REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación
En la causa iniciada por demanda por indemnización de daños materiales sufridos en accidente de tránsito, intentada por SOUHEIL ABOU FAKKED, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliado en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 14.271.109, contra IVÁN SEGUNDO BETANCOURT y JUANA ANTONIA PEREIRA CHIRINOS, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, domiciliados en Tinaquillo y titulares de las cédulas de identidad V 14.541.207 y V 7.374.760, así como contra la empresa de seguros (sic) “CORPORACIÓN PRINCIPAL” de la que no se expresan otros datos de identificación, se constata que desde el 16 de marzo de 2006 cuando se recibieron del Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, las actuaciones de la comisión que se había librado para fijar carteles de citación en las moradas de los codemandados IVÁN SEGUNDO BETANCOURT y JUANA ANTONIA PEREIRA CHIRINOS, ha transcurrido mas de un año sin que la parte actora impulse el procedimiento, por lo que según lo que dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, debe forzosamente declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda por indemnización de daños materiales sufridos en accidente de tránsito, intentada por SOUHEIL ABOU FAKKED, contra IVÁN SEGUNDO BETANCOURT y JUANA ANTONIA PEREIRA CHIRINOS, también identificados.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua, a los dieciséis (16) días del mes de junio de dos mil nueve.-
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González