REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de cobro de bolívares por la vía intimatoria intentada por “BANCO MERCANTIL C.A.” SACA (BANCO UNIVERSAL), domiciliado en Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 3 de abril de 1925, bajo el número 123 y sus actuales estatutos refundidos en un solo texto, inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 04 de Marzo del 2002, bajo el N° 77, Tomo 32-A Pro., contra “J BAHR IMPORT, C.A.”, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 1° de febrero de 1999, bajo el número 78, Tomo 70 A y contra GUILLERMO FERNANDO BAHR NADORFY y TREZIA MARÍA DA CAMARA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de las cédulas de identidad V 11.851.453 y V 5.953.284, se constata que desde el 17 de junio de 2005 cuando se recibió del Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, las actuaciones de la comisión que se había librado para fijar el cartel de citación en la morada del codemandado GUILLERMO FERNANDO BAHR NADORFY, ha transcurrido mas de un año sin que la parte actora impulse el procedimiento, por lo que según lo que dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, debe forzosamente declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de cobro de bolívares por la vía intimatoria intentada por “BANCO MERCANTIL C.A.” SACA (BANCO UNIVERSAL) ya identificada, contra “J BAHR IMPORT, C.A.”, GUILLERMO FERNANDO BAHR NADORFY y TREZIA MARÍA DA CAMARA RODRÍGUEZ, también identificados.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua, a los doce (12) días del mes de junio de dos mil nueve.-
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González