REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 15 de junio de 2009
199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2008-000732
PARTE ACTORA: HUMBERTO ANTONIO VIRGUEZ, NERIS JOSE MONCADA MONTILLA y ALFREDO ANTONIO ALVARADO COLMENAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados CARLOS CEDEÑO AZOCAR, NORELYS AGUIN y ANTONIO JOSE GAMEZ ESPINOZA, titulares de la cédula de identidad números 8.067.620, 13.328.560 y 5.369.745, inscritos en el Inpreabogado bajo los números56.364. 77.874 y 86.730 respectivamente.
inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, bajo el Nº 63, Tomo 155-A, de fecha 21de octubre de 2004. representada por el ciudadano MARCELO CARDUCCI ZAVARELLA, titular de la cédula de identidad número 6.148.943.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PROMOTORA LLANO ALTO C.A, MARISA ROMEO, ISABEL AVENDAÑO, CARL DOUGLAS SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 9.840.253, 11.730.572 y 11.556.883, e inscrito en los Inpreabogados bajo los Nos. 42.369, 64.985 y 84.771 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.


En el día de hoy, 15 de junio del 2009, siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora quienes no comparecieron ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno y la comparecencia del Apoderado Judicial de la parte demandada, Abogado CARL DOUGLAS SILVA PEÑALOZA, quien solicita les sean devueltas las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar, el juez acordó lo solicitado.

En atención a la incomparecencia de de la parte actora, este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: Desistido el Procedimiento.
SEGUNDO: Terminado el Proceso.

Regístrese y Publíquese.
Dado, Firmado y sellado en la Sala de este despacho de este Tribunal, en Acarigua a los 15 días del mes de junio del 2009.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,



ABG. ANTONIO MARIA HERRERA MORA, ABG. MARLENE RODRIGUEZ,
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA





En esta misma fecha fue publicada la sentencia, siendo las 09:50 a.m. Conste. Conste.