Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Adinexis Carolina Quevedo y Angel Miguel Hernández Betancourt, titular de las cedulas de identidad N°s 14.865.455 y 15.588.958, respectivamente, por concepto de Obligación de Manutención, en beneficio de su hijo xx. Seguidamente el ciudadano Angel Miguel Hernández Betancourt, estuvo de acuerdo en pasarle a su hija la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250,00) mensuales, y el doble de la cantidad en el mes de diciembre, en cuanto a útiles escolares se los comprara una vez que la madre de su hijo le entregue la lista, un uniforme lo comprara el demandado y el otro la solicitante, dicha cantidad de dinero será depositar una vez que la madre de su hijo aperture cuenta bancaria por ante el banco Banfoandes,