En horas de Despacho del día de hoy diecisiete (17) de marzo del 2009, siendo las 10:00 a.m., se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas en el Estacionamiento Municipal de Araure ubicado en el Barrio Capuchino Zona Industrial de Araure, Estado Portuguesa, a los fines de practicar medida de secuestro tal como lo establece el despacho de comisión No C-2008-336 del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el Juicio de Divorcio que sigue el ciudadano Montero Johnny Manuel , contra la ciudadana Characo Peñaloza Ana Cecilia. Seguidamente el Tribunal previa notificación procede a nombrar como Perito al ciudadano Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.609.209, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Así mismo manifestó que sus honorarios ascienden a la cantidad de noventa bolívares (Bs. 90, oo), cada hora. Seguidamente el Tribunal previa notificación nombra a la Representante Legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C. A, ciudadana Restituta del Carmen Mena, mayor de edad, Venezolana, titular de la cédula de Identidad No 4.244.833, como Depositaria Judicial, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado de la apoderada actora Abg. María Emileny Oliveri, inpreabogado No 93.954, procede a notificar de su misión a la ciudadana Sánchez Amaro Kehila Rosa, , Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No 8.657.904, hábil, de este domicilio depositaria encargada del Estacionamiento Municipal de Araure quien. Seguidamente el Tribunal continua con la presente medida y le concede el Derecho de palabra a la apoderada actora abogada María Emileny Oliveri, ya identificada quien expone:” Señalo para secuestrar un vehículo marca: Chevrolet, Año 2007, Color Rojo, Placa: DCG-18N, Serial Chasi: 8Z1MJ600X7V311598, Serial del motor: X7V311598,Uso particular. Tipo Sedan. Seguidamente el Tribunal la concede el derecho de palabra al perito quien expone:” El vehículo antes señalado se encuentra equipado con cuatro cauchos marca Firestone y Seigerling, medidas 165/70R15, papel ahumado en los vidrios, presente abolladura en la parte inferior derecha delantera, presenta descuadre de la puerta con el parafango delantero de lado derecho, presenta rayón en la puerta trasera derecha, presenta abolladura en el parachoques trasero del lado izquierdo, abolladura en la parte trasera, tapicería en buen estado en buen estado, desprovisto de las cornetas traseras, desprovisto de reproductor, pequeña abolladura en el capot, no posee encendedor, tiene spoiler, se desconoce su funcionamiento en forma general y el contenido interno por no poseer las llaves para el momento de la presente medida, es todo. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: “Secuestrado el vehículo marca: Chevrolet, Año 2007, Color Rojo, Placa: DCG-18N, Serial Chasi: 8Z1MJ600X7V311598, Serial del motor: X7V311598, Uso particular. Tipo Sedan, debidamente identificado por el perito y en este mismo acto lo coloca a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A, representada legalmente por la ciudadana Restituta del Carmen Mena, antes identificada que actúa como secuestrataria quien estando presente expone: “Recibo conforme el vehículo anteriormente identificado y en este mismo acto solicito copia certificada de la presenta actuación, es todo. El Tribunal da cumplida su misión y siendo las 11:15 ordena volver a su sede es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez;
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo.
La Notificada;
Kehila Sánchez Amaro
La Apoderada Actora;
Abg. María E. Olivieri
El Perito
Alonso Chirinos.
La Depositaria Judicial- Secuestrataria;
Restituta del Carmen Mena.
La Secretaria;
Abg. María Eugenia Cardozo.