Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: YSMAEL ELIESER PADRON PERDOMO y ANA MARIA ORTEGANO FERNANDEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. 22.091.117 y 25.256.404 respectivamente, en beneficio de sus hijos xx,xx y xx. Seguidamente el ciudadano Ysmael Elieser Padrón Perdomo, estuvo de acuerdo en pasarle la obligación de manutención a sus hijos en la cantidad de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150,oo) mensualmente, en cuanto a los útiles escolares, uniformes y estrenos decembrinos se comprometió a irlos a buscar para comprarles los que necesiten, asimismo se comprometió a ayudarlos con el 50% de los gastos ocasionados por medicamentos en caso de enfermedad