del asiento, porque el bus por dentro es oscuro, algunos tienen cortinas ese no tenia cortinas, pero uno va es pendiente es de la persona que va revisando, porque uno no puede estar pendiente tener la vista para todo el autobús, uno va es pendiente de las persona que va revisando y en ese momento va tocando a ver si va una cuestión que fuese fuera de lo común”. 3.- Con respecto a la solicitud de cédulas, cuando usted le solicita la cédula a la ciudadana que señala que se encuentra aquí presente en sala como la persona de nombre Ana Joaquina Polanco Romero, cuando usted le pide su documentación, ¿cuál es la actitud con respecto a la ciudadana, nerviosa la notó nerviosa? Respondió: “ninguna”. 4.-Continua usted revisando el autobús cuando llega donde esta el bolso, ¿esa es la parte trasera del vehículo, la parte de atrás? Manifestó: “La última parte, ó sea como en la puerta de emergencia”. 5.-¿Ese bolso estaba ubicado justamente en el pasillo o en la puerta de emergencia? Indicó: “Estaba en el pasillo porque habían otros bolsos también”. 6.-Ó sea, ¿impedía el paso? Negó: “no, no impedía el paso, porque para allá no hay mas asientos, él le impide el paso es al asiento que va al lado porque es para pasar que hay que levantar el pie porque como estaba así del pasillo en medio de los asientos”. 7.- ¿Usted solicitó información a los pasajeros de quien era específicamente ese bolso que estaba ahí? Explicó: “Porque yo llego al final, yo toco los bolsos, toco el bolso lo siento muy pesado, entonces con un, en ese tiempo era, un rayo de bicicleta con una celda y cuando uno puya y de repente jala pa tras si va algún material y cuando jalo, huelo el rayo y ya yo había tenido varios procedimientos parecido con marihuana en autobús, entonces yo huelo entonces yo digo esto huele a marihuana, no lo abrí ni nada, sino que pregunto en voz alta ¿señores de quién es este bolso?, pero nadie, no sale, no sale el dueño del bolso, entonces procedo a informarle al jefe inmediato que era el Cabo García Sandia que estaba abajo, porque no podía revisar ese bolso arriba del autobús corriendo el riesgo porque no sabia que podía pasar”. 8.-Cuando usted le avisa al Cabo Primero García Sandia en ese entonces Cabo Primero, ¿el bolso se queda todavía dentro de la unidad cuando usted se baja? Expresó: “Claro estaba dentro del autobús, porque si yo lo bajo entonces salen las huellas mías después? 9.-¿Quién baja el bolso del autobús? Explicó: “El bolso se baja después que se llama al Teniente, se llama al Teniente porque en ese momento el Cabo me dice: “que nadie salga del autobús, el bolso sigue ahí, pero después que se llama al Teniente si mandan a bajar, porque tienen que ver si es verdad, porque no pueden llamar al Comandante si no ve que es lo que hay en el equipaje, porque nosotros le dijimos que era presuntamente al Cabo yo le dije al Cabo presuntamente marihuana, llego hasta el sitio y ahí si manda a bajar el bolso hasta la mesa de requisa”. 10.-¿Bajó usted el bolso? Expuso: “En ese momento cuando revise no, después que informo cuando llega el Teniente sí lo bajo, porque nadie va a ir a bajar el bolso”. 11.-¿Quiénes lo acompañan a hacer la revisión de ese bolso en la mesa? Indicó: “El Cabo García Sandia, el oficial, y mi persona, porque el otro Guardia estaba de seguridad en el autobús, porque teníamos cerrada la puerta de adelante nos bajamos por la puerta de atrás y estaba de seguridad porque uno no sabe que puede pasar”. 12.-¿Dónde estaban ubicados el chofer y el colector del autobús? dijo: “Ellos estaban dentro del autobús”. 13.-Ó sea seguimos la secuencia ¿solamente los funcionarios de la Guardia Nacional en la mesita revisan los bolsos? Explicó: “Se abre el bolso para que la gente vea la marihuana”. 14.-¿En ese momento habían identificado o habían presumido de quién podría haber sido el dueño del maletín? Negó: “no”. 15.-¿El teniente entonces ordena que se traslade la unidad autobusera hasta el destacamento 41 de la Guardia Nacional? Expresó: “¡aja!, pero teníamos que pasar por el trailer a buscar un refuerzo porque no se puede arriesgar uno por ejemplo yo que iba en el autobús con el cabo García Sandia no se sabe si son dos personas o tres, sin refuerzo que vayan custodiando el autobús”. 16.-Cuando ustedes ya tenían ordenado que se transporte hacia el Comando con la respectiva medida de seguridad ya relatada, cuando usted acompaña a esa unidad autobusera como usted dice que andaba en el autobús, en el carro hacia el destacamento 41, ¿conversó usted con alguna persona dentro de la unidad? Respondió: “Que yo recuerde no, en ese caso con el cabo García Sandia que iba como jefe del procedimiento pues”. 17.-¿no sabemos que tipo de relación tuvo usted con el chofer o con el colector sobre la presunta pertenencia de ese bolso? Contestó: “Sinceramente no le pregunté a los conductores, porque uno le pregunta a ellos cuando la maleta va en el maletero, cuando van arriba, ya cada quien monto su maleta, no le va a preguntar al colector si cada quien monta su maleta en el autobús”. 18.-Esa maleta ese primer equipaje que consiguen en Boconoìto llega al Destacamento 41, posteriormente a ello de acuerdo a su declaración hacen una revisión minuciosa otra vez en el autobús con todo el equipaje que estaban adentro y luego al ubicar un segundo contenedor, un segundo bolso que tenia presuntamente esta droga, cuando mandan a subir ustedes nuevamente a todas las personas para que tomen sus respectivos lugares, ¿ya tenía usted conocimiento de quién era presuntamente la persona que transportaba el primer bolso? Manifestó: “No hasta ese momento no se sabia, porque yo me entero que supuestamente era de la señora es porque cuando aparece el segundo bolso se baja un Cabo, blanco, venía de San Cristóbal y me dice: “no ese bolso es de una señora negra que va ahí con unas niñas ella me tropezó en Barinas cuando se montó”, pero ahí todavía no se sabia de quien era, si él no acusa, ella no se fuera involucrado en el procedimiento, porque él esta acusando y si hay alguien que acusa se le toma su declaración”. 19.-Es decir que ¿este Cabo retirado de la Guardia Nacional reacciona a manifestar su exposición ante usted de quien pertenecía el bolso una vez que localizan la segunda porción de droga que se encontraba dentro del autobús? Expresó: “¡aja!”. 20.-¿Qué le dijo exactamente este funcionario o este exfuncionarios, las palabras que usted recuerda? Expuso: “Él andaba con dos niñas creo que eran morochas”. 21.-¿Quién andaba con dos niñas? Indicó: “El Cabo, él me dice: “mira guardia yo soy Cabo retirado, esa droga es de una señora negra que va dentro del autobús” y broma, y yo le digo: ¿pero cómo sabe usted que es de ella?, y dijo: “no, porque ella me tropezó en Barinas cuando se la montaron, de hecho yo quise hacer un simulacro porque yo presumí que podría ser de él, porque uno el guardia no es un santo y le dije ¿explícame cómo se montaron?, él me dice: “no, se montaron por aquí, pero yo iba aquí en el asiento”, pero ¿cómo te dieron con el bolso?, pero hasta ahí él siguió acusando y ya ahí se escapa de mis manos porque yo no soy el experto, se le toma su declaración y se sigue el procedimiento”.- 22.- Cuando, volvemos al punto, cuando consiguen el segundo vamos a decir así la segunda maleta, ya están todos nuevamente ubicados dentro de la unidad autobusera, esta el bolso o el lugar donde estaba primeramente el primer bolso, ¿a qué distancia se encontraba ese bolso de ese funcionario de la Guardia Nacional? Indicó: “Estaba cerca de él tanto como de la señora, porque él creo que iba un asiento cercano al de la señora, él iba uno adelante, creo que iba uno adelante de la señora”. 23.- ¿Recuerda usted que otras personas estaban alrededor de ese bolso? Señaló: “Habían unas personas pero saltiaitas, unas por ahí otras por allá, pero se agarraron fue de testigos a los dos conductores porque son mas fácil de localizar, creo que al Cabo que iba delante también adelante de la señora se agarrò de testigo también y otra persona que para este tiempo no me recuerdo la mente no me da pero se agarraron cuatro testigos creo que fue”. 24.- Dentro de esos momentos en los cuales usted esta desarrollando el procedimiento usted logra de acuerdo a la versión que le narra este funcionario exfuncionario de la Guardia Nacional retirado, ¿logra entrevistarse con otras personas para corroborar el dicho de él y determinar alguna veracidad de lo que esta diciendo? Respondió: “Yo me recuerdo que le pregunté a una señora, que creo que iba al lado de ellos, que si ella había visto el bolso, que si había sentido algo pesado, pero sabe que en esos casos la gente no quiere hablar, no quiere decir nada porque le da miedo, pero lo que yo noto diferente es que el bolso lo metieron por la parte de atrás y el iba delante de la señora ó sea que para que le den con el bolso era algo difícil pero como el estaba acusando y se escapa de mis manos”. 25.-¿Transportar ese bolso por todo el pasillo era fácil o bastante complicado pasar con ese bolso? Enfatizó: “Era dificilísimo, a mi me costaba para levantarlo, solamente que lo hayan subido por la parte de atrás”. 26.-¿Obviamente que las personas que iban en la parte de atrás después de la puerta pudieron observar a quien pertenecía el bolso? Expresó: “Claro, que de hecho el Cabo dice que supuestamente él en Barinas, que primero dijo que la señora lo tropezó con el bolso, después dijo que unos tipos se subieron porque el bolso era muy pesado, pero como le dije anteriormente y ahí se escapa de mis manos yo hago el procedimiento y se le toma declaración a la gente porque primero se le toma declaración a quien están acusando pues”. 27.-Cuando usted le señalan entonces que ese bolso era demasiado pesado para que lo cargara la señora, ¿le manifiesta el guardia nacional o ex guardia nacional quien le cargaban el bolso eran dos hombres? Negó: “no, es que supuestamente en Barinas se lo subieron creo que la señora que estaba al lado los dos hicieron ese comentario, no, en Barinas se lo subieron, pero yo me recuerdo que yo le dije ¿usted esta seguro porque anda con dos niños y va a cargar ese bolso tan pesado que a mi me costó para bajarlo?, “no, si ella me tropezó pero de ahí para allá no hay mas nada que decir”. 28.-¿En esa declaración del funcionario logró usted observar en su declaración que el bolso lo subieron dos personas o lo tropezaron dos personas en Barinas con el bolso? Aclaró: “Para serle sincero la declaración se la toma el furriel esa declaración, eso que yo le estoy diciendo, eso me lo dijo personalmente antes de que le tomaran la declaración por escrito, que la toma es un furriel porque yo no manejo esa computadora”. 29.-¿Antes de tomársele la declaración? Respondió: “Antes, él me hizo el comentario, por eso es que yo le pregunto: pero, ¿está seguro?, porque particular no pensaba que una señora con dos niñas iba a cargar eso”.

Este tribunal de igual forma evaluó al testigo sobre los siguientes aspectos: 1.- ¿Recuerda usted el nombre de ese funcionario retirado que fue quien le comentó a usted, él que le hizo el señalamiento que el primer bolso detectado era de la ciudadana? Respondió: “No me recuerdo”. 2.- ¿Esa persona rindió declaración? Asintió: “Si, lo obligaron a rendir declaraciones porque no quería rendir declaraciones y que porque lo perjudicaba después porque como era de San Cristóbal que algo así dijo que lo iban a matar eso me hizo el comentario porque como él vivía en San Cristóbal, él venía de San Cristóbal, no que si me meten en el acta policial después me van a matar a mi porque, ó sea la gente nerviosa no se si”. 3.-¿Especifique o precise con exactitud, si puede, la distancia que había o a qué dirección estaba sentada la señora respecto del bolso?, en primer lugar y en segundo lugar, ¿a qué distancia estaba ese Cabo retirado respecto del bolso y de la señora? Explicó: “La señora estaba sentada como tres puestos del lado izquierdo del lado del autobús poniendo el autobús con vista hacia acá hacia Guanare, tres puestos antes del último y el Cabo estaba sentado delante de ella”. 4.-¿Tres puestos del lado izquierdo de adelante hacia atrás o de? Indicó: “No, de atrás hacia delante”. 5.-Usted dice que se le dificultó bajar el primer bolso, ¿describa ese primer bolso? Especificó: “Era un bolso de fibra sintética de plástico sinceramente creo que era de color verde, como tengo otro procedimiento con droga no vaya a confundir, pero creo que era de un color oscuro y ahí no iban trapos ni nada iban puro las panelas, me disculpa la palabra iban descaradas las panelas así en el bolso”. 5.-¿Estaban envueltas esas panelas, qué tamaño tenían y cómo eran? Describió: “El tamaño póngale que como así el tamaño y eran de forma rectangular”. 6.-¿Estaban envueltas en qué? Especificó: “Con cinta plástica y abajo tenían cinta plástica creo que color verde ese que se le pone a las cajas”. 7.-¿Solo las panelas iban en ese bolso? Manifestó: “En ese bolso iban puras panelas”. 8.-Y usted señaló ¿estaba ubicado ese bolso en medio del pasillo en la parte última del autobús? Asintió: “Si, en la parte última del autobús”. 9.-Usted señalo que ¿esas panelas tenían las mismas características que las panelas encontradas en el segundo bolso? Afirmó: “Si en el segundo bolso que iba en el medio del autobús”. 10.-¿El segundo bolso iba en medio del autobús? Expuso: “En los asientos del medio, no en el medio precisamente, pero iba en los asientos del medio del mismo lado izquierdo”. 11.-¿En la parte superior donde viajaba el coacusado? Indicó: “Arriba de él, en el maletero, esos que son no se como se le llama a eso”. 12.- ¿Usted recuerda a más o menos a qué distancia estaba sentado el caballero a quien se le detectó en la parte superior respecto del primer bolso? Respondió: “si, ¿lo ponemos en metros?” 13.-No, ¿en asientos? Manifestó: “En asientos, el autobús trae 36 asientos, 18 son como diez asientos mas adelantes calculando como 10 asientos de atrás hacia delante”. 19.-¿Cuántas panelas dice usted que se encontró allí envueltas en ropas? Señaló: “Diez panelas creo que eran”. 20.-¿De la misma sustancia presumen ustedes? Expuso: “Era la misma sustancia porque yo la puye y era el mismo olor pues”. 21.-Esas ropas en la cual iba envuelta esa segunda sustancia en el segundo bolso, ¿a qué correspondía, era ropa de caballero, de mujer que tipo era, recuerda usted? Calificó: “Era ropa de caballero”. 22.-¿La recuerda? Contestó: “Sinceramente era ropa como de algodón ropa interior o camisas algo así era estaba sucia”. 23.- ¿Ropa interior y camisas sucias? Manifestó: “Creo que había una ropa interior y unas camisas, una broma así como un mono, creo que había”. 24.-¿Usted supo si eso estaba sucio dice usted? Explicó: “O sea la ropa ya usada, ya puesta”. 25.-Esta persona que les dio la información a ustedes de que supuestamente la ciudadana lo tropezó con el bolso al momento de subir al autobús y quien usted señala además que a usted le costo subir con eso, ¿esta señora dice usted que viajaba con dos niños? Afirmó: “si, ella llevaba unos niños”. 26.- ¿Iba sentada con ellos en el mismo puesto? Señaló: “no recuerdo bien, pero creo que eran dos niños”. 27.-¿Más o menos de qué edades? Especificó: “Como de 8 o 7 años, chiquitos eran niños pequeños, pero la edad, ahorita deben tener como 9 años, 10 años”. 28.-¿Estaban sentado a su lado? Dijo: “Al lado de ella en el mismo asiento”. 29.-¿Interrogó usted o tiene conocimiento de dónde se trasladaba esta persona y hacia dónde se dirigía, la dama? Respondió: “Ella me dijo que iba hacia Garcita, una parte de aquí de Guanare, los garzones algo así me dijo, como yo no conozco la zona no se de que parte es eso”. 30.-¿Le dijo de dónde procedía? Contestó: “Ella creo que venía de Barinas, de Barinas porque venia en el autobús de Barinas pero no se si venia de otra parte”. 31.-El Cabo le informó a usted, este Cabo retirado, donde había abordado esta ciudadana el autobús? Expuso: “Él dijo que en Barinas que lo había tropezado supuestamente con el bolso”. 32.-Este ciudadano le dice a usted que lo había tropezado con el bolso en el momento que la ciudadana sube, ¿usted acaba de decir al tribunal que cuesta bajar el bolso por lo pesado? Respondió: “no, es que pesaba el bolso”. 33.-Después el mismo ciudadano, el mismo Cabo retirado le dice a usted que ¿otras personas subieron el bolso? Manifestó: “Porque yo, ó sea yo llegue a pensar que de repente el bolso es de él y le hago una pregunta y le digo: ¿cómo hizo esa señora para subir ese bolso tan pesado si ella anda con unos niños y hasta a mi me costó?, entonces, él me dice: “no, pero la subieron unos carajos en Barinas y se quedaron ahí pero tu no viste esto pesado”, ahí no me dijo más nada y siguieron con el procedimiento los furrieles y la cuestiones y llevaron la gente y ahí se escapa ya de mis manos porque yo no era el furriel que tenía que hacer el procedimiento”. 34.-¿La ciudadana al momento de que es sindicada ó sea señalada como la propietaria del bolso llego a manifestar algo? Expresó: “Se puso a llorar, dijo que no era de ella, que ella venía con sus niños, que ella iba para Garcita, no me acuerdo el nombre bien era un nombre así parecido y bueno imagínese que culpen a uno si uno la lleva de repente pero si no la lleva empezó a llorar ahí frente a todo el mundo”. 35.-Y el otro ciudadano a quienes ustedes le imputan la pertenencia del bolso con la sustancia requerida encima de donde él estaba sentado, detectado por ustedes una vez que ordena subir a los pasajeros y él ocupa su puesto, en primer lugar, ¿observó usted si ese era realmente el puesto del acusado, cuando usted lo revisa al comienzo? Señaló: “Él se sentó en el mismo puesto, porque nadie va a sentarse en otro puesto, él se sentó en el mismo puesto donde iba cuando yo le pedí la cedula”. 36.-¿Cerca de él había alguna otra persona, otro pasajero? Manifestó: “En el autobús en esa parte de adelante iban bastante pasajeros, siempre la gente se monta en la parte de adelante ocupando los puestos, en la parte de atrás si acaso iba un puesto así sartiaito vació pues, pero el autobús iba bien cargado de gente”. 37.-En la parte de atrás donde usted localizo el primer bolso contentivo de droga, ¿había otras maletas? Confirmó: “Habían otras maletas”. 38.-¿Fueron revisadas esas otras maletas? Dijo: “Se revisaron, pero lo que tenia era puros equipajes, artículos personales que si ropa cepillos de dientes bromas de trabajos, cosas así”. 39.-¿Esos otros equipajes les apareció su dueño? Asintió: “si”. 40.-¿Esa sola maleta quedó sin propietario? Respondió: “Ya esa es donde estaba la droga, nadie va a decir que es de él, cuando ya teníamos el equipaje, ya se había descubierto la droga nadie se le va a acercar a la maleta”. 41.-¿Ya la habían detectado? Contestó: “Ya estaba detectada la maleta, cuando la gente agarra su equipaje en el destacamento que cada quien agarra señala su equipaje se lleva a la persona a declarar, los presuntos culpables, ya cada quien agarra su maleta y la fiscal ordena si se deja ir al autobús que siga en el camino que iba y se declaran solamente esos, pero ellos tenían que esperar también el autobusero, porque el autobusero estaba declarando también, creo que fueron los primeros que declararon”. 42.-Cuando ustedes bajan la maleta la primera maleta en Boconoìto que la muestran al Teniente, ¿eso lo hicieron en presencia de testigos, bajaron las personas para que vieran lo que estaba ahí o simplemente lo ve el Teniente? Respondió: “La puerta de adelante estaba cerrada yo me imagino que si ya la droga estaba detectada, ahí estaban los testigos, el autobusero, pero aquí cerca del autobús en la puerta de atrás porque la orden fue que nadie se bajara porque podría salir alguien corriendo”. 43.-¿Usted dijo que usted bajó la maleta? Indicó: “yo bajé la maleta y se la mostré al Teniente y la maleta vuelve otra vez al autobús”. 44.-¿Es en el Destacamento 41 cuando ustedes bajan a los testigos para que vean lo que hay dentro de la maleta? Contestó: “Es que para el momento que se llama al Teniente, ya yo le informo al cabo que esta la presunta marihuana, ya al autobusero se le esta notificando, que va la presunta marihuana y ya ellos saben, ya ellos son testigos que esta la marihuana en el bolso para que no se vaya a prestar”. 45.-¿Ellos vieron cuando ustedes abrieron el bolso y vieron la cantidad de panelas que estaban ahí, el autobusero y el colector? Respondió: “Claro, tienen que haberla visto, porque cuando se la mostramos al Teniente, la abrimos ahí cerca en una mesa que tenemos de requisa y ellos tiene que haberla visto”. 46.-¿Ellos estaban ahí con ustedes? Manifestó: “no, estaban en la entrada del autobús porque la orden fue que nadie bajara”. 47.-¿Ustedes como funcionarios no le dijeron mire venga para que ustedes vean como testigos lo que hay en esta maleta? Explicó: “Lo que pasa es la mesa, el autobús se paró al lado de la mesa, cuando uno abre la maleta ellos están aquí en el autobús aquí en la puerta al lado de la mesa, no hace falta que ellos vayan, porque el autobús estaba al lado de la mesa de requisa, porque uno acostumbraba mandaba a bajar todas las personas con las maletas esta cerquita de la mesa y la gente va pasando de una vez pa la mesa pero ahí no nos podíamos arriesgar tampoco porque habíamos tres funcionarios solamente”. 48.-¿Usted dice que usted fue la única persona que subió al autobús, que hizo la revisión? Señaló: “En el momento que se encontró la droga, porque después se subió el cabo García que se fue conmigo para el Destacamento”. 49.-¿García en que momento ingresa al autobús o él toma conocimiento una vez que usted le informa? Respondió: “Cuando yo bajo y le notifico, él sube, él ve la droga y llama al Teniente, porque él tampoco yo le digo hay una droga y él tiene que ver el bolso, porque él no va a llamar al Teniente para decirle no hay una droga sin verla, él la ve y se llama al Teniente”. 50.-¿Por qué usted dudó que fuera la señora la que cargaba el bolso y presumió que era de el guardia retirado? Respondió: “Primero, el peso de la maleta demasiado pesada la maleta y el Cabo viene de San Cristóbal y yo como funcionario la mayor parte de droga que yo bajo viene de San Cristóbal, frontera con Colombia, baja a Barinas y pasa por ahí pues, yo supuse, por eso le hice una pregunta para ver si sinceramente él caía con una pregunta que le lanzara, pero no, si supuestamente era de él no va a caer porque el sabe como es todo si fuera sido él no se”. 51.-¿Esa entrevista que usted sostuvo con él la hicieron fue en el Destacamento 41? Respondió: “En el Destacamento cuando aparece la segunda maleta, él en un momento se bajó y me dijo: “mira esa droga es de una señora negra que va ahí con unos muchachitos y broma ella me tropezó cuando se subió” y ahí fue cuando yo le hago la pregunta, porque a mi sinceramente no me cuadro, porque cuando yo voy y veo la señora, una señora que sinceramente no creo que va a llevar una maleta de esa y por lo pesado no creo”. 52.-Y luego que ustedes están en el Destacamento y consiguen la otra maleta ¿no asocian esa otra maleta con el otro acusado a quien le imputaron la maleta que iba arriba si los paquetes son de la mismas características del primer bolso? Expresó: “¡aja!, yo como funcionario particularmente le dije al furriel esa droga es posible que sea del señor que lleva la maleta arriba, porque fue el único que presentó nerviosismo, se quería bajar del autobús y las panelas son iguales son una copia de las otras panelas”. 53.- ¿Qué le dijo el furrier? Respondió: “No, pero el Cabo esta acusando a la señora, hay que tomarle la declaración porque y si no se la toma después el otro va a decir que no están culpando a la señora yo no le tome la declaración y me van es a perjudicar es a mi, entonces toman la declaración, ó sea el furriel no a mi”. 54.-Ustedes lograron contactar con él, usted explicó al Tribunal que ustedes interrogan tanto al colector como al conductor del autobús en el caso de que las maletas estén en la parte de abajo, pero ustedes ¿no le preguntaron al colector o al conductor si ese ciudadano había subido con esos equipajes? Acotó: “Eso lo hace es el furriel, el croquis que son 19 preguntas que le hacen a cada persona que ellos interrogan, porque él interroga uno por uno y después hace el acta policial y eso entonces no se que le preguntaría porque el es el experto en las preguntas y haciendo el acta policial”. 55.-¿Observaron ustedes si la señora llevaba equipajes?, ella en el momento en que ustedes piden que las personas tomen su equipaje en el destacamento que todo mundo toma su equipaje, ¿ella estaba con algún equipaje? Respondió: “Sinceramente no me recuerdo, creo que habían unas bolsas, una comida no me recuerdo algo así era unas bolsas algo así, no llevaba equipaje así, porque sinceramente el bolso pa como andaba ella no cuadraba porque era un bolso nuevo algo diferente, ella andaba un poquito sucia con sus hijos, por eso es la pregunta al Cabo, por eso no creo va andar en chancleta con las niñas toda sucia y con un bolso caro, no seria tan caro pero era un bolso”. 56.-¿Un bolso nuevo dice usted? Aclaró: “El bolso era nuevo se veía nuevo”.57.-¿Qué tamaño era el bolso? Contestó: “Aproximadamente como así y ancho como así más o menos con unas tiras pa cargarlo póngale como un metro era el bolso, como un metro de largo y de ancho póngale como 30 centímetros, algo así mas o menos”.

En relación con esta testimonial queda claro la forma en que se realizó el procedimiento de incautación de la sustancia presuntamente marihuana, el cual fuere realizado por el funcionario adscrito al Destacamento Nº 41 de la guardia Nacional realizado en fecha 13 de Octubre del 2006 aproximadamente a las 10 y 30 de la mañana, quien se encontraba de servicio en el puesto de control de Boconoìto cuando con motivo de la circulación de un vehículo de transporte público de “Expresos Barinas”, éste le ordena estacionarse a la derecha para inspeccionar tanto la documentación como de los equipajes de los pasajeros, localizando en primer lugar en la parte última del autobús ó sea como en la puerta de emergencia, específicamente estaba en el pasillo, según lo expuesto por el funcionario un bolso, cuya ubicación no impedía el paso, “porque para allá no hay mas asientos, él le impide el paso es al asiento que va al lado porque es para pasar que hay que levantar el pie porque como estaba así del pasillo en medio de los asientos”; describió así mismo el equipaje como un “bolso de fibra sintética de plástico de un color oscuro, cuyo contenido dijo: “ahí no iban trapos ni nada iban puro las panelas, me disculpa la palabra iban descaradas las panelas así en el bolso”. Dichas panelas estaban envueltas con cinta plástica y abajo tenían cinta plástica de color verde; en segundo lugar en los asientos del medio, no en el medio precisamente, del medio del mismo lado, en la parte superior del asiento donde viajaba el coacusado, en el maletero, un bolso que decía “Deporte Carabobo”, en cuyo interior se encontró diez panelas de la misma sustancia que aquella detectada en el primer bolso antes señalado, puesto que acotó el funcionario actuante: “era el mismo olor pues”, dichas panelas según expresó el declarante, se encontraban envueltas en “ropa de caballero como de algodón ropa interior o camisas algo así era como un mono, estaba sucia”; por lo que con tal declaración el Tribunal considera se comprueba el cuerpo del ilícito penal objeto de la acusación fiscal, al estimar que dicha declaración es fidedigna convincente y congruente con lo expuesto por el ya antes analizado testimonio del ciudadano Franklin Ruiz Rivas. Así se declara.

3.- JUAN JOSE LEDEZMA CARMONA, venezolano, natural de Chabasquen Estado Portuguesa, nacido en fecha 09-10-1981, casado, de oficio experto profesional 1en materia de droga adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas subdelegación Guanare, con domicilio en Guanare Estado Portuguesa, identificado con la cédula Nº 14.835.674, sin vínculo con las partes, quien en relación con lo hechos se le exhibió las actas documentales que contienen la EXPERTICIA BOTANICA: Nº 9700-057-213, de fecha 14-11-06 suscrita por su persona las cuales ratificó y dijo lo siguiente:

“La experticia Botánica en este caso donde aparecen imputados los ciudadanos presentes hay dos tipos de muestras, la muestra A y la muestra B, a su vez la muestra A comprende desde la muestra A-1 hasta la muestra A-30 quiere decir 30 muestras y la muestra B la cual comprende desde la muestra B-1 hasta la muestra B-30 en la muestra A hasta la muestra A-30 consiste en envoltorios tipos panelas confeccionados en material sintético de color verde y de color azul hay de los dos colores y en la muestra B de la B-1 hasta la B-10, ó sea 10 envoltorios serian de color verde, contentivos de restos vegetales y semillas del mismo color con aspecto ondular estas diez panelas de la B-1 a la B-10 si son todas verdes, tanto de la muestra A-1 a la A-30 y de la B-1 a la B-10 fueron sometidas a reacciones de orientación con reactivo de Duquenois, Ghamrawy y ensayo de Bouquet, la cual arrojo un resultado positivo orientativo para la droga conocida comúnmente como marihuana; luego se le hizo la prueba de certeza el cual arrojo un resultado positivo usando cromatografía en capa fina comparado con un patrón, todas las muestras fueron sometidas a las pruebas de orientación y certeza arrojando un resultado positivo para las mismas el peso de la droga de la muestra A-1 o de la muestra A que engloba desde la muestra A-1 hasta la muestra A-30 era un peso aproximado de 29 kilogramos con 500 miligramos digo aproximado porque no tengo el peso exacto y la muestra B que comprende desde la muestra B-1 hasta la muestra B-10 un peso aproximado también peso neto aproximado de 9 kilogramos con 500 gramos, es todo sobre esta experticia”.

La Fiscal del Ministerio Público examinó al experto sobre los siguientes aspectos: 1.-¿Explique en qué consiste el método jurídico utilizado para determinar la presencia de droga en esta sustancia? Respondió: “Si, efectivamente son 40 muestras en total de la muestra A-1 a la muestra A-30, 30 y de la muestra B-1 a la muestra B-10 son 10, estas 40 muestras se siembran en una placa que es una placa de aluminio que esta cubierta con silicagel el método se llama cromatografía en capa fina con un patrón conocido ó sea una muestra que ya es patrón para nosotros, sembramos esta muestra en la placa y lo colocamos en un envase de vidrio que es un tanque de cromatografía con unos solventes adecuados el cual tiene la capacidad de separar dichas muestras, en este caso las 40 muestras correspondieron o su recorrido fue igual al de la muestra patrón, se traduce en que no hay duda de que estamos en presencia de la de la droga conocida comúnmente como marihuana cuyo nombre científico es cannabis Sativa Linne”. 2.-Este método ¿qué grado de probabilidad tiene? Contestó: “Cien por ciento seguro”. 3.-¿Existe la posibilidad de algún error? Negó: “no”. 4.-¿Ó sea que ciertamente estamos en presencia de la planta conocida comúnmente como marihuana? Asintió: “si”. 5.-¿Cuál es la diferencia, para de una vez aunar un poquito en la prueba de orientación, entre la experticia Botánica y la prueba de certeza y la prueba de orientación? Explicó: “La prueba de orientación como su nombre lo indica es simplemente para tener una breve orientación sobre qué sustancia estamos presentes, en este caso la planta conocida como marihuana y la experticia como tal ya es la que nos va a dar la certeza de que estamos en presencia de esa sustancia y a su vez utilizando técnicas mas especificas para la sustancia”. 6.-¿Cuál es la técnica utilizada en la experticia de orientación? Expuso: “El reactivo de coloración como lo es el reactivo de Duquenois, Ghamrawy y Cromatografìa en capa fina”.

El Defensor Publico el abogado GUSTAVO RODRIGUEZ, no formulo preguntas al Experto.

La parte Defensora Privada de la ciudadana Ana Joaquina Polanco Romero representada por el abogado ALBERTO MARTINEZ, formuló al testigo las siguientes interrogantes: 1.-Con respecto a la experticia que usted practica en el laboratorio, ¿cómo le llega usted esa prueba, como le llega a usted a su laboratorio para que practique esa prueba? Respondió: “En este caso particular se llego hasta el laboratorio el funcionario Aparicio el cual con un oficio remitido a mi persona y con su respectiva cadena y custodia y me hace entrega de la evidencia repito con su respectiva cadena y custodia, la droga es procesada, se toman las muestras, se pesan y posteriormente ellos como es otro organismo en este caso estamos hablando de la Guardia Nacional se llevan las evidencias nuevamente con ellos con un oficio de cadena y custodia”. 2.-¿En que andaban envueltas o que los contenían para decirlo específicamente la muestra A-1 hasta la muestra A-30? Contestó: “La muestra A-1 hasta la A-30 estaban dentro de un bolso de color vino tinto con blanco y negro y la muestra B de la B-1 hasta la B-10 estaban en una maleta de color negro”. 3.- Ese bolso vino tinto ¿recuerda usted si tenia alguna inscripción allí? manifestó: “no recuerdo”. 4.-El contenido de ese bolso vino tinto de esas características que usted me hablo de la A-1 a la A-30 en su peso bruto señalo usted que pesaba 29 kilos y 500 gramos? Aclaró: “no, ese vendría siendo el peso neto”. 5.-El segundo contenedor del B-1 al B-10, ¿señaló usted que tenía un peso de 9.500? Indicó: “Neto 9 kilogramos con 500 gramos”. 6.-Cuando se refiere usted a peso neto ¿es específicamente la materia? Asintió: “específicamente tal como esta sin envoltorio sin nada, en este caso la pura planta”. 7.-¿Podría determinar si existe alguna vinculación en los paquetes de la droga cuando usted examina particular porque cada paquete de la 1 a la 30 con respecto a la B-1 a la B-10 guardaba algún tipo de relación? Manifestó: “Por el tipo de envoltorio pudiera ser que guarden relación por la manera en como están”. 8.-Pero es posible determinar que guarden algún tipo de relación a la canalización de un paquete a otro? Respondió: “no”.

Este tribunal de igual forma evaluó al experto sobre los siguientes aspectos: 1.-Usted ha dicho que no es posible relacionar si aquella droga que esta en las muestras comprendidas en la A-1 y la A-30 corresponden es el mismo tipo de droga, pero no se sabe si es del mismo lote? Señaló: “Del mismo lote la misma planta”. 2.-No es posible determinar la vinculación en cuanto a la sustancia como tal, pero usted ha dicho que posiblemente por los envoltorios, ¿las características en los envoltorios en ambas muestras eran similares? Asintió: “si”. 3.-Puede recordar las características del bolso donde estaba contenida la droga de la A-1 a la A-30? Describió: “un bolso grande de color vino tinto con blanco y negro”. 4.-¿Usted vio el bolso? Asintió: “si”. 5.- ¿Ese bolso estaba nuevo ó sea se le veían características así? Expuso: “no en regular estado”. 6.-Y en cuanto al bolso que contenía la segunda muestra de la B-1 a la B-10 lo vio usted? Afirmó: “si”. 7.- ¿Dice usted que es un bolso negro? Expresó: “¡aja!”. 8.-¿De qué tipo, era plástico, de lino, de nailon, de qué tipo de material era? Contestó: “material sintético tipo nailon”. 9.-¿Qué tamaño tenía el segundo bolso? Precisó: “Más o menos como de 60 centímetros por 20 más o menos”. 10.-Es decir, ¿que la persona puede cargarlo de mano y colgarlo arriba en la parte del autobús donde guardan los equipajes usted se ha subido a un autobús sabe la parte donde se guardan los equipajes? Asintió: “si, ese era un bolso mas pequeño que el otro”. 11.-¿El otro si no se podía colocar igualmente? Respondió: “no, el otro era mas grande”. 12.-Usted ha explicado muy bien en que consiste la metodología y ha señalado que no hay lugar ha duda de que se trata de esa droga, ¿puede explicar usted cuales son los efectos nocivos para el organismo por el consumo de esa droga? Explicó: “Si, efectivamente la droga conocida comúnmente como marihuana en este caso es una droga que es alucinógena, provoca alucinaciones de tipo visual, auditivas y trae como consecuencia depresiones de orden psíquico; de orden físico y la persona al final generalmente terminan en un desorden depresivo”. 13.-¿Qué cantidad de dosis se requiere para producir daños graves en el organismo? Manifestó: “20 gramos es la dosis detal”. 14.-¿Es posible que si esas muestras se envuelvan además del plástico se envuelvan en ropas, la ropa se impregna del olor de esa sustancia? Contestó: “El olor es posible, el olor”. 15.-Cuando a usted le llevan las muestras identificadas por usted con la letra B esas que usted dice que eran igual a las de las muestras A, ¿había además en ese bolso, le presentaron a usted algún otro tipo de evidencias o solamente las panelas dentro del bolso? Respondió: “En el oficio solamente me remitían las 10 panelas en este caso y el bolso de verdad no recuerdo si en algunos casos hay prendas de vestir pero en este caso no recuerdo si habían prendas o no”. 16.-Usted dice que en este caso le fue presentado directamente las evidencias por un funcionario adscrito a la Guardia Nacional que cumplió con la cadena y custodia, ¿fueron examinadas todas y cada unas de estas? Afirmó: “si cada una”. 17.-¿Qué características tiene este tipo de sustancia ó sea cuando usted dice que contenían era marihuana bajo que forma venían? Describió: “En forma compacta en restos vegetales de color verde parduzco con semillas del mismo color y especto globular en forma compactada rectangular”.

El Tribunal visto y oído la declaración en examen, estimando la idoneidad y capacidad del experto en la elaboración de las actuaciones practicadas, así como la certeza de sus afirmaciones constatadas y adminiculadas con la declaración del ciudadano Galea Tòvar, analizada suficiente y ampliamente en el numeral anterior, quien por lo demás coincide en las muestras descritas tanto en su envoltura y número, así como las características de los equipajes en los que se transportaban, valora ampliamente su dicho y da por comprobado las existencias y demás condiciones del hecho punible puesto que la sustancia ilícita cuya clasificación y tipo quedó evidenciada de la experticia practicada a la sustancia la cual resultó ser Cannabis Sativa Linne visto que además el método científico empleado es de certeza. Así se declara.

4.- YONNY EDUARDO SANCHEZ GARRIDO, venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 12-01-1971, soltero, de oficio Buhonero, con domicilio en Guacara Barrio 19 de Abril casa Nº 52 segunda calle, identificado con la cédula Nº 10.629.791, es conocido del señor Jesús Arturo Barrera, quien en relación con lo hechos, dijo lo siguiente:

“Tengo aproximadamente 7 años conociendo al señor y desde que lo conozco es una persona ó sea siempre lo he conocido que es una persona trabajadora, honrada, trabajamos frente ó sea siempre tenemos un contacto, porque yo trabajo con alquiler y venta de tarjetas telefónicas”.

El abogado GUSTAVO RODRIGUEZ, parte promoverte de la prueba, formuló al testigo las siguientes interrogantes: 1.-De ese tiempo que tiene usted conociendo a mi representado, ¿cómo ha sido la conducta de él, que usted haya observado? Respondió: “Siempre de conducta recta desde que lo conozco hemos tenido buena relación siempre compartíamos”. 2.-¿Le ha visto usted en situaciones no legales en algún momento? Contestó: “Siempre en los puestos de trabajo, como estamos uno frente al otro”. 3.- ¿A qué se dedica usted? Indicó: “Yo trabajo con alquiler de teléfonos y ventas de tarjetas telefónicas”. 4.-¿Y él?, manifestó: “Igualmente trabaja un puesto frente al mió”. 5.- Por ese sentido de competencia ¿alguna vez el intento sabotearle a usted con algo ilícito? Señaló: “No, en ningún momento, porque más bien nos ayudamos el uno al otro cuando él necesitaba una tarjeta yo se las entregaba, cuando yo necesitaba y él tenía, él me prestaba a mí y así nos compartíamos uno con el otro”. 6.-Ó sea, ¿son compañeros de trabajo? Asintió: “si, 7 años aproximadamente”.

La parte Defensora Privada representada por el abogado ALBERTO MARTINES, no formulo preguntas al testigo.


El Fiscal del Ministerio Público examinó al testigo sobre los siguientes aspectos: 1.-¿Usted tenía conocimiento de los hechos ocurridos el día 13 de Octubre del año 2006? Respondió: “no en su totalidad, sino que su familia me explicó que me acercara que sirviera de testigo”. 2.-¿Viajaba usted en el autobús en el que viajaba el ciudadano que se encuentra hoy en calidad de acusado? Indicó: “no”. 3.-¿Tiene algún conocimiento de los hechos que se le imputan hoy en esta sala de juicio que abordar a favor del como usted lo señaló en su declaración su amigo? Manifestó: “Sobre los hechos no, porque yo vengo en calidad de testigo en el caso de él porque el es amigo mió”.

Este tribunal de igual forma evaluó al testigo sobre los siguientes aspectos: 1.-Por el conocimiento que usted le asiste del acusado ¿dónde vive el acusado? Asintió: “Si, yo sé que vive en Guacara en el edificio parca, el edificio es un nombre largo de nombre así no me acuerdo”. 2.-¿Visita usted con frecuencia al acusado en el lugar donde vive? Contestó: “no, se que vive ahí”. 3.-¿En dónde trabaja usted, usted dice que son compañeros de trabajo? Señaló: “En Guacara, cerca de la plaza de Guacara avenida bolívar de la plaza de Guacara”. 4.-¿Cuándo fue la última vez que usted vio al acusado? Indicó: “Aproximadamente dos años, año y medio dos años algo así”. 5.-¿Dónde lo vio la última vez? Dijo: “ahí en Guacara en el puesto de trabajo”. 6.-Usted dice que lo conoce desde hace 7 años aproximadamente, ¿lo conoce como consecuencia de esa labor que ustedes realizan? Asintió: “si, a consecuencia de eso, porque estamos trabajando uno frente al otro”. 7.-¿Desde cuándo usted se dedica a ese oficio? Expuso: “Hace aproximadamente eso 7 años el tiempo que tengo conociendo al señor”. 8.-¿Conoce usted a la familia del acusado? Afirmó: “si, conozco a la mamá, a los hermanos todos son personas trabajadoras”. 9.-¿Sabe usted cuál es la nacionalidad del acusado? Asintió: “Si, yo sé que él es Peruano”. 10.-¿Usted trabaja permanentemente allí o de manera temporal? Explicó: “Permanentemente allí, de lunes a sábado estamos ahí, de lunes a domingo, a veces los domingos estamos ahí en temporadas pues”. 11.-¿Sabía usted del viaje que hizo al acusado al Estado Barinas? Afirmó: “si, porque él siempre viajaba para la feria compraba y como les he dicho pues somos buhoneros y él compraba pulseritas y alhajas así a los artesanos y viajaba a las ferias cuando tenían algunas ferias viajaba a las ferias”. 12.-¿Qué tan cercana es su vinculación con la familia del acusado? Manifestó: “tengo una buena relación porque yo visito constantemente a la familia porque son allegados a mi familia también”. 13.-Es decir tienen algún parentesco, usted dice que son allegados a su familia ¿tienen algún parentesco? Respondió: “no, son ahí muy allegados son conocidos de mi familia también de mis padres, de los hermanos míos, por la misma labor que realizamos casi todos trabajamos en la misma rama”.

En cuanto a esta testimonial ofrecida por la parte defensora el Tribunal observa en primer lugar que esta referida al conocimiento acerca de las relaciones que sostiene con el acusado, del cual hace saber se dedica a la buhonería en la ciudad de Guacara estado Carabobo, labor que el deponente realiza desde hace siete años circunstancia que motiva la amistad que le une con el acusado del cual señaló es de nacionalidad peruana y labora en el mismo sector que éste; en segundo lugar que nada conoce acerca del hecho por el que se acusa al acusado puesto que no estuvo presente cuando sucedió la aprehensión del acusado, además dice haber acudido porque el acusado es su amigo, de donde aprecia el tribunal que éste resulta inoficioso a los fines de exculpar, puesto que no se discute acerca del buen comportamiento o no del acusado JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA, sino que de lo que se trata es de examinar su relación o no con los hechos ocurridos el 13 de Octubre del año 2.006, oportunidad en la que el acusado se trasladaba en una unidad de transporte público de Expresos Barinas en horas de la mañana cuando se detectó la sustancia ilícita en un bolso que precisamente se localizó en el maletero ubicado en la parte superior del asiento usado por el acusado, por lo tanto el Tribunal desestima su declaración puesto que nada aporta al proceso sobre los hechos objeto de la acusación fiscal. Así se declara.

De modo pues, que de las anteriores probanzas analizadas en forma particular a objeto de dejar establecido qué se comprueba con cada una de ellas, éstas resultan fehacientes, claras, concordantes entre sí en relación con los hechos alegados por el Ministerio Público y de igual forma ha quedado evidenciado de la experticia Botánica que se trata de la planta conocida como Cannabis Sativa Linne o más comúnmente “marihuana”, determinado por el experto JUAN JOSE LEDEZMA CARMONA en las cantidades siguientes: “el peso de la droga de la muestra A que engloba desde la muestra A-1 hasta la muestra A-30 era un peso aproximado de 29 kilogramos con 500 miligramos digo aproximado porque no tengo el peso exacto y la muestra B que comprende desde la muestra B-1 hasta la muestra B-10 un peso aproximado también peso neto aproximado de 9 kilogramos con 500 gramos”, la cual era transportada en dos bolsos detectados en el interior del vehículo de transporte que circulaba desde la ciudad de Barinas hacia esta ciudad en horas de la mañana del día 13 de Octubre del año 2.006, el cual fue objeto de inspección por parte f uncionarios adscritos al Destacamento Nº 41 ubicado en la autopista General José Antonio Páez a la altura del puesto de control fijo de Boconoìto tal y como lo manifestaren ante este Tribunal los ciudadanos Franklin Ruiz Rivas y Galea Tovar, por lo que se cumplen supuestos de hecho que se subsumen en el tipo penal conocido como Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Ilícitas y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, alegado por el Ministerio Público que este Tribunal acoge por ser procedente. Así se declara.

Importa dejar sentado que visto Igualmente se deja constancia de la inasistencia de los Testigos de la Fiscalía ciudadanos Sandia García, José Nieves Cadenas, respecto de los cuales se recibió oficio Nº 4 – 542 de fecha 01-04-2009 anexando acta policial Nº 214-09 en donde indican así mismo que no pudo ser ubicado, Víctor Ramón Ortega, Ángel Domingo Rivas Jaime y en cuanto a la situación de los testigos de la Defensa Cristina Naquiche Rodríguez y Elibeth Salqueiro, los cuales luego de las diligencias practicadas por el Tribunal vía telefónica no se tienen resultas, en consecuencia informada las partes de las diligencias realizadas por el Tribunal, de conformidad al 357 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena prescindir de estos medios probatorios.

IV.- DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LA ACUSADA Y DEL ACUSADO

Recepcionadas las pruebas ofrecidas por la representación fiscal expuestas y analizadas por este Juzgado en el título precedente, el Tribunal procederá en primer lugar a determinar si de tales medios se demuestran la responsabilidad de la ciudadana Ana Joaquina Polanco Romero y en segundo término del ciudadano JESUS ARTURO BARRERA PARDOFIGUEROA.

Así se tiene que de la declaración presentada por el funcionario Galea Tovar José Luís, adscrito al Destacamento Nº 41 de Guanare estado Portuguesa, éste señaló que el 13 de Octubre del año 2.006 en horas de la mañana aproximadamente a las 10:00, cuando se encontraba de servicio en el punto de control fijo en Boconoìto le ordenó al conductor de la unidad de transporte público “Expresos Barinas”, que se estacionare a la derecha de la vía para la revisión de la documentación y del equipaje de los pasajeros, cuando detectó en primer lugar en la parte última del autobús ó sea como en la puerta de emergencia, específicamente estaba en el pasillo, según lo expuesto por el funcionario un bolso, cuya ubicación no impedía el paso, “porque para allá no hay mas asientos, él le impide el paso es al asiento que va al lado porque es para pasar que hay que levantar el pie porque como estaba así del pasillo en medio de los asientos”; describió así mismo el equipaje como un “bolso de fibra sintética de plástico de un color oscuro, cuyo contenido dijo: “ahí no iban trapos ni nada iban puro las panelas, me disculpa la palabra iban descaradas las panelas así en el bolso”. Dichas panelas estaban envueltas con cinta plástica y abajo tenían cinta plástica de color verde; en segundo lugar en los asientos del medio, no en el medio precisamente, del medio del mismo lado, en la parte superior del asiento donde viajaba el coacusado, en el maletero, un bolso que decía “Deporte Carabobo”, en cuyo interior se encontró diez panelas de la misma sustancia que aquella detectada en el primer bolso antes señalado, puesto que acotó el funcionario actuante: “era el mismo olor pues”, dichas panelas según expresó el declarante, se encontraban envueltas en “ropa de caballero como de algodón ropa interior o camisas algo así era como un mono, estaba sucia”; respecto de la propiedad de dichos equipajes en cuanto al primero, dicho funcionario dijo lo siguiente: se tuvo conocimiento en el Destacamento 41, cuando aparece el segundo bolso, se baja un Cabo, blanco, venía de San Cristóbal y le dijo: “no ese bolso es de una señora negra que va ahí con unas niñas ella me tropezó en Barinas cuando se montó”, pero ahí todavía no se sabia de quien era, si él no acusa, ella no se fuera involucrado en el procedimiento, porque él esta acusando y si hay alguien que acusa se le toma su declaración”, agregó que el informante le señaló: “mira guardia yo soy Cabo retirado, esa droga es de una señora negra que va dentro del autobús”; porque ella lo había tropezado en Barinas cuando se la montaron”.- Que, él ante tal señalamiento quiso hacer un simulacro porque él presumía que podría ser de él, pero el ciudadano siguió acusando; además dijo que dicho equipaje estaba tan cerca del informante como de la señora, porque el mismo iba un asiento adelante de la señora; que, él notó diferente es que el bolso lo metieron por la parte de atrás y el referido exfuncionario iba delante de la señora ó sea que para que le den con el bolso era algo difícil, pero que como él estaba acusando y se le escapaba de las manos; que, era dificilísimo, pasar dicho equipaje por el pasillo del autobús debido al peso, al menos que lo hayan subido por la parte de atrás; que; además le parecía difícil que ello hubiere podido ser así en razón a que “la señora cargaba dos niños y cree que ella llevaba unas bolsas o algo así, no llevaba equipaje así, porque el mentado bolso “no cuadraba, porque era un bolso nuevo algo diferente, ella andaba un poquito sucia con sus hijos”; es decir que en líneas generales la imputación que hace el funcionario es por los señalamientos que contra la coacusada hiciere la persona también pasajero de la unidad que dijo ser Cabo retirado de la Guardia Nacional cuyo nombre no recordó, siendo que este es el único elemento basado en una apreciación subjetiva de otra persona cuyo testimonio no se sustanció en el debate, por lo que la declaración no puede ser estimada a los fines de incriminar a la acusada, máximo cuando que el exponente hace saber que según su apreciación las condiciones personales de la acusada así como del referido equipaje no existía la posibilidad de relacionarle, por lo tanto el Tribunal estima que no contiene la declaración en examen elementos incriminatorias contra la acusada, dado que como antes se indicó quien hizo los señalamientos contra dicha ciudadana y que sirvieron de base al funcionario actuante para practicar la aprehensión no asistió al juicio, agotada como fue su citación puesto que el domicilio indicado por la representación fiscal resultó no ser verdadero. Así se declara.

En cuanto al segundo equipaje, el funcionario manifestó entre otros aspectos lo siguiente: 1.- Inicialmente cuando el funcionario ingresa a la unidad de transporte, el acusado se quiso bajar de la misma aduciendo que necesitaba ir al baño por lo que él le indicó que esperare a que se efectuase la revisión, el ciudadano se puso a sudar e incluso se hizo su necesidad fisiológica en sus ropas. 2.- Posteriormente para el momento en que se efectúa la inspección de la unidad en el Destacamento, se detectó ubicado de lado izquierdo casi como un puesto mas adelante del centro, arriba donde mete uno los bolsos, dijo el funcionario “se presume que el bolso puede ser del señor, él iba debajo del maletín; porque era el mismo que estaba ansioso por salir del autobús porque se estaba orinando, el mismo que lo tuve que mandar a sentarse tres veces”; 3.- “Que en dicho bolso había como una ropa, que ahí fue cuando se me pasó cuando iba tocando los bolsos, que yo pedía cédula y tocaba los bolsos más o menos para ver, pero llevaba un trapo, un short algo así, una ropa llevaba adentro”. Además ante esta última circunstancia indicó que la ropa detectada en el interior del bolso era de caballero la cual caracterizó como “de algodón, ropa interior o camisas, una broma así como un mono algo así era, estaba sucia”. En este sentido el Tribunal considera que tal declaración resulta contundente y establece una vinculación clara en cuanto a que ciertamente el bolso en el que se encontró las diez panelas de la sustancia cuya naturaleza fue determinada mediante la declaración del experto Toxicólogo Juan José Ledezma Carmona como Marihuana, puesto que si se concatena esta declaración con la rendida por el ciudadano Franklin Ruiz Rivas es cierto que el funcionario cuya declaración se analiza es quien realizó la inspección del referido vehículo en el que se transportaba la mentada planta, que de la misma manera en dicha unidad viajaba el acusado, este último en su declaración negó la pertenencia del referido equipaje, más sin embargo sí hizo saber al tribunal que se relacionó “porque esa era la ropa que yo me había quitado en el hotel y como no había toalla yo me había secado con la ropa que tenía y el guardia dice que presume que eso era también marihuana por eso es que me asocia como yo soy extranjero, me asoció con la señora y me dijo que yo también era culpable de eso y me acusa por eso, pero no tengo testigo en contra que me vieron subiendo con ningún bolso y yo fui la última persona que subí al autobús y todos vieron con lo que yo me monté en el autobús solamente con el bolso que cargaba de mano y mis pertenencias personales no tenia ninguna maleta, ni un bolso ni nada, también admitió que dicho equipaje fue localizado: “Donde yo estaba sentado en la parte de arriba, en el techo, donde la gente guarda su equipaje”; es decir que en efecto sí se trataba de su bolso el cual reconoció contenía sus ropas; las cuales dijo el funcionario que declara que: “tenía un olor que él dijo se debía a que estaba sucia, lo cual fue igualmente apreciado por el funcionario quien por su experiencia caracterizó dicho olor como a “marihuana”, de igual modo el funcionario señaló que dichas ropas eran de caballeros, por lo que con tal declaración el Tribunal considera se comprueba el cuerpo del ilícito penal objeto de la acusación fiscal, al estimar que dicha declaración es fidedigna convincente y congruente con lo expuesto por el ya antes analizado testimonio del ciudadano Franklin Ruiz Rivas. Así se declara.

Por lo que se observa que de tal medio probatorio se desprenden suficientes y concordantes, tanto por su coherencia como por su veracidad, elementos que comprometen de manera determinante la responsabilidad penal del acusado en la comisión del delito antes calificado, ya que quedó evidenciado la relación de éste con el tantas veces aludido bolso contentivo de la droga y que fuere transportada en el vehículo en que viajaba el acusado y que fuere objeto de inspección por parte del funcionario, cuya testimonial sitien constituye el único medio de prueba presentado por el Ministerio Público, para esta Instancia resulta suficiente, claro, convincente fidedigno, no contradictorio y ante esta minima actividad probatoria no puede esta Tribunal desestimar tan valioso órgano de prueba que como ya se dijo fue el que actuó en este proceso en forma tan convincente con el que se da cuenta que el acusado se trasladaban en la unidad de transporte ya señalada en la fecha y lugar en que practicó el procedimiento de aprehensión e incautación de la sustancia, por tanto es responsable del delito cometido. Así se declara.

De modo pues, que de las anteriores probanzas analizadas en forma particular a objeto de dejar establecido qué se comprueba con cada una de ellas, éstas resultan fehacientes, claras, concordantes entre sí en relación con los hechos alegados por el Ministerio Público, los cuales se subsumen en el tipo penal que consagra el delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Ilícitas y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, siendo aplicable la pena establecida en dicha norma, la cual a su vez, tomando en cuenta que la disposición del artículo 37 ejusdem, establece que en la aplicación de la pena debe estimarse el término medio, sin embargo, visto que el acusado no posee antecedentes penales y considerando esta Instancia que no existe Política Penitenciaria dirigida a resocializar a los reos, circunstancias que se consideran como atenuantes conforme a los previsto en el artículo 74, numeral 4 del Código Penal, por ende se impone pena mínima es decir a OCHO (08) años de prisión, pena esta que se impone en el termino mínimo por aplicación de las normas establecidas en los artículos 74 numeral 4° y 37 ambas del Código Penal, se condena a cumplir las penas accesorias a la pena de prisión. Se condena en costas al acusado, de conformidad con el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal. Se mantiene la Medida Privativa de Libertad del acusado y el establecimiento penitenciario en el que actualmente se encuentra recluido.

DISPOSITIVA

Con base a las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Tribunal Mixto en funciones de Juicio Nº 2 del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por consenso Declara: PRIMERO: Se ABSUELVE a la ciudadana Ana Joaquina Polanco Romero, venezolana, mayor de edad, natural de Guanarito, estado Portuguesa, nacido el 11/1/1966, soltero, profesión u oficio Ama de casa, residenciada Cogollal, sector la Montañita, Vía la Capilla estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Ilícitas y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, en virtud de no existir elementos que comprometan su responsabilidad, ordenándose en consecuencia, su libertad plena. SEGUNDO: SE DECLARA CULPABLE al ciudadano Jesús Arturo Barrera Pardofigueroa, venezolano, mayor de edad, natural de Perú, nacido el 20/12/1965, soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado en la calle Cedeño Edificio Fadcao 5to piso, apto 5-A, Guacara, estado Carabobo, por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Ilícitas y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. TERCERO: Se CONDENA al acusado Jesús Arturo Barrera Pardofigueroa a cumplir pena de OCHO (08) años de prisión de conformidad a lo pautado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Ilícitas y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, aplicándose pena mínima según lo establecido en el artículo 34 en concordancia con el numeral 4 del artículo 74 ejusdem y condena a las penas accesorias de Ley pautadas en el artículo 16 del Código Penal. CUARTO: Se condenan en Costas al Acusado y se exime de estas al estado Venezolano. QUINTO: Se mantiene la Medida Privativa de Libertad del acusado y el establecimiento penitenciario. SEXTO: Se ordena la incineración de la sustancia incautada. El dispositivo de la presente sentencia que hoy se publica ha sido leído en audiencia oral y pública celebrada en este Circuito Judicial Penal el 3 de Abril del año 2.009. Publíquese el texto íntegro de la sentencia y entréguese copia a las partes que lo requieran. Archívese el original de esta decisión. Certifíquese copias por Secretaría a los fines de agregar a las actuaciones. Por cuanto que la publicación se hace fuera del lapso previsto en el artículo 365 del Código Adjetivo, motivado a la celebración de juicios en las causas Nº 2M-235-08 y 2M-236-08, 2M-267-08, 2M-249-08, 2M-274-08; 2M-288-09; 2M-248-08; entre otros, Notifíquese a las partes. Trasladase al acusado para su notificación.
Dada, firmada, refrendada y sellada en la Sala de audiencias de este Juzgado en Función de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando como Tribunal Mixto, con sede en Guanare a los dos (02) días del mes de Junio del año dos mil nueve. Años 199ª de la Independencia y 150ª de la Federación.

La Juez a de Juicio N° 2

Abg. Carmen Zoraida Vargas López

Escabino Titular Nº 01 Escabino Titular Nº 2

Orlanda de la C. Colmenares Oswaldo Antonio Bastidas

La Secretaria

Abg. Carmen Teresa Sanoja Chávez

Seguidamente se publicó siendo las 3: 00 P.m., sin la firma de la Escabino Titular 1 quien se encuentra hospitalizada en la ciudad de Valencia Conste,

La Secretaria

Abg. Carmen Teresa Sanoja Chávez
2M-259-08